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Abre el plazo para solicitar subvenciones de hasta 8.800 euros por hacer contratos de trabajo indefinido

Barakaldo, 21 ene 2024. Hasta 8.800 euros de ayuda pueden recibir los empresarios y autónomos "con centro de trabajo y actividad económica en Barakaldo" que hayan realizado antes del 1 de junio del pasado 2023 contratos de trabajo indefinidos de no menos de 12 meses de duración a personas desempleadas empadronadas en la anteiglesia. El plazo para solicitar estas subvenciones se abre este 22 de enero.

La agencia de desarrollo local Inguralde, del Ayuntamiento de Barakaldo, gestiona este programa, que está financiado por el servicio vasco de empleo Lanbide. El presupuesto total disponible para el proyecto asciende a 314.304,72 euros, por lo que potencialmente puede ayudar al menos a 36 contrataciones de personas paradas, que será superior en el caso de empleos a media jornada, también subvencionables.

El periodo de presentación de solicitudes finaliza el día 29 de febrero de 2024. La documentación tiene que entregarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo o en el registro de entrada de Inguralde en su sede de la calle Aldapa 3A

Anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia
Extracto de la resolución de presidencia de Inguralde número 0416/2023, de 15 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a la contratación, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo, de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo, «BOPV» 24 de mayo de 2023. BDNS (Identif.): 729777.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/729777). 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.—Beneficiarios/as 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas a la contratación, las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, cualquiera que sea su forma jurídica, que formalicen contratos laborales con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con centro de trabajo y actividad económica en Barakaldo. 

No podrán beneficiarse de las presentes subvenciones: 

— Las empresas o entidades solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

— Las Administraciones Públicas, sociedades públicas, y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas. 

Cuando la solicitante sea una entidad sin personalidad jurídica, ésta habrá de estar dotada de un Número de Identificación Fiscal, presumiéndose, mientras no se demuestre lo contrario, lo establecido en el artículo 393 del Código Civil, en cuanto al importe correspondiente a quien sea partícipe en la entidad.

Segundo.—Objeto 

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión de subvenciones, por parte del Ayuntamiento de Barakaldo a través de su Organismo Autónomo Inguralde, a empresas y entidades para favorecer la formalización de contratos de trabajo con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, en el marco de la Convocatoria de Ayudas para Acciones Locales de Promoción de Empleo para el ejercicio 2023 de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, («BOPV» 24 de mayo de 2023). 

Estas ayudas serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. 

Las contrataciones deberán reunir las siguientes condiciones: 

— La persona deberá estar desempleada y figurar inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide-SVE el día anterior al del inicio del contrato y no estar dada de alta como trabajador/a en el Régimen General de la Seguridad Social, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 

— Además, la persona a contratar debe estar empadronada en Barakaldo el día anterior al del inicio del contrato. 

— No serán objeto de subvención la contratación del o la cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad. 

— Los contratos serán indefinidos, a jornada completa o tiempo parcial, con un mínimo del 50% de jornada, así como de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, siendo la duración mínima de éstos de 3 meses, con un mínimo de media jornada. 

— Los contratos indefinidos deben pervivir durante un período de, al menos, 12 meses. 

— Las contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione. 

— Podrán ser objeto de subvención las contrataciones cuya fecha de formalización esté comprendida entre el 16 de agosto de 2022 y el 31 de mayo de 2023, ambas fechas incluidas. 

— No será objeto de subvención la contratación por la misma empresa de una misma persona trabajadora si ha sido subvencionada en convocatorias anteriores. 

— No se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas.

Tercero.—Bases reguladoras 

Bases reguladoras de las ayudas a la contratación destinadas a la promoción de empleo en Barakaldo publicadas de manera íntegra en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 205, de 27 de octubre de 2022.

Cuarto.—Cuantía 

La cuantía total máxima prevista para la presente convocatoria es de trescientos catorce mil trescientos cuatro euros y setenta y dos céntimos (314.304,72 euros), con cargo a la partida presupuestaria: 00100-24120-4710100. 

El abono de la ayuda se materializará en un solo pago, tras la justificación del cumplimiento de la misma por parte de la empresa beneficiaria. 

La ayuda será de 8.000 euros anuales por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa. En el caso de contratación a tiempo parcial la subvención será proporcional a la jornada trabajada. 

La cuantía final, en este caso, no podrá superar el 75% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante. 

La ayuda será de 3.000 euros por cada contrato de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, a jornada completa de tres meses de duración y ayuda de 6.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración o igual o superior a seis. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. 

La cuantía final de la ayuda, en este caso, no podrá superar el 75% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante. 

En el caso de contratación de personas pertenecientes a los colectivos de: personas perceptoras titulares o beneficiarias de RGI, personas menores de 35 años, personas desempleadas y de alta que hayan estado inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-SVE u otros Servicios Públicos de Empleo durante los 540 días anteriores a la contratación, siempre que en ese período hayan estado en situación de desempleo, al menos, 360 días, y personas desempleadas mayores de 55 años, el importe de la ayuda será de 10.000 euros por cada contrato indefinido a jornada completa y de 7.500 euros por cada contrato de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos a jornada completa igual o superior a seis meses. 

En el caso de contratación parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y /o al tiempo trabajado. En el caso de contratación a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. 

La persona contratada deberá pertenecer a alguno de dichos colectivos con anterioridad a la fecha de contratación. 

En este caso, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante. 

Todas las cuantías de subvención se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos se celebren con mujeres. El importe final de la subvención, al aplicarse dichos incrementos, no podrá superar el 100% de los costes salariales y de Seguridad Social de las personas contratadas con cargo a la empresa contratante.

Quinto.—Plazo y lugar de solicitud 

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 22 de enero de 2024 a las 9:00 horas, finalizando a las 14:00 horas del día 29 de febrero de 2024, debiendo realizarse a través del Registro electrónico alojado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo, https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/, en caso de ser un sujeto obligado a relacionarse con la Administración por medios electrónicos. 

Si no es sujeto obligado, podrá optar por una de estas dos vías: 

— La Sede electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo, https://www.barakaldo.eus/ OficinaVirtualBarakaldo/, para lo que deberá disponer de certificado electrónico 

— El registro de entrada del Organismo Autónomo Municipal Inguralde, sito en Barakaldo, calle Aldapa 3 A. 

Deberá presentarse una solicitud por cada persona a contratar, adjuntando a la misma la documentación requerida. 

En la solicitud de subvención se deberá indicar la jornada del contrato a subvencionar.

Sexto.—Otros datos 

— Criterios de otorgamiento: los establecidos en el punto sexto de la convocatoria. 

— Procedimiento: concurrencia competitiva. 

— Documentación a presentar: la establecida en el punto séptimo de la convocatoria. 

— Órgano competente para la concesión: Presidencia del Organismo Autónomo Inguralde. 

— Plazo de resolución: Seis meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 

En Barakaldo, a 27 de noviembre de 2023.—

El presidente, David Solla Varela


Comunicado del PNV en la alcaldía

Abierto el plazo de solicitud de ayudas a empresas por la contratación indefinida de personas desempleadas

  • Las empresas y entidades que hayan realizado contratos indefinidos entre el 16 de agosto de 2022 y el 31 de mayo de 2023 a personas empadronadas en el municipio, con creación neta de empleo, podrán beneficiarse de ayudas de hasta 8.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa realizado. 
  • "Con este programa damos no solo un impulso a la creación de empleo, sino que garantizamos la estabilidad laboral a las personas desempleadas de nuestro municipio", ha recordado David Solla, presidente de Inguralde.

Ya está abierto el plazo para que empresas y entidades puedan solicitar ayudas económicas por la contratación indefinida de personas desempleadas del municipio que hayan tenido lugar entre el 16 de agosto de 2022 y el 31 de mayo de 2023, ambas fechas incluidas. La solicitud deberá hacerse, a través de Inguralde, antes de las 14:00 horas del 29 de febrero.

"La estabilidad del empleo es una parte esencial de nuestra estrategia de acción y este programa nos da la posibilidad de facilitar, no solo la contratación de personas desempleadas del municipio, sino de ofrecerles una garantía de permanencia estable en una empresa sobre la que establecer un proyecto de vida", ha asegurado David Solla, presidente de Inguralde.

Las ayudas van específicamente dirigidas a las empresas y entidades de Barakaldo que hayan contratado personas desempleadas y empadronadas en el municipio que estuvieran inscritas y dadas de alta como demandantes de empleo en Lanbide en el momento del contrato. Además, las contrataciones deben ser de carácter indefinido -o a tiempo parcial, pero con un mínimo del 50% de la jornada-, y haberse realizado entre el 16 de agosto de 2022 (coincidiendo con la finalización de la convocatoria anterior) y el 31 de mayo de 2023.

Asimismo, las contrataciones deberán haber supuesto creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la nueva incorporación.

La ayuda supondrá un 75% de los costes hasta un máximo de 8.000€ anuales por cada contrato de trabajo a jornada completa. En el caso de contratación a tiempo parcial la subvención será proporcional a la jornada trabajada. En el supuesto de contratación de personas perceptoras, titulares o beneficiarias de la RGI, menores de 35 años, paradas de larga duración, o mayores de 55 años, el importe será del 100% de los costes hasta un máximo de 10.000€ anuales. Estas cantidades se incrementarán en un 10% en los casos en que la persona contratada sea mujer.


Aatistas y personal técnico auxiliar de espectáculos

Como novedad, la convocatoria de este año contempla ayudas concretas para contratos de artistas y de personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, a jornada completa, por importe de 3.000€ sin han sido tres meses de duración, y de 6.000 € si han sido seis meses o más. En caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.

"El año pasado concedimos 25 ayudas por un importe de 230.134,83 euros, lo que pone de manifiesto la dimensión de este programa", ha asegurado David Solla. Desde la primera convocatoria de estas ayudas, en 2013, Barakaldo ha concedido 384 ayudas por importe de 2.374.134,46 €.

Las empresas interesadas deben pedir las ayudas a través de la sede electrónica de la página web municipal. También pueden ampliar información o aclarar dudas en el departamento de Empleo de Inguralde, en el teléfono 944 789 355 o el correo electrónico empleo@inguralde.eus. El horario de atención es 9.00 a 14.00 horas.