El Módulo de Salud Mental apenas ha perdido un 3% de sus pacientes desde que el Gobierno Vasco eliminara su financiación. Así lo ha revelado la directiva de la asociación de mantiene este servicio, que ha estado subvencionado 22 años por el Ejecutivo autonómico hasta que ha suprimido la ayuda. La "presión" sobre los pacientes por parte de Osakidetza para que fuesen a tratarse al ambulatorio de Barakaldo, sólo 30 personas han pedido traslado del expediente.
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10/12/2012. El Módulo de Salud Mental llama a los ciudadanos a nuevas movilizaciones contra su cierre
> 07/11/2012. El Módulo de Salud Mental dice que intentará seguir trabajando pese al empeño de Osakidetza en cerrarlo
> 10/10/2012. Piden que el futuro Gobierno Vasco determine las condiciones para mantener el módulo psicosocial
> 21/09/2012. ELA y CCOO piden una reunión con Gobierno Vasco para evitar el cierre del Módulo de Salud Mental
> 05/08/2012. Inician una campaña en Internet en contra del cierre del Módulo de Salud Mental de Cruces
> 03/08/2012. La Asociación de Salud Mental califica de "situación crítica" el posible cierre del módulo de Cruces
> 29/07/2012. Carta abierta del módulo de salud mental de Cruces al director general de Osakidetza y a la opinión pública
> 26/07/2012. El Ayuntamiento rechaza de forma unánime el cierre del módulo de salud mental de Cruces
> 06/07/2012. El cierre del módulo de atención psicosocial de Cruces afectará a más de 1.500 pacientes
> 04/07/2012. El Gobierno Vasco dejará sin módulo de salud mental a la zona de Cruces tras 30 años de servicio
Comunicado del Módulo de Asistencia Psicosocial de Cruces
Ha pasado más de un mes desde que se suspendió el convenio de colaboración entre el Módulo y el Departamento de Sanidad, por decisión de la Directora Territorial de Sanidad, actualmente aún en funciones en el nuevo Gobierno Vasco.
Y el Módulo sigue abierto a día de hoy gracias al apoyo de los vecinos de la zona y de los pacientes.
Presentamos hoy públicamente la memoria de la actividad del Módulo correspondiente al año 2012, y de ella extraemos algunos datos significativos:
A 1 de enero de 2013, fecha en que el Módulo dejó de ser subvencionado, seguían en tratamiento en el Módulo un total de 897 pacientes, a pesar de las presiones del Departamento de Sanidad para que fuesen a tratarse a Barakaldo, por medio de anuncios en prensa, carteles en los centros de salud y cartas personales.
A día de hoy, según nuestros datos, otros 30 pacientes han solicitado su traslado al C.S.M. de Barakaldo manteniéndose el resto en tratamiento en el Módulo.
Si es reseñable el aumento de altas experimentado, pasando de 427 altas en el año 2011 a 513 en el año 2012, además de un significativo aumento de las derivaciones, de 9 en 2011 a 68 en 2012. Entendemos que tanto el aumento del nº de altas como el de derivaciones está relacionado con el temor al cierre del Módulo lo que ha llevado a algunos pacientes a adelantar su alta o a pedir el traslado. Es llamativo que el mayor número de derivaciones no ha sido, como sería lógico, al CSM de Barakaldo (30 personas) sino a su médico de A.P. (38 personas) para continuar allí su tratamiento.
Durante el año 2012, y hasta el mes de julio en que se dio orden taxativa a los médicos de A.P. de derivar todos los casos al C.S.M. de Barakaldo, recibimos una media de 30,72 casos nuevos por mes, frente a una media de 28,75 casos nuevos por mes en el año 2011. Es decir, que incluso en el año 2012, y mientras ha sido posible, el número de casos que acudían al Módulo ha seguido creciendo.
Asimismo creció el número de mujeres atendidas por violencia de género, 92 en 2012 por 73 en 2011, dentro del Protocolo firmado en su día por el Módulo con el Ayuntamiento y Osakidetza, comarca Ezkerraldea-Enkarterri. Y a pesar de este dato, la Dirección de Atención a las Víctimas de Violencia de Género del Gobierno Vasco decidió retirar la subvención que concedía por esta atención al Módulo en base a, transcribimos de su resolución al recurso del Módulo contra esta medida: “el escrito remitido el 25 de noviembre de 2011 por la Directora Territorial de Sanidad y Consumo de Bizkaia, a la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género en el cual comunica que el Contrato del Módulo de Cruces con la sanidad pública incluye exclusivamente la atención psiquiátrica derivada por los médicos de atención primaria de la zona asignada”.
Esta aseveración de la Directora Territorial es incierta pues ese contrato incluye también la atención a los ludópatas de toda Bizkaia y existe el Protocolo firmado, tras pedir autorización a la Directora Territorial de Bizkaia, y por el cual el Módulo fue subvencionado por la Dirección de Atención a las Víctimas de Violencia de Género del Gobierno Vasco el año 2011. Por otra parte ese mismo 2012 fueron subvencionadas por programas de violencia de género diferentes asociaciones, así como otros Módulos Psicosociales. ¿Por qué se le niega al nuestro?
También resulta curioso que el año que se plantea el traslado de todos los pacientes al CSM de Barakaldo es el año que mayor número de personas de Barakaldo, que no perteneciendo al área de influencia del Módulo, ha pedido ser atendida en consulta en el Módulo. 110 personas en 2012, frente a las 89 del año 2011.
Nos resulta sorprendente que con estos datos, el apoyo recibido y la trayectoria de servicio público del Módulo durante más de 30 años, se cuestione su labor y se considere prescindible de un plumazo.
Más aún tomando en cuenta las declaraciones de estos días del Consejero de Salud, Sr. Darpón, y que suscribimos plenamente:
El Mundo, 26 de enero de 2013:
“Priorizaremos la atención sanitaria de las personas sobre las inversiones en hormigón y ladrillos”.
“Es indispensable la coordinación con los servicios sociales. Apostamos por una atención resolutiva, lo más cercana posible al ciudadano y en el dispositivo de menor coste, ese es el objetivo”.
“No vamos a entrar en la demagogia del debate público-privado...Vamos a tener lo que necesitemos para garantizar la asistencia de calidad”.
Deia, 29 de enero de 2013:
“Se recortará en aquello que es menos importante,… “no vamos a permitir que quien esté más enfermo pague más””.
“Vamos a intentar que las prestaciones que ya hacemos no sufran mucha merma”.
“No vamos a renunciar al principio de equidad y no vamos a primar económicamente al que esté más enfermo”.
Todas estas cosas las lleva haciendo el Módulo desde sus inicios, además de ser rentable y muy económico para el Departamento, como hemos demostrado y que podemos volver a demostrar.
Por ello esperamos que el Sr. Consejero muestre su sensibilidad, y no se quede todo en bellas palabras a la galería, retirando esa decisión injusta de denuncia del convenio y mantenga abierto el Módulo
Y se lo pedimos con las mismos argumentos que constan en el recurso de alzada que presentamos ante el anterior Consejero de Sanidad, el 7 de noviembre de 2012 y que sigue, a día de hoy, pendiente de resolución:
- El Convenio fue suscrito hace más de veintidós (22) años. Nunca se ha suscitado ni advertido no ya deficiencia alguna, sino ni siquiera la concurrencia de datos que aconsejaran la reconsideración de una vigencia que, formalmente, se ha venido produciendo a través de prórrogas anuales de carácter automático pero que, materialmente, han venido a constituir una situación que, a falta de circunstancias relevantes de carácter objetivo, permite considerar, en base al principio de confianza legítima, que la prórroga anual es un hecho con el que se cuenta indefectiblemente. Lo que genera, además, un compromiso de gasto para cada ejercicio siguiente que ya no se constituye en función de la formalidad de la prórroga.
- “En cuanto a la causa o razón aducida se dice que se hace porque se puede, con la siguiente tautología: “el acto administrativo por el que se manifiesta la voluntad del órgano competente de no prorrogar el convenio… es la simple voluntad de la Administración de no prorrogar el convenio”… Y ello por cuanto la actividad administrativa, aun cuando no sea estrictamente reglada, está sujeta a una motivación que acredite el cumplimiento razonable de sus fines de tal modo que, desprovista de esa motivación, la actuación es arbitraria, infringiendo tanto la prohibición del art. 9.3 de la Constitución Española como el 3.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En Cruces-Barakaldo, a 4 de febrero de 2013