Los hechos se remontan al 16 de octubre de 2019, cuando el entonces funcionario de más nivel del Consistorio, el secretario general, pide que declare su jubilación voluntaria con efectos desde el 16 de noviembre de ese año y que se le "apliquen los efectos económicos correspondientes con respecto a la indemnización" que supuestamente le tenía que ser reconocida de acuerdo al convenio colectivo.
Siete meses después, con el secretario jubilado el 1 de diciembre de 2019, la alcaldesa firmó el 21 de mayo de 2020 un decreto concediendo al funcionario 65.176,24 euros y ello a pesar de que semanas antes, el 27 de febrero, el pleno del Ayuntamiento había acordado, a la vista de repetidas sentencias anulatorias del Tribunal Supremo en 2018 y 2019, la "suspensión cautelar" de la concesión de primas por jubilación.
Un informe del máximo responsable técnico en materia económica, el interventor municipal, alertó del hecho, pero el documento fue ignorado por Del Campo hasta que, este pasado 26 de abril, dos empleados del Consistorio presentaron un escrito reclamando actuaciones "de urgencia" para que se cumpla la ley y se pueda recuperar el dinero pagado indebidamente. Una vez transcurridos cuatro años, ya no se puede reclamar.
En la documentación a la que ha tenido acceso 'Barakaldo Digital', los funcionarios denunciantes destacan que "resulta sorprendente su concesión (de la prima por jubilación), puesto que en aquellos momentos el Tribunal Supremo ya se había pronunciado en dos ocasiones sobre la ilegalidad de las primas de jubilación anticipada pactadas en convenio colectivo (STS de 20-3-2018 y de 14-3-2019, que incluso son citadas en el referido decreto de alcaldía) y se había dispuesto por el pleno la suspensión cautelar de los preceptos que amparaban el abono de la prima".
Añade el escrito la también "sorprendente" actuación de la alcaldía porque "pocos días después (el 28 de mayo) se le denegó la prima de jubilación voluntaria y anticipada a una funcionaria del servicio de Patrimonio, con el argumento de que la suspensión cautelar acordada hacía jurídicamente inviable el abono de la indemnización y que el hecho de haber solicitado la renuncia incentivada antes del acuerdo plenario no le daba derecho a ella, puesto que la fecha de efectos de la jubilación de la funcionaria era el 1 de mayo de 2020, cuando ya estaba en vigor la suspensión".
Ante esta reclamación, el actual secretario general del Ayuntamiento ha admitido que el contenido de la denuncia es correcto y que el pago de los más de 65.000 euros fue contrario a la ley y hay que proceder a la anulación del decreto y reclamar la cantidad.
De hecho, la alcaldesa ha firmado sistemáticamente durante los últimos cuatro años resoluciones denegando las solicitudes de primas y ha acudido recurrentemente a la justicia para impedir el pago. El proceso para anular la indemnización al alto funcionario se aprueba este 14 de mayo por el pleno de la Corporación. Otros tres casos similares están en estudio.