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La empresa Biok Obras y Proyectos se declara en suspensión de pagos

Barakaldo, 16 nov 2020. La empresa barakaldesa Biok Obras y Proyectos SL se ha declarado en suspensión de pagos (concurso voluntario de acreedores). Con sede en Kareaga, la compañía está centrada en "obras que engloban la eliminación de barreras arquitectónicas, mediante la ejecución de la obra civil necesaria para la instalación de ascensores en comunidades", según señala en su página web. Fundada en 2007, su plantilla es de siete trabajadores, según sus cuentas oficiales, que indican pérdidas en los tres últimos ejercicios.


Edito publicado en el Boletín Oficial del Estado BOE

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la ley concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, anuncia:

1º.-Que en el procedimiento número 1126/2020, NIG n.º 48.04.2-20/024724, por auto de 9/11/2020 se ha declarado en concurso voluntario al/a la deudor/a:

BIOK OBRAS Y PROYECTOS S.L.

CIF B-95471488.

Domicilio: C/ Junqueral, n.º 13, 2.º, D3-48903 Baakaldo.

Lugar donde tiene el centro de sus intereses principales: Barakaldo.

2º.- Que el/la deudor/a conserva las facultades de administración y de disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3º.-Que la administración concursal está integrada por ERAGINKOR, S. COOP, representado por JUAN CARLOS SOJO CAMPOS.

Dirección postal: c/ Ibarrekolanda, 13-15, bajo-48015 Bilbao.

Dirección electrónica: juancarlossojo@eraginkor.com

4º.-Que los acreedores de la concursado/a deben poner en conocimiento de la administración concursal, en la dirección postal o en la dirección electrónica antes indicadas, a su elección, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo representados por procurador y asistidos de letrado (artículo 512 del TRLC).

6º.-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Bilbao, 9 de noviembre de 2020.- Letrada Administración Justicia, Fernanda Abiega.