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Ninguna empresa quiere auditar las cuentas de la empresas municipales por 40.000 euros 3 años

Barakaldo, 15 jul 2021. El Ayuntamiento de Barakaldo ha fracasado de nuevo en una contratación, esta vez en la de los servicios de auditoría o control de las finanzas de las empresas o sociedades municipales. El departamento local de Economía, dirigido por el concejal Danel Sola (PNV), había convocado el concurso con un presupuesto máximo de 40.000 euros, pero ninguna empresa ha presentado una oferta.

El objetivo era encargar a una entidad privada que controlara las cuentas de la sociedad urbanística municipal Eretza SA, el teatro Barakaldo Antzokia SA y el taller de empleo para personas con discapacidad Usoa en los ejercicios 2021, 2022 y 2023. El concurso, ante la falta de interesados, ha sido declarado 'desierto'


Decreto de Alcaldía 2021/007178, de 15 de julio de 2021
ASUNTO
 DECLARAR DESIERTO EL PROCEDIMIENTO LICITATORIO CONVOCADO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CUYO OBJETO ES LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO DE LAS SOCIEDADES MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO.

EXPEDIENTE HA102112.001 / 202100512

Resultando que, a propuesta del concejal delegado del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Contratación, por Resolución de la Alcaldía de fecha 16 de junio de 2021, mediante Decreto de Alcaldía Nº 2021/005891, se aprobó el expediente de contratación, y ordenó la apertura del procedimiento de adjudicación del contrato administrativo de servicios cuyo objeto es la contratación de los SERVICIOS DE AUDITORÍA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO DE LAS SOCIEDADES MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO.

Resultando que, mediante el Decreto citado en el párrafo anterior, también se aprobó el gasto establecido para el contrato de referencia, el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que habían de regir el contrato.

Resultando que el gasto aprobado para este contrato es de 33.000,00 €, más 6.930,00 €, en concepto de IVA -al tipo impositivo del 21%-, lo que determina un importe total de 39.930,00 €.

Resultando que, el procedimiento establecido para adjudicación del contrato fue abierto simplificado. 

Resultando que se publicó anuncio de licitación en el Perfil de Contratante con fecha de 17.06.2021 

Resultando que el plazo de presentación de proposiciones finalizó a las 13:00 horas del día 2.07.2021, sin que conste en la Plataforma Kontratazio Publikoa Euskadin-Contratación Pública del Sector Público la presentación de proposición alguna. 

Resultando que, ante la ausencia de proposiciones, la Mesa de Contratación en sesión de fecha 8.07.2021, acordó proponer al Órgano de Contratación que declare desierto el procedimiento de adjudicación del contrato de referencia. 

Considerando que el artículo 150.3 de la LCSP faculta al órgano de contratación a declarar desierto aquel procedimiento en los que no se hayan presentado ofertas o proposiciones en el plazo otorgado para ello.

Considerando que es de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en particular lo dispuesto por el artículo 150.3 de la citada Ley. 

Considerando que son de aplicación las Normas de Control Interno reservadas a la Intervención General aprobadas por Acuerdo nº 49, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria nº 6/92, de 26 de marzo de 1992. 

Considerando que es de aplicación la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria nº 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo nº 211/19/98-5, así como las Disposiciones Complementarias (1) de dicha Norma aprobadas por Decreto de Alcaldía nº 4615/99, de 16 de agosto de 1999. 

Considerando que según lo dispuesto por la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, el órgano de contratación es la Alcaldesa-Presidenta. 

Por todo lo anterior, a la vista del expediente tramitado y a propuesta del Concejal Delegado del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Contratación, esta Alcaldía-Presidencia,

RESUELVE 

PRIMERO.-Declarar desierto el procedimiento de adjudicación contrato administrativo de servicios cuyo objeto es la contratación de los SERVICIOS DE AUDITORÍA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO DE LAS SOCIEDADES MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO (Ref.Exp. HA102112.001 / 202100512), por cuanto no se ha presentado ninguna oferta al procedimiento licitatorio publicado y convocado al efecto.

SEGUNDO.-Ordenar la publicación de este acuerdo en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Barakaldo. 

TERCERO.-Proceder al archivo del expediente tramitado. 

CUARTO.- Ordenar el traslado de la presente Resolución al Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Contratación y a la Intervención Municipal de Fondos, con devolución del expediente al Servicio de Contratación una vez gestionado.

Lo manda y firma la Sra. alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la Jefa del Servicio de Contratación y Suministros, en funciones y el concejal delegado del Área correspondiente.

LA ALCALDESA