“Estas viviendas empezaron a alquilarse en 2012 para facilitar la emancipación de los barakaldeses y barakaldesas, y que puedan iniciar así un nuevo proyecto de vida. Hoy estamos profundizando en esa línea y, de hecho, recientemente hemos dado un nuevo impulso a las ayudas que concedemos a los jóvenes desde el área para pagar el alquiler”, ha recordado Pizarro.
Las solicitudes para acceder a las viviendas de alquiler de Lutxana deberán presentarse en las oficinas de Eretza -calle El Castañal, 8- de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas. La documentación a presentar se puede consultar en la página web de la entidad: www.eretza.com
Según ha explicado Juan Antonio Pizarro, la apertura del plazo de solicitudes se debe a que al menos 7 de las 16 viviendas con las que cuenta Eretza acaban de quedar vacías o van a estarlo en próximas fechas. “Hay pisos de dos y tres habitaciones y los precios son asequibles, oscilando entre los 307 y 400 euros mensuales”, ha detallado el concejal de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística, que al mismo tiempo es presidente de Eretza.
Las viviendas se adjudicarán por sorteo entre todos los solicitantes, quedando las personas que no sean adjudicatarias de las mismas en una bolsa de la que se tirará si el resto de pisos van quedando vacíos. El plazo máximo para permanecer en estas viviendas es de 7 años, si bien el alquiler debe renovarse año a año.
ENTRE 18 Y 35 AÑOS
Las bases para acceder a las viviendas han sido aprobadas hoy por unanimidad en el Consejo de Administración de Eretza y son similares a las que había en anteriores convocatorias.
Es imprescindible tener entre 18 años y 35 años a 1 de enero de 2021 y estar empadronado en Barakaldo con una antigüedad de al menos 2 años anteriores a la apertura del plazo de inscripción en el presente sorteo de manera ininterrumpida, o bien sumar dos años o más en los últimos cuatro años hasta la apertura del plazo de inscripción, o bien trabajar en empresas radicadas en el municipio al menos 24 meses desde el 1 de enero de 2019 hasta la fecha de apertura de plazo de inscripción.
Los ingresos anuales ponderados de la unidad convivencial deben oscilar entre una cuantía mínima de 12.000 euros al año y máxima de 35.000. Los ingresos acreditados deberán proceder al menos en un 90% de rendimientos de trabajo y/o rendimientos de actividades económicas profesionales, artísticas o becas.