El programa económico, con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader), tiene oficialmente el objetivo de "propiciar avances en las prácticas agrícolas para la mejora ambiental y sostenibilidad del medio rural".
Con sede en Lezama y presidida por Carlos Pueyo Herboso, la Asociación de Ganaderos de los Montes de Barakaldo, inscrita en 2017, tiene como objetivos "el aprovechamiento de forraje de pasto de montaña mediante ganado; obtener los recursos de pastizales necesarios para satisfacer la demanda de forraje de la cabaña ganadera del municipio de Barakaldo; y participar en la gestión, ordenación, regulación y control de los pastizales ubicados en terreno de titularidad pública, cuyo aprovechamiento corresponda o sea cedido a los ganaderos de Barakaldo".
Extracto de las condiciones de la subvención
Gestión del aprovechamiento de los pastos de montaña
a) Objetivo
Esta actuación tiene como objetivo la correcta gestión del aprovechamiento de los pastos de montaña, ligada al desarrollo de la actividad ganadera y al cumplimiento de una serie de compromisos de gestión, de forma que los pastos de montaña conjuguen las funciones productivas, naturales y paisajísticas. El ganado y el pastoreo son factores clave en la conservación y mejora de estos espacios, existiendo un delicado equilibrio entre los objetivos de conservación de los hábitats y las necesidades del aprovechamiento ganadero de los mismos. Es por tanto primordial garantizar y promover una correcta gestión del aprovechamiento de estos espacios.
b) Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
Asociaciones de Ganaderos/as legalmente constituidas a las cuales se les hayan cedido terrenos de titularidad pública para uso de pastos, como colectivo que agrupa y gestiona los intereses comunes de los/as titulares de las explotaciones ganaderas sobre las zonas de pastos asignadas.
c) Compromisos
1. Compromisos de las personas beneficiarias
Las Asociaciones beneficiarias quedarán obligadas, durante el período de vigencia de la ayuda, a cumplir los siguientes compromisos:
a) Compromisos excluyentes:
— Practicar la actividad pastoril en los terrenos de titularidad pública objetos de compromiso.
— Estar al corriente en el pago de las tasas de aprovechamiento de estos pastos.
— Acogerse a un Plan de Gestión de Pastos y cumplirlo. El Plan de Gestión de Pastos deberá:
• Tener una vigencia mínima quinquenal. En caso de solicitud de prorroga dicho plan será ampliado.
• Ser aprobado por la(s) entidad(es) titular(es) de los terrenos y ser informado favorablemente por el Órgano Gestor de Montes de cada Territorio Histórico.
• En el caso de que la zona afectada por el Plan de Gestión de Pastos coincida parcial o totalmente con un espacio perteneciente a la Red Natura 2000, se informará al Órgano responsable de la gestión de dicha Red en cada Territorio Histórico.
• Para garantizar el buen manejo de los pastos permanentes se definirá una carga ganadera efectiva igual o superior a 0,2 UGM/ha. Por encima de este nivel se podrán establecer, con arreglo al tipo de pasto y a las condiciones locales de cada uno de ellos, los niveles mínimos y máximos de carga ganadera efectiva que se consideren más apropiados en función de los distintos agroecosistemas. De forma alternativa, en caso de no alcanzar los oportunos niveles de carga ganadera efectiva, será requisito obligatorio realizar una labor de mantenimiento adecuada, que evite la degradación del pasto permanente de que se trate y su invasión por matorral.
— Incluir, como mínimo, los siguientes contenidos:
• Mapa de situación, a escala suficiente, de las zonas pastables.
• Evaluación de la superficie total pastable.
• Definición de la carga ganadera admisible.
• Un calendario de entrada y salida de los animales al pasto en función de la especie.
• Planificación de las actuaciones a realizar anualmente durante la vigencia del Plan.
• En el caso de que la zona afectada por el Plan de Gestión de Pastos coincida parcial o totalmente con un espacio perteneciente a la Red Natura 2000, se adjuntará información detallada de los elementos objeto de conservación del espacio (hábitats y especies) que puedan verse afectados por dicho Plan.
— Incluir las siguientes obligaciones:
Las personas solicitantes de la submedida 10.1.5 gestión de aprovechamiento de pastos de montaña, deberán presentar anualmente al Servicio de Montes o Servicio de Patrimonio Natural del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural, antes del día 30 de marzo de cada año, el plan anual de las actuaciones a realizar indicando las actividades y superficies concretas, mapas de situación y presupuesto estimado, previo consenso con el técnico del Servicio de Montes o Servicio de Patrimonio Natural de la zona.
b) Compromisos secundarios
— No utilizar fuego.
— Respetar las áreas reforestadas y de regeneración.
— Respetar la fauna y flora de interés para la conservación.
— Mantener los muros y rediles de piedra, bordas y otros elementos típicos de la actividad pastoril.
— Prever un descanso invernal para la recuperación de los hábitats pascícolas y el control sanitario de los animales, salvo autorización expresa de los órganos administrativos competentes.
El incumplimiento de estos compromisos secundarios conllevará, además de la reducción correspondiente a la Asociación, la incoación, en su caso, de expediente sancionador a la persona responsable del hecho.
La elaboración de los Planes de Gestión de Pastos podrá financiarse a través de la submedida 4.3.del PDR 2015-2020 (Ayudas a inversiones en infraestructuras destinadas al desarrollo, modernización o adaptación a la agricultura y el sector forestal).
2. Variabilidad de superficies comprometidas
Se permitirá una disminución máxima de un 10% de la superficie respecto a la comprometida inicialmente. En cualquier caso, se tendrá en cuenta si la disminución de la superficie es imputable directamente a la Asociación beneficiaria o es atribuible a otras circunstancias, en cuyo caso no se aplicará ninguna reducción de la ayuda.
El pago anual de la ayuda se realizará en dos tramos, en función de la ejecución de las actividades planificadas:
1. Se efectuará el abono de la prima de 65 euros/ha por traslado y atención del ganado.
2. Se efectuará el abono de la prima 51 euros/ha una vez certificadas las actividades planificadas. Se procurará que las actividades planificadas se ejecuten en el año de la concesión de la ayuda, siempre y cuando las condiciones climatológicas y ambientales lo permitan.
3. Duración de los compromisos
5 años. (2 años para los expedientes iniciados en el año 2021 y 1 año para los expedientes iniciados en el año 2022).
d) Condiciones de admisibilidad
— Las áreas que pueden acogerse a esta medida son terrenos de titularidad pública localizados en Montes de Utilidad Pública y Montes de libre disposición.
Las personas beneficiarias deberán:
— Asociaciones de ganaderos/as titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Bizkaia.
— Las Asociaciones de ganaderos/as deben estar legalmente constituidas.
— Deberán estar autorizadas para el uso de terrenos de titularidad pública.
e) Intensidad de la ayuda
La ayuda consiste en una prima anual por hectárea de superficie de pastos de montaña definidos en los distintos montes.
La intensidad de la ayuda se determinará en función de lo recogido en la siguiente tabla:
Importes de ayuda por la gestión del aprovechamiento de los pastos de montaña
. | Prima €/ha |
---|---|
Por traslado y atención del ganado en los pastos de montaña | 65 |
Por labores culturales a realizar | 51 |