Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 19 de septiembre, el Acuerdo por el que se autoriza la quinta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación a la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, y a los efectos de darle la publicidad debida,
RESUELVO:
Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se autoriza la quinta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación a la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, que figura como anexo a la presente.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de octubre de 2023.
La directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, MARÍA BEGOÑA OTALORA ARIÑO.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN 93/2023, DE 3 DE OCTUBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA QUINTA MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES EN RELACIÓN A LA CONSTRUCCIÓN DE LA VARIANTE SUR FERROVIARIA DE BILBAO
El artículo 11.1.g) del decreto 18/2020, de 6 de septiembre del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes las funciones correspondientes a ferrocarriles.
Corresponde a la Administración General del Estado la competencia exclusiva en materia de obras públicas de interés general y de ferrocarriles y de transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.21 y 24 de la Constitución.
La Comunidad Autónoma de Euskadi ostenta competencias exclusivas en obras públicas de interés comunitario, en ferrocarriles y transportes que transcurran por el territorio de la Comunidad Autónoma, así como las de promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del País Vasco y las competencias de ordenación del territorio y urbanismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.25, 31, 32 y 33 del Estatuto de Autonomía.
En sesión celebrada el día 23 de mayo de 2017, el Consejo de Gobierno autorizó la suscripción de un Convenio de Colaboración con el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con el fin de establecer los términos para desarrollar las actuaciones precisas para la construcción de la Variante Sur de Bilbao, y encomendar a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi la redacción de estudios informativos, redacción de proyectos de construcción de plataforma para doble vía, la contratación y ejecución de las obras, la colaboración en la gestión administrativa de los expedientes expropiatorios, así como las direcciones de obra y cualquier otro tipo de servicios que la ejecución de las obras de la Variante Sur ferroviaria de Bilbao requieren. El citado convenio se suscribió con fecha 12 de julio de 2017.
Estos trabajos que se han encomendado en relación a la Variante Sur Ferroviaria, se han distribuido en dos fases:
– La primera fase se corresponde con el tramo que discurre entre el Túnel de Serantes y Olabeaga, que va desde el P.K. 0+000 hasta el 12+200 aproximadamente.
– La segunda fase se corresponde con el tramo Barakaldo-Basauri, desde el P.K. 9+750 hasta el 19+500 aproximadamente.
El convenio de colaboración suscrito, preveía que los trabajos encomendados por parte del Ministerio de Fomento y ADIF a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrían abordarse directamente por esta o, a través del ente público de derecho privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea (en adelante ETS), entidad creada por Ley 6/2004, de 21 de mayo, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, cuyo objeto es la elaboración de proyectos, construcción, conservación y mantenimiento, así como la administración y gestión de las infraestructuras ferroviarias competencia de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, si así se acuerda por el órgano competente de la Administración General Vasca.
De acuerdo a los términos señalados en el acuerdo de encomienda, se estimó que, para una más eficaz consecución de los intereses públicos, procedía la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, de las actuaciones precisas para la construcción de la Variante Sur de Bilbao, todo ello en base a lo establecido en la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea. La citada encomienda fue aprobada por el Gobierno Vasco en sesión celebrada en fecha 26 de julio de 2017 y posteriormente modificada en Consejos de Gobierno de fecha 26 de diciembre de 2018 y 14 de abril de 2020.
El convenio suscrito el 12 de julio de 2017 establecía una vigencia de 4 años. Sin embargo, y al objeto de seguir trabajando en los términos fijados en el citado Convenio, y de esa forma seguir avanzando en la definición de estudios y proyectos para la ejecución de las obras objeto del mismo, con fecha 8 de julio de 2021, se ha suscrito una adenda de prórroga y modificación, en la que además de prorrogar en 4 años más la vigencia del Convenio inicial, se introducían diversas modificaciones.
Todo esto requirió la tercera modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, que fue aprobada en fecha 28 de septiembre de 2021. La previsión en la evolución de los estudios informativos y, sobre todo, en las obras de construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, requirieron una cuarta modificación de la encomienda que fue aprobada en Consejo de Gobierno de fecha 26 de julio de 2022. El coste previsto de las actuaciones recogidas en esta última modificación, se estimaron en la cantidad de cuatrocientos sesenta y cuatro millones ochocientos dieciocho mil quinientos veinticinco euros con sesenta y tres céntimos (464.818.525,63 euros), en base a los conceptos y anualidades siguientes:
Cifras en euros (IVA incluido)
(*) a cargo de la CAE
Las últimas previsiones detalladas por el Ente Público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea (ETS) nos determinan de una manera bastante real, aunque siempre estimativa, de cómo puede ser la evolución de los diferentes expedientes recogidos en la modificación del estudio informativo de la fase I (Túnel Serantes-Olabeaga) como en los diferentes proyectos constructivos integrados en esta fase y divididos en 4 lotes. De la misma forma, se pueden extrapolar estas mismas conclusiones al desarrollo del estudio informativo de la fase 2 (Barakaldo-Basauri).
Por el contrario, y en lo que se refiere al epígrafe de las obras correspondientes a la fase 1, hoy en día, todas las estimaciones son bastantes hipotéticas, ya que no se dispone de unos presupuestos cerrados ni de una planificación clara de las mismas. De todas formas, se ha intentado recoger en este apartado una estimación anualizada de las obras, reflejando, desde el punto de vista presupuestario, lo recogido en los presupuestos aprobados, tanto en la Administración General de la CAPV como en ETS para el ejercicio 2023.
Todas estas consecuencias requieren una quinta modificación de las anualidades previstas en la cuarta modificación aprobada en 2022, al objeto de amoldar la distribución presupuestaria acordada al grado de ejecución de los trabajos, sin superar el coste total inicialmente previsto y suscrito en la adenda de prórroga y modificación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, y previa la correspondiente deliberación, en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 2023, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.– Modificar los puntos 4.– Antecedentes, Documentos de referencia y Planteamiento General y 7.– Valoración y abono de los trabajos de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea aprobada el 26 de julio de 2017 y modificada el 26 de diciembre de 2018, 14 de abril de 2020, 28 de septiembre de 2021 y 26 de julio de 2022 para la realización de determinadas actividades en relación a la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao.
Segundo.– Las condiciones concretas en que se llevará a cabo la citada modificación de la encomienda son las que figuran como Anexo al citado Acuerdo.
Tercero.– Publicar la presente encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco.