La Diputación eximirá del pago de algunos impuestos a los afectados por las inundaciones
-3.6.08
La Diputación Foral de Bizkaia destinará 30 millones de euros para subvencionar hasta un 90% las inversiones que tengan que realizar los Ayuntamientos para reparar las infraestructuras dañadas por las inundaciones del domingo y aplicará una reducción o exención de impuestos a las personas afectadas.
La Diputación dispondrá, una vez se identifiquen los equipamientos e infraestructuras dañadas, de un decreto extraordinario que subvencionará hasta un 90% las nuevas inversiones de carácter municipal, teniendo como base una aportación especial al programa de imprevistos de la Dirección de Relaciones Municipales de 30 millones de euros que podría ampliarse.
Además aplicará una exención de las cuotas correspondientes al ejercicio 2008 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana a viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, garajes, locales de trabajo y similares dañados como consecuencia directa de los temporales de lluvia.
También habrá una exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica correspondientes al ejercicio 2008 que afecten a explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales situadas en determinados municipios en las que se produjeron destrozos en cosechas, ganado o bienes.
La entidad foral aplicará una exención en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2008 a las actividades industriales, mercantiles y profesionales cuyos locales de negocios o bienes afectos a esa actividad resultaron dañados como consecuencia directa de las inundaciones.
Los beneficios anteriores, comprenderán también los recargos legalmente autorizados sobre los mismos. La disminución de ingresos en tributos locales que produzcan estas exenciones en los Ayuntamientos será compensada por la Diputación Foral de Bizkaia con cargo a los Presupuestos Generales de este Territorio Histórico.
Además, aplicará una minoración en los impuestos de matriculación en los vehículos que se adquieran para sustituir a otros que hubieran padecido un siniestro total por las inundaciones.
El Departamento de Administración Pública y Relaciones Municipales establecerá por Orden Foral y siguiendo los mapas de afección de las inundaciones, los municipios vizcainos que tendrán derecho a estas medidas excepcionales.
La aprobación por parte del Consejo de Gobierno de la Diputación de los decretos de ayuda correspondientes se llevará a cabo una vez establecida la evaluación de daños a cargo de los respectivos ayuntamientos y en coordinación con otras medidas que puedan ser adoptadas por otras instituciones.