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El Ayuntamiento convoca las ayudas a contratos de 2016 a cuatro semanas del fin de año

agencia municipal Inguralde
Son las mismas subvenciones desde hace años y tienen aprobada desde verano la financiación del Gobierno Vasco El año pasado se quedaron sin entregar parte de las ayudas 
El Ayuntamiento de Barakaldo ha abierto este 24 de noviembre, a sólo cuatro semanas de fin de año, el periodo de presentación de solicitudes para las subvenciones del año 2016 para las empresas que contraten a parados barakaldeses. "Del 24 de noviembre hasta las 14.00 horas del día 16 de diciembre" se pueden presentar las peticiones en el registro de la agencia municipal de desarrollo Inguralde —Aldapa 3—, que preside el concejal de Hacienda, Danel Sola (PNV). La sociedad pública tiene tres meses a partir del 16 de diciembre —hasta marzo de 2017— para decidir a quién entrega las subvenciones de 2016. Las ayudas están destinadas a los contratos de al menos seis meses a jornada completa de barakaldeses desempleados inscritos en Lanbide. Las contrataciones se tienen que haber realizado entre el 16 de junio de 2016 y 1 de diciembre de 2016, ambas fechas incluidas.




Anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia de 24 de noviembre de 2016
Resolución de Presidencia de Inguralde, número 0310/2016, de 4 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a la contratación, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo, de Lanbide Servicio Vasco de Empleo, BOPV de 16 de junio de 2016 (BDNS (Identif.) 322644).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.-Beneficiarios/as
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas a la contratación, las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que formalicen contratos laborales con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena.

La entidad solicitante debe tener la sede social o algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, circunstancia que se acreditará mediante la presentación del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas y/o comunicación de apertura de centro de trabajo.

No podrán ser beneficiarios de las presentes subvenciones:

  • Las empresas o entidades solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Las Administraciones Públicas, sociedades públicas, y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
  • Los Centros Especiales de Empleo.
  • Cuando la solicitante sea una entidad sin personalidad jurídica, ésta habrá de estar dotada de un Número de Identificación Fiscal, presumiéndose, mientras no se demuestre lo contrario, lo establecido en el artículo 393 del Código Civil, en cuanto al importe correspondiente a los partícipes en la entidad.


Segundo.-Objeto
El objeto es regular el procedimiento de concesión de subvenciones, por parte del Ayuntamiento de Barakaldo a través de su Organismo Autónomo Inguralde, a empresas y entidades para favorecer la formalización de contratos de trabajo con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción del empleo de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo publicada en el BOPV de 16 de junio de 2016.

Las contrataciones deberán reunir las siguientes condiciones:
- En el momento de la contratación, la persona deberá estar desempleada y figurar inscrita como demandante de empleo en Lanbide-SVE y no estar dada de alta como trabajador/a en el Régimen General de la Seguridad Social, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Además, la persona a contratar debe estar empadronada en Barakaldo a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de las presentes ayudas.
- No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
- La duración mínima de los contratos será de 6 meses a jornada completa.
- Los contratos podrán ser de cualquier modalidad, a excepción del contrato para la formación y el aprendizaje y de prácticas.
- La contratación o contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.
- Podrán ser objeto de subvención las contrataciones cuya fecha de formalización esté comprendida entre el 16 de junio de 2016 y 1 de diciembre de 2016, ambas fechas incluidas.
Tercero.-Bases reguladoras
Bases reguladoras de las ayudas publicadas en el «Boletín Oficial de Bizkaia» n.o 208, de fecha 2 de noviembre de 2016.

Cuarto.-Cuantía
La cuantía total máxima prevista para la presente convocatoria es de 186.000,00 ¤ (ciento ochenta y seis mil euros), con cargo a la partida presupuestaria: 00100 24129 4710101, siendo 26 el número total de contrataciones a subvencionar.

A pesar del máximo de ayudas previsto, el número finalmente a conceder se podrá ver reducido en función del número de solicitudes recibidas por la contratación de mujeres, de modo que se cumpla, en todo caso, el ratio exigido en la convocatoria de ayudas de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio 2016, convocatoria en la que se encuentran enmarcadas las presentes ayudas. Así, al menos, el 40% de la totalidad de las personas trabajadoras cuya contratación se subvencione deberán ser mujeres.

La ayuda máxima será de 6.000 euros por contrato, sin que la cuantía final de la misma pueda superar el 75% de los costes salariales, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato, y de seguridad social de las personas contratadas. El número máximo de contrataciones a subvencionar con esta cuantía máxima será de 16.

Dicha ayuda máxima se podrá incrementar hasta un máximo de 9.000 euros si, además, las personas contratadas pertenecen a algunos de los siguientes colectivos: personas perceptoras titulares de RGI, menores de 35 años que accedan a su primer empleo y personas que hayan estado inscritas como demandantes en Lanbide-SVE durante los 18 meses anteriores a la contratación, siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo, al menos, 12 meses. La persona contratada deberá pertenecer a alguno de dichos colectivos con anterioridad a la fecha de contratación.

En este caso, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato, y de seguridad social de las personas contratadas, hasta un límite máximo de 9.000,00 euros. El número máximo de contrataciones a subvencionar con esta cuantía máxima será de 10.

Quinto.-Plazo y lugar de solicitud
Del 24 de noviembre hasta las 14:00 horas del día 16 de diciembre de 2016 en el Registro de entrada del Organismo Autónomo Municipal Inguralde, sito en Barakaldo, calle Aldapa, 3 A.
Las empresas y entidades interesadas deberán presentar Instancia de solicitud debidamente cumplimentada y que estará disponible en la página Web del Organismo Autónomo Municipal Inguralde (www.inguralde.com).

Deberá presentarse una solicitud por cada contratación, adjuntando a la misma la documentación requerida y no aceptándose más de dos solicitudes por empresa o entidad.

Sexto.-Otros datos
Criterios de otorgamiento: Los establecidos en el punto sexto de la convocatoria.
Procedimiento: Concurrencia competitiva.
Documentación a presentar: La establecida en el punto séptimo de la convocatoria.
Órgano competente para la concesión: Presidencia del Organismo Autónomo Inguralde.
Plazo de resolución: Tres meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En Barakaldo, a 4 de noviembre de 2016.-El presidente, Danel Sola Fuentes


Nota de prensa del equipo de Gobierno municicipal (PNV)
Abierto el plazo para solicitar las ayudas a la contratación de Barakaldo

  • La Agencia de Desarrollo del Ayuntamiento de Barakaldo, Inguralde, ha convocado 26 ayudas para empresas que contraten a personas desempleadas de la localidad en el marco del Plan Local de Empleo 2016-2017
  • Nada más abrirse la convocatoria Inguralde ha registrado ya una decena de solicitudes. El plazo finaliza el 16 de diciembre


Serán beneficiaras de estas ayudas las empresas o entidades de la Comunidad Autónoma Vasca que contraten a barakaldesas y barakaldeses inscritos en Lanbide (Servicio Vasco de Empleo) como demandantes de empleo. La nueva convocatoria impulsada por la Agencia de Desarrollo del Ayuntamiento de Barakaldo, Inguralde, dispone de 26 ayudas con un presupuesto de 186.000 euros, y se enmarca en la Convocatoria de Acciones Locales de Promoción de Empleo de Lanbide.

El plazo de presentación de solicitudes se ha abierto hoy y finalizará el 16 de diciembre. Las primeras empresas no se han hecho esperar. A las 9.30 horas ya se habían registrado 10 solicitudes. A principios de mes Inguralde envió información de la nueva convocatoria a 2.233 empresas. Hasta el momento, un total de 52 empresas y 15 personas desempleadas han realizado cerca de un centenar de consultas sobre las ayudas a la contratación.

El impreso de solicitud debidamente cumplimentado –puede descargarse de la página web de Inguralde– junto con la documentación requerida deben entregarse en la sede central de Inguralde. Toda la información sobre la Convocatoria de Ayudas a la Contratación puede consultarse en la página www.inguralde.com.

Las empresas que se acojan a la convocatoria recibirán una subvención máxima de 6.000 euros por contrato. Dicha cantidad se podrá incrementar hasta un máximo de 9.000 euros si las personas contratadas pertenecen a alguno de los siguientes colectivos: personas perceptoras titulares de la RGI, menores de 35 años que accedan a su primer empleo, y personas que hayan estado inscritas como demandantes en Lanbide durante los 18 meses anteriores a la contratación siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo al menos 12 meses, tal y como contemplan sus bases.

Las empresas están obligadas a contratar a barakaldesas y barakaldeses en situación de desempleo por un periodo mínimo de seis meses a jornada completa. La fecha de inicio del contrato subvencionable debe estar entre el periodo de tiempo comprendido entre el 16 de junio y el 1 de diciembre, ambos inclusive. Además, su incorporación debe suponer una creación neta de empleo respecto a la plantilla existente.

Por su parte, la persona a contratar debe acreditar que se encuentra inscrita en Lanbide como demandante de empleo, así como ser residente en Barakaldo.

Para ampliar información o aclara cualquier duda los empresarios y empresarias deben llamar al teléfono 944 789 355 o escribir un correo electrónico a la dirección empleo@inguralde.com en horario de 9.00 a 14.00 horas.