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Berri-Otxoak denuncia la eliminación del Servicio de Urgencias Sociales del Ayuntamiento

Protesta de Berri-Otxoak ante el Ayuntamiento
La plataforma contra la exclusión social Berri-Otxoak ha denunciado la decisión del equipo de Gobierno (PNV) del Ayuntamiento de Barakaldo de suprimir el Servicio de Urgencias Sociales, un hecho que, según este colectivo, provoca retraso de semanas en las citas para personas en situaciones de pobreza, como la de un joven que vive en la calle en el barrio de Llano. En este caos concreto, el varón de 23 años "reúne los requisitos necesarios" para acceder a ayudas sociales pero el consistorio le ha convocado para el 24 de mayo a pesar de que está durmiendo en una caseta desde hace cuatro meses y únicamente ingresa 250 euros por un empleo que tiene desde hace cuatro semanas. A juicio de Berri-Otxoak, este caso es un ejemplo del "incumplimiento" de las leyes de servicios sociales por parte del Ayuntamiento de Barakaldo.


Nota de prensa de Berri-Otxoak
VIVIENDO DEBAJO DE UN PUENTE POR CULPA DE LOS RECORTES

► Ángel, 23 años, vive en un cubículo bajo el puente de la A8 en Cruces desde hace más de 4 meses.

► Desde hace 4 semanas tiene un empleo precario de 250 euros al mes. Mínimo salario que le impide salir de su situación de exclusión o poder desarrollar un itinerario formativo de inserción socio-laboral.

► La paradoja es que Ángel reúne los requisitos necesarios para acceder a los diferentes recursos municipales o prestaciones gestionadas por Lanbide. Sin embargo, hasta el miércoles 24 de mayo no tiene su primera cita para intentar formalizar sus derechos en los servicios sociales municipales.

► En el último recuento realizado por el Gobierno Vasco a finales de octubre señalaba que hay 19 personas (13 hombres y 6 mujeres) sin hogar en Barakaldo.

COMUNICADO DE PRENSA

El equipo municipal ha decido aplicar una política de recortes frente a la cada vez mayor demanda de ayudas en la localidad. Un claro ejemplo de las consecuencias de esta apuesta por los ajustes sociales es la situación de Ángel. Joven de 23 años que vive en un habitáculo bajo un puente en Cruces desde hace más de 4 meses. Concretamente, en un antiguo cuarto de mantenimiento bajo la A-8.

Este no es un hecho aislado. El último recuento realizado por el Gobierno Vasco a finales del pasado mes de octubre señalaba que hay 19 personas (13 hombres y 6 mujeres) sin hogar en Barakaldo.

Cabe destacar que Ángel desde hace poco más de un mes dispone de un empleo precario; el cual le reporta unos 250 euros al mes si trabaja todos los días. Mínimo salario que le impide salir de su situación de exclusión o poder desarrollar un itinerario formativo de inserción sociolaboral.

La paradoja es que Ángel reúne los requisitos necesarios para acceder a los diferentes recursos municipales o prestaciones gestionadas por Lanbide. Sin embargo, hasta el jueves 24 de mayo no tiene su primera cita para intentar formalizar sus derechos. Esta es una de las primeras consecuencias de la supresión del Servicio de Urgencias Sociales dependiente del Departamento de Acción Social fabril.

La contestación hasta ahora ha sido “no podemos hacer nada porque hay unos plazos”. Pero Ángel sigue debajo del puente de la A8 que cruza el barrio de Retuerto. Ángel ha intentado ponerse en contacto con los máximos responsables de la corporación: Mikel Antizar, concejal Acción Social; y Amaia del Campo, alcaldesa Barakaldo. A día de hoy está a la espera de una respuesta, lo que demuestra su falta sensibilidad

INCUMPLIMIENTO DE LA “CARTERA DE SERVICIOS SOCIALES”

Estos recortes y malas prácticas -ejemplificadas en el caso de Ángel- y desarrolladas por los responsables del Departamento de Acción Social conllevan un quebranto de la legislación que ordena, organiza y regula los servicios sociales municipales. En concreto, la doctrina recogida en el “Decreto 185/2015, 6 de octubre” que establece la “Cartera de prestaciones del Sistema Vasco de Servicios Sociales”.

Reglamentación que resume de forma clara que “los ayuntamientos son los competentes para la provisión de todos los servicios sociales de atención primaria para diagnosticar y atender las necesidades de las familias”. Esta normativa, claramente insta a las corporaciones locales…

-En primer lugar. A garantizar los recursos suficientes para satisfacer a la totalidad de las familias de cada localidad su acceso con garantías de universalidad a los servicios sociales;

-En segundo lugar. Los consistorios deben aportar las partidas oportunas para que las familias -que por razones de dificultad económica- puedan asegurar sus necesidades básicas.