Decreto de alcaldía
Resultando necesaria la ejecución de los trabajos de “DINAMIZACIÓN Y DISEÑO DE REUNIÓN CON DIRECCIONES DE CENTROS EDUCATIVOS”, con no Expte.: 202000804, por parte del Area de Educación se ha solicitado presupuesto al consultor Asier G (Xxxxxx) encontrándose conforme por ajustarse a las necesidades municipales.
Comprobado que en el presupuesto corriente existe Saldo de Crédito disponible suficiente, quedando retenido el importe del servicio solicitado, que asciende a 726,00 €, mediante Documento de Retención de Crédito emitido por la Intervención Municipal, que se adjunta al expediente.
Resultando que es de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y que, de conformidad con lo establecido en su Art. 118.1, son contratos menores de suministro ó de servicios, aquellos cuyo valor estimado sea inferior a QUINCE MIL EUROS (15.000,00 €), sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
Considerando que, en los contratos menores definidos en el Artículo señalado en el apartado anterior, la tramitación del expediente exigirá el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato, así como la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, y servirá a su vez para justificar la prestación realizada, tal y como regula la Normativa Municipal de Tramitación de los Contratos Administrativos, (acuerdo no 38/4-98-8) aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria no 4/98 celebrada el día 30 de Octubre de 1998 que, en su Art. 12, al regular el procedimiento simplificado, establece que para aquellos contratos cuyo importe supere los 6.010,12 € deberán solicitarse, al menos, tres ofertas a diferentes empresas.
Visto el informe emitido por el Técnico del Area, de fecha 02.10.2020.
Por todo lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Concejala Delegada del Área de Cultura, Educación, Euskera y Juventud, y en aplicación de lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, esta Alcaldía-Presidencia
RESUELVE
PRIMERO: Aprobar el expediente de contratación de los servicios denominados: “DINAMIZACIÓN Y DISEÑO DE REUNIÓN CON DIRECCIONES DE CENTROS EDUCATIVOS”, con no Expte.: 202000804, que comprende la del gasto correspondiente SETECIENTOS VEINTISEIS EUROS (726,00€) 600,00 € de Base Imponible y 126,00 en concepto de I.V.A. con el tipo impositivo del 21% y adjudicando la realización del mismo al consultor Asier G (Xxxxxx), conforme a la oferta presentada.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en la Norma de Ejecución Presupuestaria vigente, la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Público, así como de la Disposición adicional trigésima segunda de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, las facturas, además de cumplir con los requisitos exigidos por el Decreto Foral 4/2013 por el que se regulan las obligaciones de facturación y resto de normativa vigente aplicable, se completarán con:
- La firma y sello del proveedor que garantice la autenticidad de su origen e integridad de su contenido.
- Datos receptor de la factura: CIF: P4801700H o Razón social: AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO o Domicilio: Herriko Plaza, 1 (48901 BARAKALDO)
- Los siguientes códigos y denominaciones: Expediente > 202000804 / U. Fiscal > Intervención General (L01480139) / U. Gestora AB > Ayuntamiento de Barakaldo (L01480139) / U. Tramitadora IG > 71 Educación, Euskera y Deportes (LA0004312)
- -En caso de Facturación en papel (sólo podrán presentar este formato Personas físicas): o La firma y sello del proveedor que garantice la autenticidad de su origen e integridad de su contenido.
- -En caso de Facturación electrónica, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones (obligatorio para personas jurídicas): o Con un formato electrónico “facturae versión 3.2 ó 3.2.1”. o El dato del Expediente deberá ser indicado en la etiqueta <FileReference>. o La fecha de suministro, obra ó servicio se debe indicar en la etiqueta <OperationDate> y en el caso de que corresponda con un período, éste se debe indicar en el nodo <invoicingPeriod> en las etiquetas <StarDate> y <EndDate>. o En el caso de necesitar un resumen-concepto de la factura se debe de indicar en la etiqueta <invoiceAdditionalInformation> o Firmada electrónicamente con un certificado electrónico reconocido del emisor de la factura.. o Remitidas al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas en la siguiente url: www.barakaldo.face.gob.es o Datos de http://www.barakaldo.org/portal/web/economia-y- hacienda/factura-electronica contacto: