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La Diputación abre un programa de asesoría y subvención a emprendedores mayores de 45

La sede de Dema se encuentra en el barrio barakaldés de Desierto, junto al campo de fútbol de Lasesarre
La sede de Dema se encuentra en el barrio barakaldés de Desierto, junto al campo de fútbol de Lasesarre
La agencia de desarrollo empresarial de la Diputación de Bizkaia, Dema, ha abierto el plazo hasta el 2 de octubre para solicitar la inscripción en el programa de asesoría y subvención a emprendedores Taldeka Sénior Equipos de Emprendimiento, dirigido a desempleados mayores de 45 años empadronados en Bizkaia que hayan ocupado anteriormente un cargo de dirección o responsabilidad. Con formación en grupo y apoyo de un entrenador, las personas seleccionadas participarán en un plan de 16 meses de duración que arranca con seis semanas de formación en competencias intrapersonales e interpersonales; dos meses y medio de desarrollo de competencias de negocio y desarrollo del plan de empresa, y un año de "consultoría de seguimiento realizada por técnicos de Dema para el apoyo a la gestión de la empresa" durante su primer año de actividad. "Una vez finalizado el plan de negocio, y siempre y cuando el consultor asignado haya emitido un informe técnico positivo, cada persona participante que constituya su empresa percibirá una ayuda económica máxima de 5.000 euros por emprendedor participante del programa y hasta 2.000 euros adicionales por empresa" para contratar un servicio de consultoría especializada externa.

Inscripción e información: www.dema.eus / c/ Fandería 2, Barakaldo

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> 24/08/2016. El programa Lanzaderas de Empleo abre el plazo de inscripción para desempleados de la comarca



Anuncio de Dema-Enpresa Garapena
Bases reguladoras del programa Taldeka Senior-equipos de emprendimiento, impulsado por la Diputación Foral de Bizkaia (Dema-Enpresa Garapena) año 2016.

En cumplimiento de la normativa vigente se procede a la publicación de las bases reguladoras del programa Taldeka Senior-equipos de emprendimiento, impulsado por la Diputación Foral de Bizkaia (Dema-Enpresa Garapena) año 2016.

En Barakaldo, a 2 de agosto de 2016.-La directora-gerente de Dema-Enpresa Garapena, Gloria Múgica Conde.

Bases reguladoras del programa TALDEKA SENIOR-equipos de emprendimiento, impulsado por la Diputación Foral de Bizkaia . (Dema-Enpresa Garapena) año 2016.

1. Exposición de motivos, entidades involucradas y financiación.
El Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad, tiene, entre otros, el objetivo de impulsar el empleo de calidad entre los desempleados vizcaínos. El autoempleo que recibe el apoyo institucional tanto desde la vertiente financiera como desde la vertiente de la consultoría puede cumplir ese parámetro.

La actual situación de crisis económica tiene como principal y preocupante consecuencia la destrucción de puestos de trabajo y el aumento del paro, especialmente en los colectivos de mayor dificultad de incorporación al mercado laboral como es el caso de las personas mayores de 45 que han ocupado cargos de responsabilidad. En este sentido, la situación económica general y la del mercado de trabajo en particular condicionan de forma directa aquellas políticas que tienen capacidad para revertir la tendencia actual hacia una economía que cree empleo.

El contexto actual, es por tanto, clave para la intervención en materia de empleo y requiere de un conjunto de medidas que permitan ofrecer soluciones ajustadas y adecuadas a la actual situación del país; por ello las políticas de empleo se han de posicionar como una herramienta clave y básica de actuación pública, para contrarrestar los efectos causados por la crisis.

El Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia, tiene, entre otros, el objetivo de impulsar el empleo de calidad entre las personas desempleadas de Bizkaia. El apoyo del autoempleo y la puesta en marcha de acciones que lo fomenten con apoyo institucional tanto desde la vertiente financiera como desde la vertiente de la consultoría puede cumplir ese parámetro.

La Asociación de Apoyo al Desarrollo Empresarial Dema-Enpresa Garapena (en adelante Dema) es la agencia de Creación y Desarrollo Empresarial promovida por la Diputación Foral de Bizkaia, que desde 1989 trabaja desarrollando actuaciones y programas para la difusión de la cultura emprendedora, para la promoción, creación y consolidación de empresas y para la mejora de la empleabilidad de las personas de Bizkaia.

Ambas instituciones son conscientes de que la sensibilización entre la ciudadanía sobre las oportunidades que ofrece el autoempleo como una salida profesional son de gran importancia en cualquier momento, pero especialmente en coyuntura de crisis económica, y, en ese sentido, los programas de apoyo a la creación de empresas cobran un importante protagonismo.

Dema, de la mano del Departamento Foral, ha apostado por introducir una nueva metodología de fomento del autoempleo en Bizkaia, que supone una evolución e innovación respecto al programa de reactivación comarcal que ha venido desarrollando con gran éxito en los últimos años en las comarcas de Bizkaia.

Como resultado de dicho proceso de innovación, nace el programa Taldeka Senior-Equipos de Emprendimiento con el fin principal de sensibilizar a las personas desempleadas participantes, motivarlas, inducirlas hacia el emprendimiento, para lo que recibirán formación y acompañamiento, favoreciendo la generación de ideas de negocio. Para lograr este objetivo se aplicará una metodología de trabajo basada en la cooperación y colaboración entre las personas participantes, generación de sinergias entre ellas que les lleve a crear equipos, y el desarrollo de ideas de negocio en común que finalmente cristalicen en nuevas empresas en las que crear sus propios empleos y los de terceras personas. Para guiarles, existirá la figura del coordinador/a, que mediante técnicas de coaching grupal desarrollará las labores de dinamizador del equipo.

Dema-Enpresa Garapena gestionará el programa descrito, para lo que cuenta con subvención económica por parte del Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia en concepto de ayuda para la puesta en marcha durante 2016 del programa Taldeka Senior-Equipos de Emprendimiento en colaboración con las diferentes comarcas de Bizkaia.

Al objeto de impulsar la colaboración interinstitucional Dema buscará la colaboración a futuro en el programa de otras entidades públicas o privadas interesadas en participar.

2. Objeto de las bases.
Con base en lo expuesto, se han aprobado para el año 2016 las bases reguladoras del programa Taldeka Senior Equipos de Emprendimiento, y a tal efecto se publica el presente documento que establece las bases generales que regirán la puesta en marcha, acceso, ayudas y funcionamiento general del programa Taldeka Senior-Equipos de Emprendimiento para el año 2016.

El programa sacará convocatorias para toda Bizkaia sin necesidad de circunscribirse a una zona geográfica concreta del territorio histótico.

3. Requisitos generales de las personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias del programa las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Acreditar desempleo o encontrándose empleadas que figuren inscritas en Lanbide en procesos de mejora de empleo con contratos que no excedan la media jornada y les permitan su participación en el programa.
- Haber ocupado un cargo de dirección o responsabilidad anteriormente.
- Tener 45 años o más cumplidos en el momento de la solicitud. Excepcionalmente se podrán incorporar algunos perfiles técnicos de personas menores de 35 años que no hayan desempeñado cargos de responsabilidad pero que su perfil pueda ser un buen complemento para el conjunto del equipo según criterio técnico de Dema (el número de personas jóvenes con este perfil no podrá superar el 25% del total de las plazas).
- Estar empadronado en Bizkaia.
- Con perfil emprendedor, valorado a criterio de Dema mediante las pruebas de selección establecidas (test y entrevista).
- En el caso de personas inmigrantes deberán estar en posesión del permiso de trabajo por cuenta propia.
- No haber participado previamente en otra convocatoria de los programas Taldeka Equipos de Emprendimiento o Reactivación Comarcal impulsados por la Diputación Foral de Bizkaia.
- No estar en proceso de asesoramiento para la creación de empresas en Dema.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- No haber sido excluida del acceso a subvenciones públicas por la comisión de infracciones.

4. Procedimiento de captación, acceso y selección
a) Captación.
La captación se realizará mediante la difusión del programa mediante publicidad y cualesquiera otros medios.

A tal fin, además, se contará con la colaboración de los centros Behargintza y oficinas de Lanbide de los diferentes municipios de Bizkaia, por su papel relevante en el ámbito de la gestión del mercado de trabajo y emprendimiento en el Territorio Histórico de Bizkaia.

b) Acceso.
El procedimiento de acceso a este programa se realizará en régimen de concurrencia competitiva. Atendiendo al perfil y roles funcionales de los candidatos, se buscará la formación de un equipo heterogéneo adecuado para el buen fin de dicha actuación. Si se considerará necesario se dejarán hasta un 25% de las plazas libres para incorporar perfiles concretos de jóvenes desempleados que favorezcan el buen desarrollo del programa.

c) Solicitud y Selección.
Las personas solicitantes deberán cumplir todos y cada uno de los requisitos generales de acceso al programa. Únicamente podrá tomarse como excepción el criterio de la edad, incorporando hasta un 25% como máximo de las plazas a perfiles de jóvenes técnicos que puedan complementar al equipo Taldeka Senior.

Presentación de solicitudes.
Los/as interesados/as deberán cumplimentar un formulario de solicitud disponible en la página web de Dema (www.dema.eus). Asimismo, podrán realizar dicha inscripción en las oficinas de Dema sita en c/ Fanderia 2, 48901 Barakaldo.

Plazo de solicitud.
El plazo de solicitud se establece hasta el 2 de octubre de 2016 desde la publicación de las presentes bases.

Admisión y Selección.
Una vez concluido el plazo de solicitud se llevará a cabo una jornada con todos los candidatos al programa con el objetivo de:
- Informar sobre el programa y trasladar su filosofía de cooperación frente a otros programas de emprendizaje.
- Recabar la documentación perceptiva.
- Cumplimentar el test de personalidad emprendedora.
Posteriormente, Dema convocará a cada solicitante que haya superado la puntuación de test para la celebración de una entrevista grupal.

Se valorará espíritu emprendedor de los candidatos, así como competencias de trabajo en equipo.
Una vez aplicados estos criterios, quedarán seleccionadas 20 personas por actuación, aquellas que hayan obtenido mayor puntuación en el proceso de selección.

Comunicación de la concesión.
A la vista del informe de valoración las solicitudes serán resueltas mediante decisión adoptada por el Comité de Evaluación de Dema. La decisión será notificada a las personas seleccionadas, mediante resolución emitida por la Dirección de Dema.

El plazo máximo para resolver será de 1 mes a contar desde la fecha final fijada como plazo de solicitud, transcurrido el cual se entenderán desestimadas aquellas solicitudes que no hayan sido notificadas y comunicadas.

Documentación justificativa de acceso al programa.
Una vez realizada la comunicación de admisión en el programa a las personas seleccionadas, estas deberán entregar, siempre que no lo hubieran hecho previamente, toda la documentación justificativa de cumplimiento de las condiciones y requisitos que serán uno de los determinantes de acceso.
- Certificado de Lanbide de estar en situación de desempleo a la fecha de solicitud.
- Certificado de vida laboral emitido por la Seguridad Social (a fecha posterior a la comunicación de concesión).
- Certificado de empadronamiento en alguno de los municipios referenciados en estas Bases.
- Fotocopia del DNI.
- Hoja acreedor con datos bancarios.
- Currículum Vitae.
- En el caso de personas inmigrantes fotocopia del permiso de trabajo por cuenta propia.
5. Beneficios.
Una vez seleccionadas las personas desempleadas participantes, serán beneficiarias de los siguientes servicios de apoyo y ayudas económicas, que se articulan en las fases de actuaciones que se describen a continuación:
Fase I.-Desarrollo de competencias intrapersonales e interpersonales .
Duración: 1,5 meses aproximadamente.
Metodología de trabajo: sesiones grupales, dinámicas de grupo y trabajo en equipo, con metodologías prácticas que favorecen el desarrollo de las habilidades necesarias para el trabajo colectivo y de cooperación.
Posibilidad de contar con sesiones personalizadas con el coach si se entendiera necesario.
Las sesiones se realizarán en las instalaciones de Dema en Barakaldo.
Las sesiones se celebrarán en jornadas de 4 horas por sesión cuatro días a la semana, sin perjuicio de otras actividades voluntarias que puedan surgir fuera de este horario indicado. 
Fase II.-Desarrollo de competencias de negocio y desarrollo del plan de empresa.
Duración aproximada: 2,5 meses.
Metodología de trabajo: Sesiones grupales e individuales de las personas promotoras del proyecto empresarial con un/a consultor/a de Dema, para recibir formación y asesoramiento y seguimiento en el desarrollo del plan de negocio. Se llevará a cabo un trabajo cooperativo por parte de los participantes para el análisis detallado de la viabilidad técnica, económica y financiera de la idea de negocio. 
Fase III.-Creación de empresas y seguimiento.
Duración: 12 meses desde el alta en IAE.
Metodología de trabajo: consultoría de seguimiento realizada por técnicos de Dema para el apoyo a la gestión de la empresa durante su primer año de actividad.
Atendiendo a la filosofía cooperativa del programa, durante este periodo se llevarán a cabo diferentes encuentros con las emprendedores y empresas nacidas en cada actuación comarcal, así como con las de otras actuaciones en otras comarcas, con el fin de compartir experiencias, redes de contactos, poner en conocimiento del resto de participantes problemáticas surgidas durante el periodo de puesta en marcha, trasladar conocimientos en ámbitos comerciales, técnicas de venta . En definitiva compartir experiencias, conocimiento y fomentar la colaboración entre los participantes.

6. Ayuda económica.
Subvención a empresa constituida (alta en Actividades Económicas).
Ayuda económica de 5.000 euros no reintegrable para cada persona desempleada participante que cree su puesto de trabajo bajo la figura de autoempleo, siendo válida la constitución de empresa bajo cualquier forma jurídica admitida en el tráfico mercantil, bien como empresa individual, bien como socio/a de un proyecto empresarial en el que participen varias personas independientemente del régimen de la seguridad social en el que recaiga. Se concederán hasta 2.000 euros adicionales por empresa destinados a la contratación de un servicio de consultoría especializada externa llevada a cabo con alguna de las empresas homologadas por Dema, y siempre como resultado del diagnóstico previo de su necesidad por parte de Dema, no pudiéndose destinar a otros conceptos y siendo de obligado cumplimiento por parte de la empresa.

Una vez finalizado el plan de negocio, y siempre y cuando el consultor/a asignado/a haya emitido un informe técnico positivo, cada persona participante que constituya su empresa percibirá una ayuda económica máxima de 5.000 euros por emprendedor participante del programa y hasta 2.000 euros adicionales por empresa en las condiciones recogidas en el párrafo anterior. Los gastos subvencionables corresponderán al periodo de 12 meses desde el alta en IAE, pudiendo admitirse también, en su caso, los gastos comprendidos en el período desde la solicitud de alta previa de actividad en la Hacienda Foral de Bizkaia y el alta en IAE.

Es condición indispensable acreditar desempleo en el momento anterior al alta en IAE.
La fecha de alta en IAE y alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente se realizará antes del 30 de junio de 2017.

Conceptos subvencionables.
A efectos de justificación, tendrán la consideración de conceptos subvencionables los siguientes (generados durante un período máximo de un año a partir de alta en IAE de la empresa, y en su caso, los generados en el periodo previo a partir de la solicitud de alta previa de actividad en la Hacienda Foral):
- Cotizaciones a la Seguridad Social: régimen especial de autónomos, o mutualidad correspondiente así como contingencias comunes en el régimen general.
- Arrendamiento de local donde se ubique el negocio.
- Primas de seguros del local.
- Servicios de gestoría y asesoría fiscal, laboral y contable.
- Publicidad y promoción.
- Registro de patentes y marcas.
Pago de la ayuda.
El pago de la ayuda estará condicionado a que tras la finalización del plan de negocio en los plazos establecidos, y el cumplimiento de lo descrito en el apartado 7 de estas bases, la persona emprendedora presente en Dema la siguiente documentación:
- Alta fiscal en actividades económicas.
- Alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- Certificado de Lanbide de la situación de desempleo inmediatamente anterior al alta e informe de vida laboral expedido por la SS (en el caso de incongruencia entre los dos informes se atenderá al de vida laboral).
- Certificado de hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Ficha de acreedor.
El pago de esta ayuda se realizará en una cuenta corriente cuyo titular sea el titular de la actividad empresarial abierta especialmente para tal fin. Dicho pago se llevará a cabo de forma mensual y previa presentación de las facturas o documento legalmente válido justificante del gasto, así como documento probatorio de su efectivo pago, y siempre y cuando se mantenga el alta de la actividad aprobada.

En el caso de que no se presente toda la documentación solicitada en los plazos estipulados en las presentes Bases, o la persona solicitante tenga una situación deudora con respecto a las entidades que figuran en este apartado sexto, Dema podrá requerir su subsanación, concediéndole/a un plazo máximo de 10 días naturales para la misma; la no regularización de esta situación podrá dar lugar al archivo de la solicitud, teniéndola por desistida de su petición, archivándose sin más trámites el expediente, no estando obligada Dema a dictar resolución expresa sobre esta solicitud.

7. Obligaciones, incumplimiento y reintegro de ayudas.
Obligaciones de asistencia y aprovechamiento.
Durante el periodo de ejecución de la Fase I y Fase II la persona participante tiene la obligación de acudir diariamente, a través de sus medios, al lugar de ejecución, en los horarios establecidos con la debida puntualidad. Se exige a las personas participantes una asistencia mínima del 90% del total de horas programadas. El incumplimiento de este requisito, sea o no justificado, podrá dar lugar a la pérdida de la ayuda económica establecida para la puesta en marcha.

Durante el periodo de ejecución de la Fase II cada persona o grupo promotor de una idea de negocio, se compromete a acudir a las sesiones adicionales de consultoría programadas por Dema que se consideren necesarias para el buen desarrollo del plan de negocio, teniendo en cuenta que este deberá estar finalizado en el plazo marcado.

Pago de la ayuda.
La persona o grupo promotor de una idea que no siga el ritmo de reuniones establecido y que no entregue el plan de negocio finalizado en el plazo fijado, perderá el derecho a continuar en el programa y no percibirá la ayuda económica establecida. Será el/la consultor/a quién evaluará cada caso, tanto el cumplimiento de reuniones y fechas, como el cumplimiento de los requisitos mínimos que debe reunir un plan de negocio para resultar aceptable.

De forma excepcional, Dema, podrá prorrogar la fecha tope de entrega del plan de negocio para casos que tengan motivación justificada, a criterio del personal técnico.

Obligaciones de alta en actividad económica.
Una vez finalizado el Plan de Negocio la fecha límite para darse de alta en la actividad y en el régimen de la SS que corresponda, será el indicado en el punto 6 de estas bases. El incumplimiento de las fechas expuestas dará lugar a perder el derecho a la subvención económica establecida para la fase III.

De forma excepcional, Dema podrá valorar y exceptuar de este incumplimiento casos de altas de empresa extemporáneos, que tengan una motivación justificada, a criterio del personal técnico de Dema.

El alta en el IAE deberá ser acorde con la actividad descrita y analizada en el Plan de Negocio realizado.

Obligaciones de justificación del destino de la ayuda.
Previo al cobro de la ayuda la empresa deberá presentar documentación justificante de los gastos a los que se destinará la ayuda económica de acuerdo a los conceptos subvencionables tal y como quedan redactados en el punto 6 de estas bases.

Otras obligaciones.
- Facilitar a Dema la información que le sea requerida en el ejercicio de las funciones de fiscalización con respecto de las subvenciones recibidas con cargo a esta ayuda.
- Notificar a Dema la obtención de otras ayudas a las que la empresa haya podido tener acceso por los mismos conceptos que los reflejados en estas Bases. Sin perjuicio de la compatibilidad de las ayudas obtenidas, únicamente serán objeto de abono los gastos no sufragados en cualquiera de las otras subvenciones que la empresa haya obtenido.
- Informar puntualmente sobre cualquier alteración de las condiciones convenidas con Dema.
- Además, Dema podrá realizar cuantas inspecciones estime oportunas relacionadas con el proyecto subvencionado.
Incompatibilidades.
Quedan excluidas de las ayudas económicas contempladas en el presente programa aquellas personas que en su propio nombre o en calidad de socia trabajadora de una empresa con o sin personalidad jurídica, hubieran resultado adjudicatarias de subvención con cargo a los decretos forales que regulen las ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas o hayan participado previamente en otra convocatoria de los programas Taldeka Equipos de Emprendimiento o Reactivación Comarcal impulsados por la Diputación Foral de Bizkaia, tal y como se recoge en el punto 3 de estas bases «Requisitos generales de las personas beneficiarias».

Asimismo, esta ayuda será incompatible con el resto de ayudas de la Diputación Foral de Bizkaia posteriores que tengan como objeto el mismo fin.

8. Confidencialidad de la información de los/as beneficiarios/as.
Dema asume el compromiso de que la información sobre los/as beneficiarios/as integrados/as en cualquiera de sus programas de actuación que sea conocida por el personal que intervenga en el mismo no será utilizada para ningún fin diferente al del propio ámbito del programa. Por ello, cuando sea necesaria la participación de asesores o consultores externos en el desarrollo de los programas, Dema recabará de aquellos un compromiso de confidencialidad en el tratamiento de la información a la que tengan acceso.

9. Vigencia y desarrollo del plan de ayudas.
Las presentes bases del Programa Taldeka Senior Equipos de Emprendimiento serán de aplicación a las solicitudes que se presenten durante el plazo establecido para esta convocatoria.

10. Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos de carácter personal que sean recabados a través del formulario de solicitud y documentación adicional recabada, serán incluidos en los siguientes ficheros, comunicados a la Agencia Estatal de Protección de Datos de Carácter Personal:
Un fichero automatizado de datos de carácter personal denominado «Formación Externa» mantenido bajo la responsabilidad de Dema - Enpresa Garapena. Se les dará un uso adecuado a la finalidad para la que son recabados, la cual es gestionar la formación impartida por Dema e informarle de futuras actuaciones formativas.

El firmante consiente que dichos datos sean comunicados al fichero «Acciones de Empleo y Formación» responsabilidad de la Diputación Foral de Bizkaia y cuya finalidad es la Gestión y Control de las acciones de infraestructura y formación. Igualmente consiente en que dichos datos puedan ser comunicados al Ayuntamiento donde reside y a la entidad Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, perteneciente al Dpto. de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.

Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito a Dema, calle Fanderia número 2, 48901 Barakaldo(Bizkaia).

La persona participante autoriza expresamente a Dema-Enpresa Garapena y al Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia, para que soliciten, en su caso, al organismo correspondiente de Hacienda Foral, Seguridad Social, Servicios Públicos de Empleo y al Ayuntamiento de residencia aquella información que conste en las citadas instituciones y que resulte necesaria para comprobar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de las ayudas del presente programa.

11. Publicidad de las subvenciones concedidas.
En cumplimiento de la normativa vigente en materia de subvenciones, se procederá a la publicación de las subvenciones concedidas y sus beneficiarios en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

12. Normativa aplicable.
Las ayudas económicas se regularán por lo dispuesto en las presentes bases y en la Norma Foral 5/2005 de 31 de mayo en la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Diputación Foral.