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El pago del catastro o el impuesto de vehículos se puede realizar hasta en 10 plazos

impuesto/tasa inicio plazo fin plazo
Vehículos 01/01/13 10/05/13
vados 01/04/13 10/05/13
canon parking 01/04/13 10/05/13
catastro 02/09/13 11/10/13
act. económicas 30/09/13 01/11/13
Los ciudadanos de Barakaldo podrán en 2013 pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles —castatro— o el de Vehículos hasta en 10 plazos mensuales. Así lo prevé el decreto municipal que fija el periodo de pago de impuestos y tasas, que se abre el primer día del año para el caso de los Vehículos, mientras vados comienza en abril, el castatro en septiembre y Actividades Económicas en octubre.

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> 31/10/2012. El PSE saca adelante la subida media del 2,7% de los impuestos y tasas municipales con los votos del PNV




Anuncio del Ayuntamiento de Barakaldo | BOB 235
Se establecen los siguientes periodos voluntarios de pago de los recibos tributarios de padrones periódicos, para el año 2013:


  • Impuesto de vehículos de tracción mecánica: Hasta el 10/05/2013. Por interés de los contribuyentes (transferencias y bajas de vehículos, etc.), el pago de los recibos podrá hacerse desde el primer día hábil del año. Para ello, si no han recibido en su domicilio el correspondiente documento de pago, podrán solicitarlo en la Recaudación Municipal o en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana (SAC).
  • Tasas pasos y aceras y canon anual parkings: Del 1/04/2013 al 10/05/2013.
  • Impuesto de bienes inmuebles: Del 2/09/2013 al 11/10/2013.
  • Impuesto de actividades económicas: Del 30/09/2013 al 1/11/2013.


Cobro domiciliado: El cobro domiciliado se realizará al finalizar el período voluntario de cobro. Las solicitudes de domiciliación bancaria se recogerán, en la Recaudación Municipal o en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana (SAC) hasta un día antes de dicha fecha. Las solicitudes recibidas con posterioridad se aplicarán a los recibos del año siguiente.

«Pago a la carta»: Los recibos del Impuesto de bienes inmuebles (IBI) y de vehículos de tracción mecánica podrán pagarse bajo la modalidad de «pago a la carta», siempre que los contribuyentes no tengan ninguna deuda pendiente en vía ejecutiva con el Ayuntamiento de Barakaldo. No obstante, podrán acogerse a esta modalidad si regularizan su situación antes de la fecha de cobro del primer plazo del «pago a la carta».

Los pagos podrán hacerse en plazos mensuales (diez plazos, de marzo a diciembre), trimestrales (marzo, junio, septiembre y diciembre) o semestrales (junio y diciembre), por medio de domiciliación bancaria. El cobro domiciliado de dichos plazos se hará el día 15 del mes correspondiente o, si ese día es festivo, el día laborable inmediatamente posterior.

Las solicitudes de «pago a la carta» se recogerán, en la Recaudación Municipal o en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana (SAC) hasta una semana antes de la fecha de cobro del primer plazo. Las solicitudes recibidas con posterioridad tendrán efectos a partir del año siguiente.

(Aprobado por Decreto de Alcaldía, número 2012/9067).

Barakaldon, 2012ko azaroaren 28an.-Alkatea, Antonio J. Rodríguez Esquerdo