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El Ayuntamiento vulnera la ley y prorroga el contrato de vigilantes privados por 167.000 euros

Barakaldo, 22 may 2022. La alcaldesa, Amaia del Campo (PNV), ha decidido ignorar, de nuevo, el informe del máximo técnico en materia de contratación y, pese a que incumple la ley, prorrogar el contrato del servicio de vigilantes privados para el edificio del Ayuntamiento de Barakaldo, así como otras instalaciones y espacios municipales, con un coste de 167.233,80 euros por dos meses.

Las labores de control de accesos al edificio consistorial y vigilancia de determinados locales y lugares públicos se realizaban por parte de la Policía Municipal hasta que en enero de 2002 fueron privatizadas por 362.310 euros al año. Ahora el coste es de algo más de un millón cada curso. La nueva empresa ya se tenía que haber adjudicado, porque desde 2016 se conocía el final del contrato actual, pero no se ha hecho a tiempo.

Ante la posibilidad de que no haya vigilantes privados desde el 31 de mayo, porque entonces termina el actual contrato, el Gobierno local (PNV-PSE) ha decidido prorrogar a la compañía anterior, Delta Seguridad SA, y ha alegado que es "un servicio esencial" y "absolutamente necesario", ya que, si no, "se podría poner en peligro la seguridad" de los trabajadores en el Ayuntamiento.

Pese a ello, como advierte el alto funcionario responsable de contratos, el interventor de cuentas, el decreto de la alcaldesa reconoce que se está "incumpliendo la normativa vigente", pero sostiene que es "en garantía del interés público" y para "garantizar con la máxima eficacia posible". 

Además, admite que la materia es competencia de la Policía Municipal, pero no señala la posibilidad que sean los agentes quienes cubran los puestos temporalmente hasta que la nueva compañía privada esté contratada, lo que se prevé que pueda ocurrir en un máximo de dos meses.

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> 17/05/2022. Barakaldo paga un millón al año para que 25 guardas privados vigilen el Ayuntamiento y 7 espacios municipales

Decreto de alcaldía 2022/004500, de 19 de mayo de 2022
Asunto. Aprobar, si procede, la prórroga del contrato administrativo cuyo objeto es la “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO”, adjudicado a la empresa DELTA SEGURIDAD, S.A..

Ref. Exp. RS201612.002 / 201600760

A la vista del informe de Intervención 96/2022, de fecha 12 de mayo de 2022, formulando reparo suspensivo a la propuesta de aprobación de la prórroga del Contrato Administrativo cuyo objeto es la “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO”, (No Expte.: RS201612.002/201600760), los Servicios Técnicos del Área promotora del contrato, han emitido informe de fecha 17.05.2022, en el que ponen de manifiesto que nos hayamos ante un servicio esencial, como es el de la seguridad en instalaciones y edificios, y que es fundamental que el mismo sea prestado de manera continuada, para asegurar la protección a las instalaciones del Ayuntamiento y al personal que trabaja en él, salvaguardando su intimidad y privacidad, ya que de otra manera se podría poner en peligro la seguridad de los mismos.

Asimismo se argumenta que resulta imposible recurrir a un nuevo proceso licitatorio cuya culminación no es factible se logre dentro del breve margen temporal de dos meses. Imposibilidad que fuerza a que, hasta que se alcance la elección del nuevo adjudicatario, en el nuevo expediente de contratación aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 001246 de 15 de Febrero de 2022, que en este momento se encuentra en fase tramitación, dado que la prestación, se insiste, ha de proseguir, se proponga que la antedicha prórroga se extienda desde el 1 de junio de 2022 y hasta la fecha de inicio del nuevo contrato y como máximo hasta el 31 de julio de 2022.

Resultando que, por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 11.10.2016, nº 06950 del Libro de Decretos, se aprobó el expediente de contratación para la adjudicación del contrato administrativo cuyo objeto es la prestación del servicio de “SEGURIDAD PRIVADA PARA EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO” (No Expte.: RS201612.002/201600760), aprobándose asimismo el límite de gasto correspondiente, establecido para este contrato en un importe de 1.748.208,40 Euros más 367.123,76 Euros, en concepto de impuesto sobre el valor añadido –al tipo impositivo del 21%- lo que determina un importe total de 2.115.332,16 Euros.

Resultando que el plazo de duración del contrato es de DOS (2) AÑOS, con la posibilidad de prorrogarse por otros dos.

Resultando que, que por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 03.03.2017, nº 01729 del Libro de Decretos, se adjudicó el contrato de referencia a la empresa DELTA SEGURIDAD, S.A. (C.I.F.: A-48/176.614), en los términos de su propuesta, con los precios unitarios que constan en la citada Resolución.

Resultando que el contrato administrativo fue formalizado con fecha de 29.03.2017, indicando en la cláusula cuarta que la prestación del servicio se iniciará el día 01.04.2017.

Resultando que por Resoluciones de la Alcaldía Presidencia, que constan en el expediente, se aprobaron las Modificaciones nº 1 a 17, así como las prórrogas del contrato de referencia, en los términos establecidos en las citadas Resoluciones.

Resultando que, por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 17.11.2021 nº 010343 del Libro de Decretos, se aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas para regir el nuevo contrato administrativo cuyo objeto es el SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA SIN ARMAS PARA EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO (Ref. Expte.: SC102112.001/202100335), aprobándose el gasto correspondiente, establecido para este contrato, en 4.179.973,72 Euros, IVA incluido para el plazo de CUATRO (4) AÑOS. Habiéndose enviado al DOUE con fecha 18.11.2021, publicándose el 23.11.2021 y en el Perfil del Contratante con fecha de 18.11.2021.

Resultando que, por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 15.12.2021, nº 011440 del Libro de Decretos, se suspendió la licitación relativa al contrato de referencia, como consecuencia de la propuesta de modificación de los pliegos aprobados y, en consecuencia, se ordenó la retrotracción de las actuaciones al momento de aprobación de los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares y de Cláusulas Administrativas Particulares.

Resultando que, por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 15.02.2022 nº 001246 del Libro de Decretos, se aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas para regir el nuevo contrato administrativo cuyo objeto es el SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA SIN ARMAS PARA EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO (Ref. Expte.: SC102112.001/202100335), aprobándose el gasto correspondiente, establecido para este contrato, en 4.179.973,72 Euros, IVA incluido para el plazo de CUATRO (4) AÑOS.

Resultando que, la Resolución señalada en el párrafo anterior, ordeno asimismo la publicación de del anuncio de licitación en el Diario de Unión Europea (DOUE) y en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Barakaldo, enviado al DOUE con fecha 15.02.2022, publicándose el 18.02.2022 y en el Perfil del Contratante se publico con fecha de 15.02.2022.

Resultando que, cumplida la fecha limite de presentación de ofertas el 16.03.2022, se presentaron proposiciones por ocho empresas licitadoras, no habiendo concluido por el momento el procedimiento de adjudicación.

Resultando que el concejal delegado del Área Municipal de Seguridad Ciudadana, mediante escrito de fecha 04.05.2022, recepcionado el mismo día de la fecha por este Servicio de Contratación y Suministros, número 2022006382 del registro interno de documentos, ha interesado la tramitación de expediente de prórroga del contrato de referencia, y, a tal efecto, ha remitido la correspondiente documentación para su tramitación.

Resultando que la empresa DELTA SEGURIDAD, S.A., adjudicataria del contrato, mediante escrito firmado por el representante de la empresa digitalmente con fecha 02.05.2022, presta su conformidad a la continuidad del servicio, remitiendo oferta económica de los actuales Servicios de Vigilancia y Seguridad en Instalaciones y/o Espacios Públicos del Ayuntamiento de Barakaldo, por un período desde el 1 de junio al 31 de julio de 2022, ambos días inclusive, indicando los precios siguientes:

horasprecio hora (IVA excluido)nº horasimporte
hora laborable diurna18,193.427,0062.337,13
hora laborable nocturna19,861.640,0032.570,40
hora festiva diurna18,541.143,0022.334,22
hora festiva nocturna21,21800,0016.968,00
.total servicios7.010,00134.209,75

Resultando que, la empresa adjudicataria DELTA SEGURIDAD, S.A., ha aportado los documentos de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Resultando que, en el informe de fecha 03.05.2022, emitido por los Servicios Técnicos del Área de Seguridad Ciudadana, se indica, que teniendo en cuenta que, el contrato prorrogado vigente finaliza con fecha de 31 de mayo de 2022, que continua siendo necesario prestar el servicio objeto del contrato, con el mayor alcance posible como un complemento o auxilio a las labores de seguridad ciudadana competencia de la Policía Local. Por existir necesidades legitimas de seguridad, velando por la indemnidad o privacidad de las personas o bienes cuya seguridad se le encomiende, frente a posibles vulneraciones de derechos, amenazas deliberadas y riesgos accidentales o derivados de la naturaleza. A tal fin, se pretende garantizar con la máxima eficacia posible, tanto la seguridad en el control de accesos de las distintas dependencias municipales y espacios públicos, como de las diferentes actividades promovidas por el municipio, por ello resulta necesaria su prestación en aras de evitar un grave trastorno en el servicio público.

Resultando que, en el informe técnico se indica la necesidad de continuidad del servicio de seguridad privada por las razones de interés público expuestas en el presente informe, constando en dicho informe el presupuesto facilitado por la empresa, indicando asimismo que se ha destinado una cantidad adicional para los servicios extraordinarios que puedan surgir por importe de 4.000,00 Euros IVA excluido.

Resultando que, de lo expuesto en el citado informe técnico, se propone la prorroga por un periodo de dos (2) meses, del 01.06.2022 al 31.07.2022 o hasta la adjudicación del nuevo contrato, en las mismas condiciones del contrato vigente indicando, asimismo las dependencias municipales en las que se prestará el servicio, que son las siguientes: Edificios del Ayuntamiento (Casa Consistorial), Pantano de Artiba y de Oiola, Jardín Botánico, Clara Campoamor, Edificio de Servicios Sociales, Albergue Municipal y Finca Munoa, así como los precios unitarios, aprobados por la Resolución de la Alcaldía Presidencia, de fecha 25.03.2021 nº 002719 del Libro de Decretos.

Resultando que, el importe de la prórroga propuesta en el citado informe para el plazo indicado asciende a la cantidad de 167.233,80 Euros IVA incluido.

Resultando que se ha incorporado al expediente un documento de Solicitud de Reserva de Crédito, de fecha de 04.05.2022, para la prórroga pretendida, que afecta al ejercicio 2022, tanto la anualidad como el importe del saldo de crédito retenido, constan en la parte dispositiva de esta Resolución.

Teniendo en cuenta que, en relación con la prórroga propuesta por el concejal delegado del Área promotora del contrato únicamente cabe señalar que excede del plazo establecido en los pliegos, incumpliendo, por tanto, la normativa vigente. No obstante, se procede a su tramitación en base al informe técnico, que motiva la necesidad de dar continuidad a las prestaciones del contrato cuyo objeto es la prestación del servicio de Seguridad Privada para el Ayuntamiento de Barakaldo, por razón y en garantía del interés público que, en este caso, se concreta en garantizar con la máxima eficacia posible, tanto la seguridad en el control de accesos de las distintas dependencias municipales y espacios públicos, como de las diferentes actividades promovidas por el municipio.

Vistos los informes emitidos por la Junta Consultiva de Contratación del Estado en sus Expedientes 73/18 y 86/18, en el presente supuesto cabe acudir a un a prorroga puente en orden a garantizar un servicio absolutamente necesario como en este caso es la seguridad, velando por la indemnidad o privacidad de las personas o bienes cuya seguridad se le encomiende, frente a posibles vulneraciones de derechos, amenazas deliberadas y riesgos accidentales o derivados de la naturaleza, parece que el interés público subyacente a la ejecución de este contrato debe primar sobre otras consideraciones, especialmente cuando el periodo de tiempo durante el que la prorroga puente va a estar vigente se va a limitar a sólo el que reste hasta que se concluya la licitación del nuevo contrato, la finalidad de esta prorroga puente, por tanto, no es la de fraccionar el objeto del contrato para burlar los umbrales o los requisitos de publicidad, sino la de dar continuidad al servicio.

Teniendo en cuenta, que asimismo se ha tramitado otro nuevo expediente para proceder a la adjudicación del contrato administrativo cuyo objeto es el SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA SIN ARMAS PARA EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO (Ref. Expte.: SC102112.001/202100335), en el cual cumplido el plazo de presentación de ofertas el día 16.03.2022, han presentado sus proposiciones ocho empresas licitadoras, no habiendo concluido por el momento el procedimiento de adjudicación. Consecuentemente, la prórroga propuesta se erige como garantizadora del fin último de la continuidad de la prestación en los términos pretendidos por el Área promotora del contrato.

Considerando que resultarán de aplicación a la prórroga las determinaciones establecidas por los pliegos aprobados para regir el contrato vigente.

Considerando que es de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), así como el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto.

Considerando que resulta de aplicación lo establecido por la Ley 25/2013, de 27 de diciembre de 2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Publico, el contratista emitirá sus facturas en el formato electrónico que, así mismo, se señala en la parte dispositiva de esta Resolución, que incluye también indicaciones para su correcta cumplimentación.

Considerando que, además de la normativa citada precedentemente, son de aplicación las Normas de Control Interno reservadas a la Intervención General aprobadas por Acuerdo nº 49, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria nº 6/92, de 26 de marzo de 1992.

Considerando que además de las citadas normas son de aplicación la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria nº 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo nº 211/19/98-5, así como las Disposiciones Complementarias (1) de dicha Norma aprobadas por Decreto de Alcaldía nº 4615/99, de 16 de agosto de 1999.

Considerando que según lo dispuesto por la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) el órgano de contratación es el Alcalde-Presidente.

Por todo lo anterior, a la vista del expediente tramitado, y a propuesta del Concejal Delegado del Área de Seguridad Ciudadana, esta Alcaldía- Presidencia,

RESUELVE

PREVIO.- Decidir la discrepancia surgida entre la Intervención municipal y el Área de Seguridad Ciudadana, en el sentido de que no procede la suspensión en la tramitación del expediente propuesta por el Área citada.

PRIMERO.- Aprobar la prórroga del Contrato Administrativo cuyo objeto es la prestación del servicio de “SEGURIDAD PRIVADA PARA EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO”, por mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento de Barakaldo y la empresa DELTA SEGURIDAD, S.A. (C.I,F,: A-48/176.614), adjudicataria del contrato, en virtud del Decreto de Alcaldía nº 01729 de fecha 03.03.2017.

SEGUNDO.- El plazo al que se extiende la prórroga propuesta es desde el 01.06.2022 al 31.07.2022 o hasta el inicio del nuevo contrato.

TERCERO.- El importe de la prórroga prevista según lo indicado en el informe técnico es de 138.209,75 Euros al que le corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) –tipo de 21%- la cantidad de 29.024,05 en concepto de, lo que hace un importe total de 167.233,80 Euros, en los precios unitarios siguientes:

horasprecio hora (IVA excluido)nº horasimporte
hora laborable diurna18,193.427,0062.337,13
hora laborable nocturna19,861.640,0032.570,40
hora festiva diurna18,541.143,0022.334,22
hora festiva nocturna21,21800,0016.968,00
..total servicios134.209,75
..SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 4.000,00
..IVA 21%29.024,05
..TOTAL167.233,80

CUARTO.- Establecer como anualidad prevista, según la Solicitud de Reserva de Crédito aportada, para la prórroga del contrato propuesta, la que a continuación se señala:

Ejercicio: 2022
Orgánico: 01300
Programa: 13000
Económico:  2270201
Importe (€): 167.233,80

[…]

SEXTO.- Ordenar la notificación de este Acuerdo a la empresa adjudicataria DELTA SEGURIDAD, S.A. (e-mail: ????@grupo-delta.es), en la persona de su representante legal, a los efectos oportunos, así como al Área de Seguridad Ciudadana, y a la Intervención Municipal de Fondos, con devolución del expediente al Servicio de Contratación una vez gestionado.

Lo manda y firma la Sra. alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la Jefa del Servicio de Contratación y Suministros, en funciones y el Concejal Delegado del Área correspondiente.

EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA
ANGEL MADRAZO AJA

LA ALCALDESA
AMAIA DEL CAMPO BERASATEGUI