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Barakaldo suspende la OTA a partir de las 14.00 horas el 24 y 31 de diciembre

Barakaldo, 14 dic 2024. El Ayuntamiento de Barakaldo ha decretado que no aplicará el pago por aparcar en la calle —regulación conocidad como OTA— los días 24 y 31 de diciembre a partir de las 14.00 horas. La resolución se produce tras un informe que señala que no hay inconveniente para suspender la OTA "al tratarse de días en los que los comercios y oficinas tienden a adelantar el horario de cierre para la conciliación familiar de los trabajadores y en los que se incrementa la actividad hostelera en horario de tarde, asemejándose, por tanto, la actividad del municipio a la de un sábado".


Decreto de alcaldía número 2024/010565 de 11 de diciembre de 2024
Con fecha de 4 de diciembre de 2024 se ha manifestado por parte del equipo de gobierno municipal la voluntad de no aplicar el régimen de estacionamiento limitado los días 24 y 31 de diciembre en horario de tarde. La modificación propuesta supondría una modificación circunstancial del horario de regulación del aparcamiento en todas las zonas, al tratarse de un martes en ambos casos. 

La Ordenanza Municipal de Circulación, en su artículo 103, posibilita que la Alcaldía Presidencia, a propuesta del Concejal Delegado competente en materia de circulación, resuelva la aprobación de modificaciones circunstanciales que afecten a ámbitos temporales o espaciales de sectores o zonas cuando obedezcan a causas motivadas que incidan en el tráfico y estacionamiento, considerándose como tales, entre otras, la suspensión en la aplicación de la regulación del estacionamiento durante los periodos o días en los que se prevea que vaya a disminuir la congestión del tráfico y la densidad de los estacionamientos. 

Los Servicios técnicos municipales en informe de fecha 10 de diciembre de 2024 hacen constar que al tratarse de días en los que los comercios y oficinas tienden a adelantar el horario de cierre para la conciliación familiar de los trabajadores y en los que se incrementa la actividad hostelera en horario de tarde, asemejándose, por tanto, la actividad del municipio a la de un sábado, no existe inconveniente en que se adopte para todo el municipio el horario establecido para los sábados en la zonas 2 a 5, de manera que se suspenda en todo el municipio la aplicación de la regulación del estacionamiento los días 24 y 31 de diciembre, a partir de las 14 horas. 

Por todo lo expuesto, en uso de las facultades que le son conferidas a la Alcaldía Presidencia por el Art. 21 de la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE. nº 80 de 3 de Abril de 1985), Art. 24 del RDL. 781/1996 de 18 de Abril (BOE nº 96 y 97 de 22 y 23 de Abril de 1996), por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a propuesta del Concejal Delegado del Área de Servicios Municipales, esta Alcaldía 

DISPONE 

Primero.- Suspender la aplicación del título quinto de la Ordenanza Municipal de Circulación los días 24 y 31 de diciembre de 2024, a partir de las 14 horas. 

Segundo. 

-Notifíquese la presente resolución al interesado DORNIER S.A. con domicilio a efecto de notificaciones en el correo electrónico: rsancheza@telpark.com, de forma que quede constancia de su recepción, con indicación de que contra el presente acuerdo/resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ANTE EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE BILBAO que por turno corresponda, en virtud de la distribución de competencias prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados, igualmente, a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación. 

De formular el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, de conformidad con los artículos 123.2 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

En su caso, podrá dirigir el recurso al Juzgado correspondiente, de resultar aplicable la regla segunda del artículo 14.1 de la mencionada Ley 29/1998, de 13 de julio. 

En todo caso podrá interponer cualquier otro recurso o acción que considere aplicable para la mejor defensa de sus derechos. 

Tercero - Dese traslado a los departamentos de Aplicaciones, Gestión de Ingresos, Tesorería y Policía Local. 

Cuarto.- Dese la habitual publicidad a la presente resolución. 

Quinto Devuélvase el expediente al Área de Servicios Municipales. 

Lo manda y firma la señora alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la jefa del servicio y el concejal delegado del Área de Servicios Municipales.