'Creemos en Barakaldo' es el lema de la campaña lanzada en el mes de junio por el Banco Sabadell Guipuzcoano con el objetivo declarado de "dinamizar la compra en los comercios" de la anteiglesia. La iniciativa incluye el sorteo de una tarjeta regalo por un valor de 3.000 euros entre quienes realicen compras en los establecimientos adheridos a la campaña entre el 1 y el 30 de junio. "Si nos unimos y compramos en las tiendas de Barakaldo, nuestro comercio será más fuerte y competitivo. Y así nuestra ciudad será más próspera", sostiene la promoción de la entidad bancaria, que además reparte como regalo 8.000 bolsas de edición limitada ilustrada por el reconocido dibujante catalán Mariscal, padre de Cobi, la mascota de los juegos olímpicos de Barcelona 1992. La entidad financiera, que busca "ser la entidad de referencia para el sector del comercio", ha impulsado esta campaña en 39 ciudades.
Creemos en Barakaldo.
Si todos creemos en nuestra ciudad, crecerá día a día y no parará.
Si nos unimos y compramos en las tiendas de Barakaldo, nuestro comercio será más fuerte y competitivo. Y así nuestra ciudad será más próspera.
Si creemos en su comercio, nuestra ciudad crecerá. Y tú, además, podrás ganar 3.000 euros.
Entre el 1 y el 30 de junio, por cada compra que realices en las tiendas unidas por Barakaldo, participarás en el sorteo de 3.000 para gastar en los comercios de tu ciudad.
Consulta las bases de la promoción.
Además, acércate a una oficina SabadellGuipuzcoano de Barakaldo y llévate de regalo una bolsa de edición limitada ilustrada por Mariscal.* *Promoción válida hasta fin de existencias: 8.000 unidades.
Creemos en Barakaldo.
¿Y tú?
1. Objeto
Banco de Sabadell, S.A. (a partir de ahora, el banco) organiza un sorteo de una tarjeta regalo por un valor total de 3.000 euros para dinamizar la compra en los comercios de Barakaldo.
2. Participantes
Podrán participar en el sorteo todas aquellas personas físicas, mayores de edad, sean o no clientes del banco, que realicen una compra en alguno de los comercios adheridos a esta campaña en Barakaldo, hayan entregado la boleta debidamente cumplimentada al comercio y que no se encuentren en situación de morosidad con el banco durante toda la campaña. Los propietarios, familiares de propietarios y/o empleados de un establecimiento adherido a esta campaña no podrán participar con boletas de dicho establecimiento. Solo podrán participar con las boletas que les sean entregadas por compras que realicen en los otros establecimientos adheridos a la campaña. Cada compra dará derecho a participar con una boleta.
3. Comercios adheridos a la campaña
Los comercios adheridos dispondrán de material promocional a disposición de los clientes en sus instalaciones que los identificará como tales, consistente en: adhesivo cristal, talonarios de boletas de participación, urna para depositarlas y folleto explicativo.
4. Calendario
Esta acción se realizará según el siguiente calendario:
· Del 01.06.2015 al 30.06.2015 (ambos inclusive) se podrán depositar boletas para participar en el sorteo en los comercios adheridos a la campaña.
· El sorteo de la boleta ganadora se realizará ante notario el 15 de julio de 2015 entre todas las boletas recogidas en dichos comercios que cumplan los requisitos establecidos en estas bases.
· El derecho a reclamar el premio y/o efectuar cualquier reclamación relativa al sorteo caducará en el plazo de 30 días naturales a contar desde la finalización del sorteo.
· La recogida de la urna en los comercios adheridos se realizará del 1 al 10 de julio a cargo de una empresa de transportes. Si llegado el día 11 de julio no se hubiera retirado la urna del comercio, el
propio comercio deberá entregar la urna en cualquier oficina de SabadellGuipuzcoano de Barakaldo antes del 14 de julio con el fin de garantizar la participación de la urna en el sorteo. El banco no podrá garantizar la participación en el sorteo de aquellas urnas que no hayan sido entregadas en sus oficinas antes del 14 de julio de 2015.
5. Boleta ganadora y suplentes
Al objeto de prever posibles fraudes, renuncias o incumplimientos por parte del ganador o en caso de no poder ser localizado, se extraerán un total de 4 boletas. El ganador será el titular de la primera boleta extraída y en el caso de que, por cualquier circunstancia, no se haya podido contactar con él en los 5 días posteriores al sorteo o este no aceptara el premio, o renunciase a él, el banco procederá a asignarlo al titular de la boleta extraída en segundo lugar, y así sucesivamente. En caso de que este y los demás titulares de las 4 boletas extraídas por orden sucesivo y excluyente no aceptasen o renunciasen al premio, este se declarará desierto.
6. Premio
El premio consiste en una tarjeta prepago por valor de 3.000 euros a consumir en un solo día en al menos 3 comercios de los adheridos a esta campaña, siendo uno de ellos aquel en el que se hubiera depositado la boleta premiada. El ganador tiene derecho a renunciar al premio obtenido, pero no podrá, en ningún caso, transferirlo a terceros ni cambiarlo por otro diferente.
7. Modificación de las bases
El banco se reserva el derecho de determinar y modificar a su conveniencia las fechas del sorteo –tanto de participación como de anuncio del ganador–, de cancelarlo y de excluir a aquella persona que crea que no reúne los requisitos exigidos o que haya actuado de mala fe. Así mismo, el banco se reserva el derecho de modificar estas bases o el premio por otro de valor equivalente.
8. Comunicación del premio
El banco comunicará al ganador, por teléfono o por cualquier otro medio a través de los datos de contacto facilitados en la boleta, el premio obtenido, así como las circunstancias relativas a su disfrute.
9. Circunstancias del ganador
El ganador deberá acreditar su identificación con los documentos que el banco considere pertinentes para la aceptación del premio. El ganador no deberá encontrarse en situación de morosidad con el banco, tanto desde el inicio de la campaña como durante la realización del sorteo y hasta la entrega del premio.
10. Fiscalidad
De conformidad con la normativa del impuesto sobre la renta de las personas físicas, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones alternativas vinculadas o no a la venta, oferta o promoción de bienes, productos y servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta, siempre que la base de retención del premio sea superior a 300 euros. El banco ingresará en la Hacienda Pública la cantidad retenida en nombre de los ganadores, obligándose, asimismo, al cumplimiento de las obligaciones de información a la Agencia Tributaria y a los ganadores derivadas de la concesión del premio. Dicha retención o ingreso a cuenta correrá a cargo del banco, y, por lo tanto, constituirá más valor del premio. Asimismo, el premio obtenido en la presente promoción quedará sujeto a las pertinentes obligaciones fiscales en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas de los ganadores.
11. Régimen de protección de datos
De acuerdo con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales facilitados por los participantes, necesarios para el desarrollo y el control de la campaña y las acciones que se deriven de la misma, se incorporarán a este efecto en los ficheros responsabilidad del banco. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición en relación con los datos personales incluidos en los mencionados ficheros, se podrán dirigir por escrito a la unidad Derechos LOPD del responsable de los mismos. que es Banco de Sabadell, S.A., a través de su domicilio social, en plaza Sant Roc, 20, 08201 Sabadell, o a través de cualquiera de las oficinas abiertas al público. El participante garantiza la veracidad de los datos que facilite y se compromete a comunicar puntualmente cualquier variación de estas.
12. Autorización
La participación en la campaña implica la autorización expresa de los participantes a favor del banco y/o cualquiera de las sociedades del grupo Banco Sabadell, filiales y/o participadas, para utilizar su nombre y apellidos, imagen y demás datos personales para cualquier publicidad o comunicación relacionada con la
campaña y/o sorteo, sin ninguna contraprestación, y a publicar dichos datos en cualquiera de los medios que el banco considere oportuno (incluidos medios de comunicación electrónica).
13. Ley y jurisdicción
Las bases de este sorteo se rigen por las leyes del Estado español. El banco y los participantes en el sorteo se someten al fuero de los juzgados y tribunales españoles, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, para cualquier controversia.
14. Protocolización
Las bases de este sorteo están depositadas y protocolizadas ante el notario del Ilustre Colegio de Cataluña Javier Micó Giner, con despacho en la calle Narcís Giralt, 57 de Sabadell, así como en el Archivo Electrónico de Bases de Sorteos (ABACO), servicio de interés general ofrecido por el Colegio General del Notariado y publicado en www.notariado.org/ABACO, y estarán a disposición de cualquier persona que las quiera consultar.
15. Aceptación de las presentes bases
La participación en el sorteo implica la aceptación de estas bases y del criterio del banco para la resolución de cualquier cuestión. Es condición imprescindible para poder participar en el sorteo aceptar las presentes bases que, junto a la relación de comercios que participan en la acción, estarán disponibles en todas las oficinas de Banco de Sabadell, S.A. del municipio de Barakaldo.
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