publicidad

El Ayuntamiento entrega 650.000 euros en ayudas para plazas en residencias de ancianos

 
foto: Thorbion
+ El anuncio se publica 10 días después de vencido el primer plazo
+ El segundo plazo de solicitudes termina el 31 de marzo
+ Hay otros tres: 30 de abril, 31 de mayo y 30 junio
El Ayuntamiento de Barakaldo entregará este año un total de 656.448,00 euros en ayudas para las personas que en viviendas comunitarias o residencias de ancianos. La convocatoria, que se ha publicado en el Boletín Oficial 10 días después de vecino el primer plazo de solicitudes, establece que la subvención —paga pagos de 2010 realizados o aún pendientes— es de 1.675 euros como máximo y la persona beneficiaria tiene que aportar "el 75% de sus ingresos mensuales incluidas las pagas extraordinarias y tomando como base la unidad familiar".

Anuncio / Boletín Oficial de Bizkaia 1 de marzo de 2010
Ayuntamiento de Barakaldo

El Ayuntamiento de Barakaldo, mediante Decreto de Alcaldía número 1.077, de fecha 9 de febrero de 2010, ha aprobado la Convocatoria Pública de Ayudas Municipales destinadas a sufragar plazas en Viviendas Comunitarias y Residencias para la Tercera Edad, cuyo contenido es el siguiente:

CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A CONCEDER POR EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO DESTINADAS A SUFRAGAR PLAZAS
EN VIVIENDAS COMUNITARIAS Y RESIDENCIAS PARA LA TERCERA EDAD DURANTE EL AÑO 2010

1. Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas municipales de carácter dinerario destinadas a sufragar los gastos derivados de ingreso-estancia en plazas de Viviendas Comunitarias y Residencias para la tercera edad generados durante todo el año 2010, ya abonados o pendientes de abonar por el beneficiario.
Se pretende promover la atención y cuidado de las personas mayores no dependientes, de conformidad con la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, y el Acuerdo sobre Reparto de Servicios y Programas Sociales entre la Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Barakaldo.

2. Bases Reguladoras. «Boletín Oficial de Bikaia»
de publicación
Las Bases Reguladoras de las Ayudas Municipales destinadas a sufragar plazas en Viviendas Comunitarias y Residencias para la Tercera Edad fueron aprobadas inicialmente por acuerdo n.º 96/16/2009-2 del Ayuntamiento de Barakaldo Pleno, en sesión celebrada el día 11 de mayo de 2009, y publicado en el «Boletín Oficial de Bikaia» n.º 94 de 21 de mayo de 2009, y definitivamente por Decreto de Alcaldía n.º 05489, de fecha 30 de junio de 2009; habiéndose publicado el texto íntegro de la Ordenanza en el «Boletín Oficial de Bizkaia» n.º 124, de 2 de julio de 2009.

3. Créditos presupuestarios. Cuantía total
El importe total de la presente convocatoria asciende a 656.448,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 00600-31320-4800400, pudiéndose ampliar hasta los créditos disponibles en dicha partida, debiéndose proceder en ese caso a la publicación del nuevo importe.
Si no se agotase la partida presupuestaria en la presente Convocatoria, se podrá realizar otra segunda convocatoria durante el año 2010 para atender posibles nuevas solicitudes.

4. Cuantía máxima a conceder
La cuantía máxima por plaza para el año 2010 se establece en 1.675,00 euros.
El importe efectivo de la subvención para cada beneficiario se determinará conforme establece el articulo 3 de las Bases Reguladoras, publicadas en el «Boletín Oficial de Bikaia» de 2 de julio de 2009, que indica que la cuantía máxima a abonar de esta ayuda económica no podrá exceder de la diferencia resultante de la aportación del usuario al precio máximo establecido.
La aportación del beneficiario consiste en el 75% de sus ingresos mensuales incluidas las pagas extraordinarias y tomando como base la unidad familiar.

5. Requisitos exigidos a los solicitantes
Los recogidos en el articulo 2 de las Bases Reguladoras.

6. Plazo de solicitud
Conforme al artículo 5.4 de las Bases Reguladoras de estas Ayudas Municipales, así como al artículo 59 del Reglamento de Subvenciones, se realiza una Convocatoria abierta, por la que se acuerda de forma simultánea la realización de varios procedimientos de selección sucesivos a lo largo del ejercicio 2010.

Se realizarán, cómo máximo cinco procedimientos, uno con las solicitudes formuladas hasta el día 19 de febrero de 2010, otro con las solicitudes formuladas hasta el día 31 de marzo, otro con las solicitudes formuladas hasta el día 30 de abril, otro con las solicitudes formuladas hasta el día 31 de mayo y otro con las solicitudes formuladas hasta el día 30 de junio de 2010.
Los fondos no empleados en un periodo se acumularán al siguiente.
La concesión se establece mediante un régimen de concurrencia competitiva para cada uno de los periodos indicados.
Las solicitudes que ya hayan sido presentadas durante el año 2010, aunque no estuviera abierta la Convocatoria, se entenderán acumuladas a las del primer procedimiento, debiendo presentar toda la documentación en el plazo indicado. Si la persona solicitante hubiera fallecido le sucederán en sus derechos, si procede, sus herederos.

7. Documentación a presentar
a) Solicitud (Instancia general) firmada por el solicitante o, en su caso, del representante legal acreditado.
b) Fotocopia del D.N.I., o, en su defecto, de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad del solicitante y de cada miembro de la unidad de convivencia. (definición de unidad de convivencia en artículo 3.3 de la Ordenanza Reguladora de estas ayudas municipales).
c) Fotocopia de la Resolución de la Valoración de Dependencia en que conste la calificación de la persona mayor autónoma, o en su caso fotocopia que acredite que se ha solicitado la valoración de dependencia.
d) Certificado de pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social y/o entidad pagadora de otras pensiones e ingresos.

e) Fotocopia de la Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto sobre la Renta del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia o, en su defecto, certificación del Departamento de Hacienda de estar exento de hacerla.
f) Certificado o extracto de movimientos económicos de todas las cuentas corrientes, depósitos dinerarios, valores mobiliarios del solicitante y demás miembros de la unidad de convivencia del último año inmediatamente anterior a la solicitud y saldo actual.
g) Declaración Jurada de Ingresos y Bienes (anexo I), en la que consta además:
- Autorización al Ayuntamiento de Barakaldo para realizar todas las consultas necesarias para la obtención de datos de carácter personal al objeto de cotejar los datos aportados en el expediente y realizar las comprobaciones pertinentes.
- Autorización al Ayuntamiento de Barakaldo para que los datos de carácter personal que se integren en ficheros informatizados puedan ser utilizados con fines estadísticos en los términos previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.
Dichas autorizaciones deberán ser firmadas, asimismo, por todos los miembros de la unidad de convivencia. (Anexo IV).
h) Documento de datos a terceros. (Anexo II a sellar por la entidad bancaria) y Documento de endoso si procede, (es decir, cuando la subvención se abone directamente a la residencia: Anexo III).
i) Documentos acreditativos, en su caso, de la composición de la unidad de convivencia, certificados de estar en paro o estudiando los/as hijos/as entre 18 y 26 años, inclusive, certificados de minusvalía, etc.
La documentación será facilitada a los solicitantes en el Servicio Social de Base correspondiente o en la Sección de Tercera Edad del Área de Acción Social del Ayuntamiento de Barakaldo.

8. Criterios de otorgamiento
Los recogidos en el articulo 4 de las Bases Reguladoras.

9. El procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión, sus plazos, así como los órganos intervinientes son los recogidos en las Bases Reguladoras de las presentes Ayudas Económicas.

10. Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para adoptar la resolución y notificarla no excederá en ningún caso del de seis meses contados a partir de la publicación de la convocatoria.

11. Medios de notificación
La notificación se realizará personalmente a la persona solicitante o, en su caso, al representante legal, de acuerdo con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

12. Vías de recurso
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados, igualmente, a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.

 El Alcalde, Antonio J. Rodríguez Esquerdo


ANEXO I

DECLARACIÓN JURADA
DE INGRESOS Y BIENES
Que formula solicitud D./Dª
con D.N.I.: ,
o en su caso representado por D./Dª., con D.N.I.:
con relación a la solicitud de Subvención municipal para ingreso en vivienda comunitaria o residencia de personas mayores autónomas, y
DECLARA:
- Que los ingresos de la unidad familiar son los siguientes:
Ingresos Importe Importe
(pensión, nómina, alquiler,...) Mensual Anual
- Que el solicitante y los miembros de la unidad familiar poseen el siguiente capital o bienes muebles:
Tipo Entidad Bancaria Saldo actual
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para realizar todas las consultas necesarias para la obtención de datos de carácter personal al objeto de cotejar los datos aportados en el expediente y realizar las comprobaciones pertinentes.
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para que los datos de carácter personal que se integren en ficheros informatizados puedan ser utilizados con fines estadísticos en los términos previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.
En Barakaldo, a .. de ..... de 20..
Firma de la persona Firma del o la representante
solicitante y n.º de D.N.I. legal y n.º de D.N.I.


ANEXO II
DATOS DE TERCEROS
Personas Jurídicas o Personas Físicas
N.I.F.
Razón social

N.I.F. o N.I.E.
1. apellido
2. apellido
Nombre
Nombre comercial
Datos de la actividad o domicilio
Calle
Número ...... Piso ...... Mano
Municipio
Provincia ......... Cód. postal
Teléfono ........... Fax
Datos bancarios
Banco o Caja
Dirección sucursal
Código entidad ®®®® Código sucursal ®®®®
D.C. ®® Número de cuenta ®®®®®®®®®®
Conforme Entidad Bancaria Conforme Tercero
(Sello, firma y fecha) (Sello, firma y fecha)
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento de Barakaldo le informa de que sus datos personales, obtenidos mediante la cumplimentación de este documento, van a ser incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, ante este Ayuntamiento de Barakaldo (Herriko Plaza, 1 - 48901 Barakaldo).


ANEXO III
AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
ENDOSO
D./Dña.
D.N.I./C.I.F.
Domicilio
Población .......... C.P.
Autoriza, a que le sea ingresado el importe de la Subvención Económica en concepto de estancia en Vivienda Comunitaria o Residencia de personas autónomas en la Residencia (nombre) ............... con n.º de C.I.F....... cuyo N.º de cuenta es ..................
En Barakaldo, a .. de ....... de 20..
Firma de la persona solicitante de la subvención


ANEXO IV
AUTORIZACIÓN AL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para realizar todas las consultas necesarias para la obtención de datos de carácter personal al objeto de cotejar los datos aportados en el expediente y realizar las comprobaciones pertinentes.
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para que los datos de carácter personal que se integren en ficheros informatizados puedan ser utilizados con fines estadísticos en los términos previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.
En Barakaldo, a .. de ....... de 20..
Firma, y n.º de D.N.I. Firma , y n.º de D.N.I.