Una decena de organizaciones sociales de Bizkaia, entre ellas la barakaldesa Berri-Otxoak, ha denunciado este 24 de noviembre ante el Gobierno Vasco, en Bilbao, las "malas prácticas" del servicio de empleo Lanbide en relación las mujeres que han sufrido violencia machista. Según estos colectivos, el organismo responsable del empleo "ejerce una política violenta que coarta la libertad de las mujeres, las condena a la judicialización de la vida familiar y a la tutela permanente". En concreto, Lanbide señala que para tener acceso a las prestaciones es requisito que la mujer víctima de violencia tenga una orden de alejamiento en vigor, además "se le obliga" a denunciar al padre solicitando la pensión de alimentos para los hijos, antes de un año deben plantear la separación matrimonial ante el juzgado y tiene que acreditar que sacan rendimiento económico del piso que han tenido que abandonar, en caso de que pidan ayuda social por vivienda.
Nota de prensa
► Esta mañana se ha realizado una concentración a las puertas del Gobierno Vasco para denunciar que el Servicio Vasco de Empleo ejerce una política violenta que coarta la libertad de las mujeres, las condena a la judicialización de la vida familiar y a la tutela permanente.
• Así, en el trascurso de esta movilización se ha registrado a la atención de la dirección de EMAKUNDE, una serie de testimonios de mujeres afectadas por esta violencia económica e institucional. Os adjuntamos dos de ellos.
► La intención de esta iniciativa era denunciar los diferentes recortes y criterios de Lanbide qué hacen que las mujeres que sufren violencia de género no puedan acceder a las prestaciones sociales. Hay que tener en cuenta que mujeres que sufren esta situación han participado en esta movilización.
Colectivos sociales de Bizkaia:
Argilan, Asamblea Abierta en Defensa de las Prestaciones Sociales, Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia, Brujas y Diversas, Berri-Otxoak (Barakaldo), Danok Lan (Galdakao), Elkartzen, Mujeres del Mundo, Posada de los Abrazos y SOS Racismo.
Comunicado
Malas prácticas de Lanbide con mujeres víctimas de violencia de género
- Lanbide no es un espacio físico preparado para atender a mujeres víctimas de violencia, no hay un respeto al derecho a la intimidad. Además, no todo el personal de Lanbide tiene una preparación específica con perspectiva de género. Las mujeres están a la expectativa de la buena o mala "capacidad" de quien le toque en suerte para resolver su caso.
- Para tener acceso a las prestaciones es requisito necesario tener una orden de alejamiento en vigor, como si esto dependiera de la voluntad de la mujer. Es el juez quien valora y decide si implanta o no una orden de alejamiento. En ningún caso, su no concesión debiera ser argumento para no conceder la Renta de Garantía de Ingresos.
- Además, a las mujeres que tienen hij@s se les obliga a denunciar al padre solicitando la pensión de alimentos para los mismos. Cuando son mujeres víctimas de violencia esto no siempre es posible, ni fácil. Se debería valorar las consecuencias negativas que se puedan derivar de esa denuncia.
- Pero es que se añade otro requisito más cuando se trata de mujeres víctimas de violencia y es que antes de un año deben plantear la separación matrimonial ante el Juzgado y ese plazo no siempre es sencillo de cumplir para muchas mujeres en esa situación de precariedad, vulnerabilidad... Nos parece que quien redacta este tipo de normas vive alejado de la realidad a la que se enfrentan estas mujeres.
- Otro requisito absurdo es que para poder solicitar la Prestación Complementaria de Vivienda (en caso de mujeres que, por una situación de violencia que haya podido poner incluso en riesgo sus propias vidas, hayan tenido que abandonar su domicilio), deben acreditar que están sacando un rendimiento económico a su vivienda anterior (por ejemplo, alquilándola). Cuando les es materialmente imposible debido a su propia situación personal.
PROPUESTAS DE MEJORA:
- Elaborar un protocolo de atención a personas víctimas de violencia y que la gestión del caso se realice por parte de los servicios sociales municipales; o bien, servicios especializados en Lanbide con personal formado para trabajar con las mujeres víctimas de violencia de género.
- No pedir orden de alejamiento en vigor sino valoración de su condición de víctima por parte de los servicios sociales municipales o especializados.
- No pedir separación en un plazo de tiempo tan corto.
- No pedir el rendimiento económico de la vivienda habitual –o cualquier otro patrimonio en propiedad- hasta que no se estime, por parte de los servicios sociales municipales -o especializados en violencia de género- que las mujeres se encuentran en un momento adecuado para enfrentarse a esa situación.
Colectivos sociales de Bizkaia:
Argilan, Asamblea Abierta en Defensa de las Prestaciones Sociales, Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia, Berri-Otxoak, Brujas y Diversas, Danok Lan, Elkartzen, Mujeres del Mundo, Posada de los Abrazos, y SOS Racismo.
Lanbideren praktika txarrak
genero indarkeriaren biktima diren emakumeekiko.
- Lanbide ez da leku fisiko prestatua genero indarkeriaren biktimak artatzeko, ez dago errespeturik intimitate eskubidearekiko. Gainera, Lanbideko langile guztiek ez dute genero ikuspegitik prestakuntza berezirik. Emakumeak artatze unean tokatuko zaien langilearen “gaitasun” ona ala txarraren mende daude beren kasuari irtenbidea aurkitzeko.
- Diru sarrerak eskatzeko beharrezko baldintza da urruntze agindua indarrean egotea. Hau emakumearen borondatearen gain balego bezala. Epailea da baloratu eta erabakitzen duena ezartzen duen ala ez urruntze agindua. Inongo kasutan, agindu hori ez lortzea ez da argudioa izan behar ez emateko diru saria, DsBEa.
- Gainera, seme-alabak dituzten emakumeei derrigortzen zaie aita salatzera hauentzako elikagai pentsioa eskatu aldera. Emakumeak indarkeriaren biktima direnean hau ez da beti posible izaten, ezta erraza ere. Baloratu beharko lirateke salaketa honek ekar litzazkeen ondorio negatiboak.
- Beste baldintza bat ere gehitzen zaie indarkeria biktima diren emakumeei, urte bete baino lehen Epaitegian aurkeztu behar du Ezkontza Banaketa, eta epe hori betetzea beti ez da erraza izaten halako prekarietatean, egoera hauskorrean … dauden emakume askorentzat. Iruditzen zaigu holako arauak idazten dituztenak, emakume hauek aurre egin behar izaten dien errealitatetik oso urrun bizi direla.
- Beste baldintza absurdo bat honako hau: Etxebizitzarako Sari Osagarria eskatzeko ziurtatu behar dute aurreko etxeari errendimendu ekonomikoa ateratzen zaiola (alokatuta, adibidez). Hau materialki ezinezkoa dute emakume hauek beren egoera pertsonala dela eta (indarkeriaren biktimak izan dira, bizitza ere arriskuan izan dute, etxea utzi behar izan dute…).
PROPOSAMENAK:
- Arreta protokoloa egitea indarkeria jasan dutenei arreta emateko eta kasuaren kudeaketa egin dezala udal gizarte zerbitzuak, edo bestela zerbitzu espezializatu batek, Lanbide barruan langile prestatuak izatea genero indarkeria jasan duten emakumeekin lan egiteko.
- Ez eskatzea urruntze agindua indarrean, baizik eta biktima izaeraren balorazio bat, udal gizarte zerbitzuak edo langile espezializatuak egindakoa.
- Ez eskatzea banaketa denbora epe hain laburrean.
- Ez eskatzea ohizko etxebizitzaren errendimendu ekonomikoa -edo beste ondare jabetzarenak- udal gizarte zerbitzuak edo genero indarkerian espezializatuak baloratzen duten arte emakumeak noiz dauden egoerari aurre egiteko une egokian.
Bizkaiako kolektibo sozialak:
Argilan, Asamblea Abierta en Defensa de las Prestaciones Sociales, Brujas y Diversas, Berri-Otxoak, BESARKATUZ, Danok Lan, Elkartzen, Etxeko Langileen Elkartea, Munduko Emakumeak, eta SOS Arrazakeria.
HISTORIA DE VIDA:
H. es una mujer de 40 años con 3 hijos. Llega a Bizkaia huyendo de una situación de violencia vivida en Málaga. El padre de sus hijos la maltrata y la mujer, tras haber pasado brevemente por un centro de acogida y sentir el miedo siempre a que el ex marido apareciera, decide cambiar de residencia.
Llega a Bizkaia cobrando el subsidio por desempleo y se instala en Portugalete. Se empadrona allí y tras casi un año de estancia, mientras busca trabajo sin éxito, se pone en contacto con una ONG que le comienza a apoyar en la búsqueda de empleo y, dado el tiempo de empadronamiento la orienta a que acuda a Lanbide a preguntar si, como víctima de violencia de género que ha sido, con un año de empadronamiento puede pedir la RGI.
En un primer momento le dicen que si, que lleve los papeles pero, como aún no había cumplido un año de antigüedad en padrón, le dicen, aún no pueden darle registro de entrada a su documentación.
Tras un tiempo esperando, H. se arma de valor y decide acudir a la ONG para que le ayuden a saber qué pasa con su expediente. Se llama a la oficina y se descubre que, entre las vacaciones de la persona especialista en violencia de género y el director de la oficina que tiene dudas sobre la viabilidad del expediente, éste, está retenido y, así continúa pasando el tiempo sin que nadie tenga claro cuál es el futuro de esta mujer.
Tras seis meses de espera, se logra (no sin insistencia) que la oficina de curso al expediente y se le reconozca la RGI a la persona.
La ley que regula la RGI dice que si eres víctima de violencia de género tienes la posibilidad de beneficiarte de la RGI con excepciones, en concreto, con un año de empadronamiento y no tres.
Lanbide plantea en sus criterios internos que para acreditar esta condición de víctima debes tener una orden de alejamiento en vigor. Si bien sabemos que esto no es así y hay mujeres a las que se les concede sin esta orden, entendemos que es injusto, absurdo y abusivo pedir el cumplimiento de esta medida de la orden de alejamiento si se concibe la RGI como una herramienta para evitar que muchas mujeres aguanten pesadillas y auténticas situaciones de violencia. Las órdenes de alejamientos son concedidas en pocas ocasiones, son temporales y en ningún caso dependen de la víctima.
A H., pasado el tiempo, le han seguido pasando mil historias con Lanbide, y nos tememos que así seguirá sucediendo pero no obstante, seguirá peleando por hacer valer su derecho.
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