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Establecidos los plazos para pagar el IBI, el impuesto de vehículos y el canon de 14 aparcamientos

El Ayuntamiento ha aprobado, mediante un decreto de Alcaldía, los padrones de los contribuyentes de la contribución urbana (Impuesto de Bienes Inmuebles IBI), del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, las tasas de pasos de aceras y el canon anual de 14 aparcamientos municipales. Todo ello se puede consultar en el Departamento de Gestión Tributaria situado en la primera planta del ayuntamiento durante 15 días. También se ha establecido el periodo para el pago voluntario. Así, el IBI se abonará desde el 10 de septiembre hasta el 15 de octubre y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica hasta el 13 de mayo. Por su parte, las tasas de pasos de aceras y el canon de los aparcamientos desde el 2 de abril al 11 de mayo.

Ayuntamiento de Barakaldo
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barakaldo, ha dictado Decreto aprobatorio de los Padrones correspondientes al ejercicio 2012, de los contribuyentes afectados por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica, Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y Tasa por Entrada de Vehículos a través de las aceras y Reserva de la vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, así como de la matrícula o relación comprensiva de la titularidad y cuotas del canon a satisfacer por los Parkings «Los Hermanos», «Landaburu-Enparantza», «Cirilo Sagastagoitia», «Herriko Plaza», «Rontegi», «La Economia», «Goya», «La Bolera», «La Paz», «Maestria-Hogar Propio», «Mukusuluba», «La Rioja», «Lasesarre», y «Los Juzgados».

Los Padrones y Matrículas mencionados estarán expuestos al público en la 1.a planta de la Casa Consistorial, Departamento de Gestión Tributaria, Herriko Plaza, s/n, por plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia», para examen y reclamación por parte de los legítimamente interesados.

En cumplimiento del artículo 100.3 de la Norma Foral 2/2005 de 10 de marzo, General Tributaria del T.H.B., el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los tributos y cánones referenciados son de cobro periódico y como tales se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine la exposición al público de los padrones o matrículas.

Al amparo de lo previsto en el artículo 13.2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones o matrículas podrá formularse ante el Alcalde-Presidente recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública como trámite previo a la vía jurisdiccional contencioso administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local.

Si transcurrieran tres meses, desde la interposición del recurso de reposición sin que se notificare su resolución, se entenderá desestimado éste y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Bilbao, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo de tres meses desde la interposición del recurso de reposición, de conformidad a lo dispuesto en el artº 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

COBRANZA
1. Pago voluntario sin recargo
A) Plazos:
a) Para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica desde el 10 de septiembre hasta el 15 de octubre del año en curso.
b) Para el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica hasta el 13 de mayo del año en curso.
c) Para las Tasas de Pasos de Aceras y el Canon anual de Parkings desde el 2 de abril al 11 de mayo, ambos inclusive.
B) Lugar y forma de pago.
a) Recibos domiciliados: Serán cargados en la cuenta facilitada por el contribuyente.
b) Recibos no domiciliados: En cualquier Oficina de las siguientes entidades: B.B.K., Caja Laboral, La Caixa, Ipar Kutxa y Banco Santander, previa presentación del impreso remitido a domicilio (En caso de extravío o no recepción del impreso le será facilitado uno nuevo en el Ayuntamiento: SAC o Tesorería Municipal).
2. Pago ejecutivo con recargo
Transcurrido el plazo indicado para el pago voluntario, se procederá directamente al cobro por la vía de apremio, con el recargo correspondiente más intereses de demora, gastos y costas, exclusivamente en las Oficinas de Recaudación Ejecutiva.
El Alcalde, Antonio J. Rodríguez Esquerdo