• Los partidos tampoco pueden desde este 2 de agosto hasta el 8 de septiembre "difundir propaganda electoral ni realizar acto alguno de campaña electoral" • Del 8 al 15 de agosto se puede revisar y reclamar el censo electoral •
Los plazos para las elecciones autonómicas del 25 de septiembre se han puesto en marcha y desde este 2 de agosto, hasta el día de las votaciones, el Ayuntamiento de Barakaldo, como el resto de instituciones públicas, tienen prohibidas, con carácter general, las campañas de publicidad y comunicación así como la realización de inauguraciones o balances de gestión. La Ley de Elecciones al Parlamento Vasco señala en concreto, en su artículo 68bis, que "los poderes públicos no podrán realizar ni difundir campañas de publicidad y de comunicación institucional, excepto las que puedan resultar imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos". También "se prohíbe cualquier actuación o evento organizado o financiado por los poderes públicos que haga alusión a las realizaciones o a los logros" o utilizar "imágenes, expresiones o logotipos coincidentes o similares a los utilizados en la campaña electoral por las candidaturas". Las instituciones tampoco pueden en este periodo realizar la "inauguración, presentación o exposición de obras o servicios públicos o proyectos". Los incumplimientos se castigan con multa de 1.200 o 2.700 euros.
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