Balonmano. El Zuazo llama dramáticamente a la afición a acudir gratis al partido contra el Granollers: se juega el futuro

Barakaldo, 28 mar 2025 . El  Club Balonmano Zuazo , último de la División de Honor Femenina-Liga Guerreras, ha hecho un dramático llemamiento a la afición y "al balonmano vizcaíno" a acudir este sábado 29 de marzo al pabellón de La Casilla, en Bilbao, para apoyar a las jugadoras en el choque contra el Granollers. "Se juega el futuro", advierte la entidad, que quiere hacer valer el "factor cancha". Sólo quedan 12 puntos en juegos y el Zuazo admite que "no queda otra que ganar" especialmente en los encuentros como local.  La entrada es gratuita .

Abierto hasta el 8 de abril el plazo para solicitar formar parte de la bolsa de trabajo del 'euskaltegi'

Barakaldo, 25 mar 2025. Hasta el 8 de abril permanece abierto por el Ayuntamiento de Barakaldo el periodo para que las personas interesadas presenten su solicitud para formar parte de la bolsa de trabajo de profesores del centro municipal de enseñanza de euskera —'euskaltegi'—. Los seleccionados con base en sus méritos cubrirán bajas temporales. Entre los requisitos se exige tener un grado o diplomatura y acreditar un perfil lingüístico 4 o 3.

Anuncio del Ayuntamiento de Barakaldo (25/03/2025)
Bases reguladoras del concurso para la creación de una bolsa de trabajo de docentes de euskara para el Organismo Autónomo Barakaldoko Euskara Udal Erakundea (euskaltegi Municipal de Barakaldo). 

Primera.—Objeto de la convocatoria 
Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo de docentes de euskara en el Organismo Autónomo Barakaldoko Euskara Udal Erakundeko (Udal euskaltegia). Esta bolsa de trabajo se utilizará para la contratación del profesorado que imparta los cursos en el euskaltegi, así como para otras tareas que puedan surgir dentro de las funciones del profesorado. 

El personal admitido en el mismo prestará sus servicios en los puestos de trabajo que se creen por demanda o como sustituto del profesorado titular cuando éste se encuentre de baja temporal o cuando falte al trabajo por otra circunstancia. En todo caso, las funciones a desempeñar por el trabajador durante la contratación son las siguientes: 

  • —  Elaborar el contenido de cada clase, adaptando el material a las necesidades y niveles del alumnado. 
  • —  Dar clase a los alumnos. 
  • —  Realización de sustituciones. 
  • —  Participación en actividades extraescolares. 
  • —  Realizar el seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado, controlando la asistencia y dando respuesta a las necesidades del alumnado. 
  • —  Realizar la evaluación del alumnado teniendo en cuenta los objetivos establecidos. 
  • —  Unificar criterios de evaluación y preparación de los exámenes. 
  • —  Archivar los resultados de los exámenes e implementarlos en la plataforma de HABE Q87. 
  • —  Colaborar en la elaboración de los documentos referidos a la actividad docente (plan anual, unidades didácticas, memoria de evaluación, calendarios escolares, horario del alumnado, etc.) 
  • —  Colaborar en la preparación y organización de actividades complementarias, tanto escolares como extraescolares. 
  • —  Realizar tutorías periódicas con el alumnado. 
  • —  Realizar cualquier otra función análoga que le sea encomendada por sus superiores jerárquicos. 

El proceso de selección será mediante concurso y estará en vigor hasta que se realice otra convocatoria, oposición o concurso-oposición. 


Segunda.—Requisitos de los/las aspirantes 

Para ser admitidos/as y tomar parte en el concurso, serán requisitos necesarios: 

a)  Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de un Estado en el que se aplique la libre circulación de trabajadores/as en aplicación de los tratados internacionales celebrados por la unión Europea y ratificada por el Estado español. También podrá participar el/la cónyuge de los/las nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado/a de derecho, así como sus descendientes y los/las de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean éstos/as descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas. 

b)  Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad y no haber cumplido la edad que, con carácter obligatorio, determine la jubilación. 

c)  No padecer enfermedad o defecto físico ni psíquico que impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto.

d)  No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.. 

e)  Hallarse en posesión de un Grado o Diplomatura Universitaria. 

f)  Hallarse en posesión del Perfil lingüístico 4 o perfil lingüístico 3 (o equivalentes). De acuerdo con lo recogido en la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo, todos los puestos de trabajo docentes tienen asignado el perfil lingüístico 4. No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 187 apartado 7 de la Ley 11/2022, de la Función Pública Vasca, en el artículo 43 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el artículo 37 del Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el sector público vasco, también serán admitidos los y las candidatas con el perfil lingüísticos 3. En cualquier caso, el orden de prelación, de acuerdo con la normativa, será el siguiente: los candidatos con perfil lingüístico 3 (C1) irán por detrás de los perfiles lingüísticos 4 en la lista. 

g)  No hallarse incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad. 

Para participar en el concurso, los/las aspirantes deberán acreditar que cumplen las condiciones expuestas a la finalización del plazo de admisión de solicitudes. 


Tercera.—Presentación de solicitudes 

Para ser admitido al concurso se deberá cumplimentar la solicitud (formulario) disponible en la siguiente página web del Ayuntamiento de Barakaldo: https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/detalleProceso.do?codProceso=200, o bien presentar un escrito de solicitud de participación (ver anexo I). Junto a la solicitud, se acompañará necesariamente: 

  • a)  Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. 
  • b)  Fotocopia del documento acreditativo de nivel C2 o C1 de euskara o titulación equivalente. 
  • c)  Fotocopia del título de Grado o Diplomatura Universitaria. 
  • d)  Fotocopia de los méritos a valorar en el concurso. 

El escrito de solicitud (ver documento anexo) podrá presentarse, una vez cumplimentado correctamente, en la secretaría del euskaltegi Municipal de Barakaldo (Bizkaia, C/2 – Barakaldo), en cualquiera de las oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía de Ayuntamiento de Barakaldo o telemáticamente en la sede electrónica municipal de Barakaldo (www.barakaldo.eus) en el apartado de «tramitación electrónica» en apartado de la página web https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/tramites/acceso.do?id=6 

Las instancias también podrán presentarse en los registros de las Administraciones Públicas en los términos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 

El plazo de presentación es de diez (10) días hábiles. Dicho plazo comenzará el día siguiente a la publicación de estas bases en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y no se valorarán los méritos que no se acrediten en el plazo de presentación de solicitudes. 

La participación en este concurso supone la aceptación del tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en la instancia para las publicaciones en tablones de anuncios y página web de los resultados provisionales y definitivos. 

Asimismo, la presentación de la instancia conlleva el consentimiento expreso para que los datos personales puedan ser cedidos a otras administraciones públicas que soliciten la relación de personal disponible con objeto de cubrir sus necesidades de personal. No se admitirá la solicitud del/de la aspirante si éste/a no consiente la cesión de sus datos. Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición pueden dirigirse al órgano convocante.


Cuarta.—Admisión de aspirantes 

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la presidenta del Organismo Autónomo Barakaldoko Euskara Udal Erakundea aprobará y publicará la lista provisional de aspirantes admitidos/as en el tablón de anuncios del euskaltegi Municipal de Barakaldo y en la página web del ayuntamiento (https://www.barakaldo.eus/portal/es/web/euskaltegi/lan-poltsa), en el plazo de 7 días desde la finalización del plazo de solicitudes. 

El/la aspirante excluido/a en la citada relación deberá subsanar los defectos u omisiones que hubieran motivado la exclusión en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación en el tablón de anuncios. 

Si no se formularan reclamaciones, la lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva. Si las hubiere, serán estimadas o desestimadas mediante nueva resolución en el plazo de cinco (5) días.


Quinta.—Composición y actuación del Tribunal Calificador 

El tribunal calificador se constituirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público: El órgano de selección será colegiado y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujeres y hombres. No podrán formar parte del mismo personal de elección o de designación política, funcionarios interinos y personal eventual. 

La composición del Tribunal será la siguiente: 

—  presidenta: director del euskaltegi. 

— vocales: 

  • Un/a representante del personal del euskaltegi. 
  • Un/a representante del personal designado por la representación sindical. 
  • Un/a representante de HABE. 

—  Secretaría: La secretaria del Organismo Autónomo Barakaldoko Euskara Udal Erakundea (con voz pero sin voto). 

La composición del tribunal se hará pública en el tablón de anuncios del euskaltegi y en la web del Ayuntamiento de Barakaldo en la siguiente dirección web: https://www.barakaldo.eus/portal/web/euskaltegi/lan-poltsa, junto con la resolución por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos. 

El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, debiendo estar presentes, en todo caso, la presidenta y la Secretaria. Los acuerdos se adoptarán por mayoría del número de votos, resolviendo, en caso de empate, el voto de la presidenta. 

En cuanto a la abstención y recusación de los miembros del Tribunal se estará a lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 


Sexta.—Concurso 

El Tribunal valorará los siguientes méritos siempre que las solicitudes hubieran sido presentadas en plazo y debidamente acreditadas conforme a lo dispuesto en las presentes bases. 

1. Experiencia docente. Máximo 20 puntos Se computará proporcionalmente 1 punto por cada 330 horas lectivas impartidas en un euskaltegi. A las horas que estén por encima o debajo de las 330, se les aplicará una puntuación en proporción. Dicha experiencia deberá ser acreditada por HABE. 

2. Formación. Máximo 9 puntos 

  • —  3 puntos, Grado o Licenciatura en Filología Vasca o Grado en Estudios Vascos. 
  • —  2 puntos, Diplomatura o Grado de Magisterio en la rama de Filología Vasca.
  • —  1 punto, Diplomatura o Grado de Magisterio (excepto rama de Filología Vasca). 
  • —  1 punto, Máster Universitario en Formación del Profesorado o equivalente. 
  • —  1 punto, Certificado de Capacitación del profesorado para el nivel C2. 
  • —  Por el desempeño de funciones de examinador/a de HABE, 0,2 puntos por convocatoria (máximo 2 puntos). Acreditado por HABE. 
  • —  Cursos relacionados con la enseñanza del euskera a adultos, impartidos por HABE, AEK, LABAYRU, EHU, UNED, UEU o IVAP. Sólo se tendrán en cuenta los realizados a partir (máximo 2 puntos). 

a)  Cursos de menos de 10 horas: 0,2 puntos. 
b)  Cursos de 11 a 50 horas: 0,3 puntos. 
c)  Cursos de más de 50 horas: 0,5 puntos. 

Las certificaciones de los cursos de formación que no especifiquen su duración no se tendrán en cuenta. No se valorarán documentos ni cursos adicionales a los mencionados 

3. Publicaciones. Puntuación máxima, 1 punto 

0,2 puntos por cada publicación en materia de glotodidáctica, euskaldunización y alfabetización. 


Séptima.—Clasificación y valoración de méritos 

Terminada la calificación de méritos, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, junto con la calificación de sus méritos, que constituirá una bolsa de trabajo. Se expondrá al público en el tablón de anuncios del euskaltegi Municipal de Barakaldo y en https://www.barakaldo.eus/portal/web/euskaltegi/lan-poltsa, por orden de clasificación. 

Para fijar el orden de prelación, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 

a)  De acuerdo con lo establecido en el artículo 187 apartado 7 de la Ley 11/2022, de la Función Pública Vasca, en el artículo 43 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en el artículo 37 del Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el sector público vasco, tendrán preferencia en el orden de prelación quienes tengan acreditado el nivel C2 (o equivalente). A continuación se situaran los que acrediten C1 (o equivalente). 

b)  El orden de clasificación en el proceso vendrá dado por la totalidad de los puntos obtenidos en la valoración de los méritos presentados, y en caso de posibles empates, se resolverá a favor del aspirante que haya acreditado un mayor número de horas lectivas como profesor del euskaltegi; en caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la experiencia en alguna responsabilidad. 

c)  Si persistiera la igualdad, se tendrá en cuenta la documentación universitaria presentada. Por último, si persistiera la igualdad, se tendrán en cuenta las publicaciones editadas. 


Octava.—Prestación de servicios 

El Organismo Autónomo Barakaldoko Euskara Udal Erakundea podrá requerir a los/ las aspirantes seleccionados/as, cuando sean convocados para la prestación de servicios laborales, la acreditación de la veracidad del cumplimiento de los requisitos o circunstancias personales alegadas. 


Novena.—Recursos 

En todo lo no dispuesto en las presentes bases, el Tribunal está facultado para resolver las dudas que se susciten y adoptar los acuerdos que procedan para el correcto desarrollo del proceso selectivo.


La convocatoria, las bases y los actos administrativos derivados de las mismas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los/las interesados/as en los plazos y forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, las personas interesadas podrán impugnar los actos administrativos derivados de esta convocatoria, de acuerdo con lo establecido en la normativa de Procedimiento Administrativo Común.






.

.