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Condenado a seis años de cárcel por estafar a una viuda a la que hizo vender su vivienda

Zona de La Paz en Cruces
Barakaldo, 23 abr 2019. La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a un varón a seis años de prisión y el pago de 278.000 euros por estafar a una viuda de Barakaldo que tenía una pensión de 465 euros. De acuerdo a la sentencia, el ahora sentenciado llegó a vender la vivienda en Cruces de la mujer y a apropiarse del dinero. Como consecuencia de este fraude, la vecina de la anteiglesia, que había confiado en conseguir así un empleo y beneficios de inversión, terminó en un comedor social.

El fallo de la sección sexta de la audiencia relata que el varón, entonces con 27 años, conoció a la mujer "por internet, en un chat de relaciones personales", en donde se presentó como asesor financiero y de inversiones. A la barakaldesa, que ha declarado que sufría un trastorno de ansiedad desde que murió su marido, "le pareció inteligente y simpático y, por su forma de ser, daba con fianza".

El individuo, como conocía que la mujer pintaba, le dijo que iba a abrir una galería de arte y le propuso a la viuda que invirtiera y, de este modo, conseguiría tener más ingresos que su pequeña pensión. Ella accedió y aportó inicialmente 25.000 euros, en 2007, pidiendo para ello un préstamo al banco. No firmaron documentos que dieran fe del acuerdo "porque eran amigos".

A cambio del primer desembolso, empezó a recibir 300 euros al mes, que cubrían la cuota bancaria, pero en 2010 el varón varón de pagar. En mayo de 2011, el escrito de reconocimiento de deuda señalaba que ésta ascendía a 49.537,79 euros y el estafador se comprometía a devolver el dinero en un año. Lo incumplió.

Además de esta cantidad, la víctima aportó en 2009 otros 38.000 euros que había obtenido de la venta de una vivienda de la que era copropietaria. La cantidad supuestamente también era para invertir por medio de la empresa del estafador, Invermas Broker SL, pero la sentencia señala que no consta "dato alguno de la inversión, la rentabilidad y el destino del tales cantidades".

En estas circunstancias, el supuesto asesor financiero le habla en 2010 de una nueva inversión, una residencia, en la que ella puede conseguir trabajo, aunque necesita que le avale. También logra que la mujer firme en 2011, sin saber lo que era el documento, un poder general en su favor. El notario afirmó "esto es la ruina", pero la mujer no lo entendió porque ni siquiera sabía que era una notaría y pensaba que el notario era un amigo. La sentencia señala que se ha probado que ella no quería firmar un poder.

El relato de hechos probados señala que el varón llevó a la viuda a su casa a pasar el domingo con su familia y, tras dormir allí, a la mañana siguiente la condujo a una oficina, que resultó ser la notaría. Allí, varón y mujer ríen mientras el notario explica la trascendencia del documento. El tribunal considera que la actuación del asesor financiero "parece compatible con el comportamiento de alguien que quiere distraer o que no se entere de lo que está haciendo la persona que firma el documento notarial".

De hecho, meses después la mujer acude al notario, que le habla del poder otorgado, ante lo que ella, sorprendida, niega haber firmado y, al ver el documento, ordena la revocación. Sin embargo, para entonces, el joven ya había logrado la venta de la vivienda en Cruces de la mujer y la transferencia a sus cuentas de todo el dinero. 

La Audiencia Provincial afirma que el sentenciado consiguió el poder general "con engaños" y lo usó para figurar como autorizado en las cuentas bancarias de la mujer. También para la escritura pública de la venta del piso, venta que desconocía la propia titular de la vivienda. Por esta operación inmobiliaria, el joven se embolsó 190.000 euros, para lo que realizó distintas maniobras con los bancos de la viuda.

"En el presente caso el acusado consiguió ganarse la confianza de XXX presentándose como asesor financiero e inversor y ofreciéndole inversiones para mejorar sus mínimos ingresos además de darle expectativas de futuros trabajos en ámbitos que le interesaban a XXX por considerarlos adecuados a su preparación. Todo ello guiado con un ánimo de lucro ilícito desde el inicio, pues aun cuando el préstamo hipotecario de Caja Madrid que el acusado le hizo pedir a XXX para él y le daba a ésta 300 euros mensuales, ello sirvió de señuelo para ganar la confianza de XXX y conseguir que ésta le diera más cantidades para invertir sin documentar y sin obtener rentabilidad alguna", señala el fallo.

Este "plan preconcebido" motiva la condena por un "delito continuado de estafa agravada" porque la mujer perdió su único piso, que era la vivienda habitual y bien de primera necesidad valorado por encima de 50.000 euros.

El delincuente se ha beneficiado de "dilaciones indebidas" en el proceso judicial, ya que entre el inicio de las diligencias y la condena han transcurrido casi siete años. Así, aunque la pena podía haber llegado a seis años de cárcel, se ha quedado finalmente en seis. También se le ha impuesto inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por seis años, así como multa de 18 meses con una cuota diaria de seis euros.

La mujer no ha podido recuperar la titularidad del piso, por lo que la sentencia ordena al estafador a pagar una indemnización de 190.080 euros por este concepto, además de la devolución de 87.778 euros, más intereses, por aportaciones económicas que la víctima realizó al ahora condenado.