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Alcaldía gasta 5.500 euros en contratar a una pintora para el mural antimachista de Desierto

el mural antimachista de Desierto
Barakaldo, 21 nov 2021. La alcaldesa, Amaia del Campo (PNV), ha firmado un decreto mediante el que destina casi 5.500 euros del presupuesto de Barakaldo a contratar directamente a una pintora particular para crear un mural contra la violencia machista en el barrio de Desierto. Los responsables municipales del PNV anunciaron esta actividad el 19 de noviembre, pero indicaron que era obra de 80 ciudadanos y no mencionaron que habían contratado a una muralista ni cuánto había costado.

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Decreto de alcaldía 2021/009478, del 25 de octubre de 2021

Asunto: Aprobar el expediente de contratación denominado “MURAL ARTÍSTICO CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES 2021” y su adjudicación (Expte. de Gasto no: 202100859)

Visto el expediente tramitado por este Ayuntamiento relativo al contrato denominado “MURAL ARTÍSTICO CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES 2021”

Desde la puesta en marcha del Área de Igualdad se lleva celebrando el “25 de noviembre, Día Internacional de la Violencia contra las Mujeres.”

Para este año se van a realizar una serie de acciones con el objetivo concienciar y prevenir la violencia ejercida hacia las mujeres en nuestro municipio. Dentro de las acciones diseñadas destacamos la elaboración de un mural artístico con un texto y figuras relacionadas con la violencia contra las mujeres. Proyecto que asciende a un importe total de CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (5.450,00 €), IVA incluido, de acuerdo con el siguiente desglose:

  • CONCEPTO: Lucía González-Pinto de Miguel (WALLART MURAL PAINTING) DNI: 7_____2Z Mural artístico
  • IMPORTE: Base Imponible: 4.500,00 € / IVA (10%): 450,00 € / Importe Total : 4.950,00 €
  • CONCEPTO: Varios
  • IMPORTE: 500,00 €
  • TOTAL: 5.450,00 €
Oferta que, según se refiere por la Técnica de Igualdad, mediante informe de fecha 22 de octubre de 2021, se adecua a las necesidades previstas y a las condiciones que rigen esta contratación.

Resultando que, con fecha 22 de octubre por el órgano de contratación se emite informe a los efectos de dar debido cumplimiento a las exigencias del apartado segundo del artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP).

Considerando que, según el artículo 118.1 de la LCSP, se consideran contratos menores de servicios aquéllos cuyo valor estimado sea inferior a QUINCE MIL EUROS (15.000,00 €).

Considerando que, de conformidad con el párrafo segundo de dicho precepto, la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior.

Considerando que, asimismo el artículo 118.3 establece que se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo establezcan.

Considerando que, de conformidad con el artículo 131.3 de la LCSP, los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo las normas del artículo 118 de la reiterada Ley.

Considerando que, además de la normativa citada, es de aplicación la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria no 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo no 211/19/98-5, así como las Disposiciones Complementarias (1) de dicha Norma aprobadas por Decreto de Alcaldía no 4615/99, de 16 de agosto de 1999.

Considerando que, según la antedicha normativa municipal, el contrato menor de servicios, cuyo importe no supere los SEIS MIL DIEZ EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (6.010,12 €) se reduce a la aprobación del gasto, sin que sean necesarios más requisitos que la propuesta de gasto, acompañada del presupuesto y el proyecto, cuando así se requiera por la normativa específica, y el documento contable de retención de crédito; el documento contractual se sustituye por la factura que, a su vez, sirve para justificar la prestación realizada por el contratista.

Considerando que, los contratos menores, según prescribe el artículo 118.6, han de publicarse en la forma prevista en el artículo 63.4 de la precitada Ley.

Considerando que, ha de remitirse al Tribunal Vasco de Cuentas una relación de los contratos menores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 335.1 párrafo tercero de la LCSP y asimismo, procede su comunicación al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con el tenor del artículo 346 de la citada LCSP.

Considerando que, se han seguido los trámites legalmente procedentes para la aprobación del expediente, sin que sea necesaria la fiscalización previa.

En virtud de las facultades que le otorga la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, a propuesta de la Concejala Delegada del Área de Mujer, esta Alcaldía-Presidencia,

RESUELVE

PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación denominado “MURAL ARTÍSTICO CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES 2021” aprobando el gasto correspondiente por un importe total de CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (5.450,00 €), IVA incluido.

SEGUNDO.- Adjudicar dicho contrato a las siguientes empresas y por los siguientes importes:
  • CONCEPTO: Lucía González-Pinto de Miguel (WALLART MURAL PAINTING) DNI: 7_____2Z Mural artístico
  • IMPORTE: Base Imponible: 4.500,00 € / IVA (10%): 450,00 € / Importe Total : 4.950,00 €
  • CONCEPTO: Varios
  • IMPORTE: 500,00 €
  • TOTAL: 5.450,00 €
[…]

QUINTO.- Dese traslado de esta Resolución al Departamento de Intervención Municipal y devuélvase el expediente al Área de Mujer. 

SEXTO.- Ordenar la publicación en el Perfil de Contratante; se remita al Tribunal Vasco de Cuentas y se comunique al Registro de Contratos del Sector Público.

Lo manda y firma la Sra. alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la Jefa de Sección Jurídico Administrativa para la Igualdad, Cooperación y Prevención de Drogodependencias y la Concejala Delegada del Área de Mujer.