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El Ayuntamiento inicia los trámites para declarar en ruina el edificio del número 18 de la calle La Bondad

El Ayuntamiento de Barakaldo ha comenzado los trámites para declarar el estado de ruina del número 18 de la calle La Bondad "por hallarse incurso en un supuesto estado de ruina económica". El Consistorio ha reclamado a los propietarios, a través del Boletín Oficial de Bizkaia, que instalen en la fachada principal "una visera de protección de 18 metros de longitud en tablón de madera sobre andamio normalizado" y les da un plazo "improrrogable" de mes y medio. Además, reclama "la clausura de las cuatro puertas-ventanas" y a la demolición de los cuatro balcones. En caso de que no ejecuten las obras, el Ayuntamiento les advierte de "la imposición, con periodicidad mensual, de hasta 10 multas coercitivas por importe cada una de ellas de 600 euros".

Ayuntamiento de Barakaldo
No habiendo sido posible realizar la notificación a R. R. A., a J. R. A., ni a los herederos de L. A. O. Z. y de P. G. V. en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la misma, se pone en su conocimiento que en el expediente 12RU0001, iniciado a instancias de Baragest 2010, S.L., instando la declaración de ruina económica del edificio sito en el número 18 de la calle La Bondad, de Barakaldo, cuyo contenido íntegro se halla a su disposición en el Área de Disciplina Urbanística, ha sido aprobado por el Alcalde, con fecha 20 de abril de 2012, el siguiente Decreto número 03403, cuya parte dispositiva resuelve:


  1. Incoar procedimiento en orden a declarar, en su caso, y si procede el estado de ruina del inmueble sito en el número 18 de la calle La Bondad, por hallarse incurso en un supuesto estado de ruina económica.
  2. Requerir a los propietarios para que en el improrrogable plazo de mes y medio procedan a instalar en la fachada principal una visera de protección de 18 metros de longitud en tablón de madera sobre andamio normalizado, a la clausura de las cuatro puertas-ventanas en sala de viviendas a manos izquierda y derecha de la 1.a y 2.a planta de la misma fachada y a la demolición de los cuatro balcones en estructura de madera con barandilla metálica que dan a vía pública.
  3. Apercibir a los propietarios que el incumplimiento de lo ordenado en el apartado anterior determinará la ejecución forzosa, conforme al artículo 203.4.b. y 227, mediante la imposición, con periodicidad mensual, de hasta 10 multas coercitivas por importe cada una de ellas de 600 euros.
  4. Poner de manifiesto el expediente a los propietarios y a cualesquiera otros titulares de los derechos reales otorgándoles un plazo de 15 días para que formulen cuantas alegaciones tengan por convenientes y presenten por escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos; al objeto de posibilitar dicho trámite el expediente queda a su disposición en el Servicio de Disciplina Urbanística, planta 6.a, del Edificio Consistorial.
  5. Convocar a los interesados para que asistan a la inspección que girarán los Servicios Técnicos Municipales el próximo día 29 de mayo a las 11:00 horas al inmueble de referencia al objeto de posibilitar el acceso a los elementos comunes y en su caso a las viviendas a cuyo acto podrán comparecer por sí mismos o representados y asistidos, si lo desean, por un Técnico de su elección.

Medios de impugnación

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa podrá utilizar los recursos que se expresan a continuación:


  1. Si así lo desea, podrá interponer el recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquél en que haya recibido esta notificación. En el supuesto de que utilice este recurso, y no se resuelva expresamente en el plazo máximo de un mes, a contar desde la fecha de su interposición, se entenderá desestimado, en cuyo caso podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao que corresponda.
  2. Si no desea interponer el recurso de reposición, podrá utilizar directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha en que haya recibido la presente notificación.
  3. De todas formas podrá utilizar cualesquiera otros medios de impugnación si lo estima oportuno.


En Barakaldo, a 3 de mayo de 2012.-El Alcalde Presidente, Antonio J. Rodríguez Esquerdo