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Abre el plazo para solicitar ayudas para el aprendizaje de euskera durante el curso 2022/2023

Barakaldo, 24 sep 2023. El Ayuntamiento de Barakaldo abre este 27 de septiembre el periodo para solicitar subvenciones por el estudio de euskera durante el curso 2022/2023. Hasta el 11 de octubre se pueden tramitar estas ayudas, que se otorgarán por realizar cursos entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023. Los beneficiarios son barakaldeses mayores de 16 años. El presupuesto es 40.000 euros.

Solicitud de las ayudas

Anuncio del Ayuntamiento en el Boletín Oficial de Bizkaia
Decreto de Alcaldía 2023/006660, de fecha 20 de julio de 2023, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas a conceder por el Ayuntamiento de Barakaldo a personas adultas para el aprendizaje de euskera en el curso académico 2022-2023. BDNS (Identif.) : 709489.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/709489). 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.—Beneficiarios/as
Todos/as aquellos/as vecinos/as de Barakaldo mayores de 16 años, matriculados/as para el aprendizaje de euskera en algún centro homologado por HABE en el curso académico 2022-2023.

En todos los casos, será requisito imprescindible que los ingresos económicos no superen los límites establecidos en la presente convocatoria de ayudas.

No podrán obtener la condición de beneficiario/a personas en quienes concurran las siguientes circunstancias:

— Cualquiera de las enumeradas en el artículo 4.10 de la Normativa que regula esta convocatoria.
— Cualquiera de las enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo.—Objeto
Serán objeto se subvención los gastos de matrícula abonados por el/la solicitante para la realización de cursos de euskera en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023, ya sean de carácter anual (de octubre a junio), intensivos o barnetegis. En este último caso, se subvencionarán únicamente los gastos de enseñanza, nunca gastos de estancia o manutención.

Tanto el curso (presencial o de autoaprendizaje) como el centro de aprendizaje elegido deberán estar homologados por HABE para que el/la solicitante pueda optar a la subvención.

Tercero.—Bases reguladoras
«Boletín Oficial de Bizkaia» número 127 de fecha 5 de julio de 2022

Cuarto.—Cuantía
El límite presupuestario de la misma es de cuarenta mil euros (40.000,00 euros), con cargo a la partida presupuestaria 01000 33500 4800302.

La ayuda podrá cubrir hasta el 100% del coste de la matrícula.

De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Normativa, la cuantía de la ayuda a percibir no superará nunca el 100% del coste de la matrícula pagada por el/la solicitante, y asimismo establece un importe máximo a conceder de seiscientos catorce euros (614,00 euros) por solicitante y por año, en base al siguiente criterio: el coste de la matrícula más elevada de un curso presencial de duración anual (octubre–junio) que se haya ofrecido en el curso 2022-2023 en cualquiera de los euskaltegis de Barakaldo homologados por HABE.

La cuantía de la ayuda, sumada a otras subvenciones públicas o privadas que el o la interesado/a pudiera percibir de cualquier otra empresa o institución, no podrá, en ningún caso, superar el importe total de la matrícula (100%. Si así fuera, se reduciría proporcionalmente la subvención otorgada por este Ayuntamiento.

Si la cuantía derivada del número de solicitudes excediese del presupuesto disponible, se efectuará una prorrata entre todos/as los/as solicitantes que cumplan todos los requisitos para ser beneficiarios/as.

Quinto.—Plazo y lugar de presentación de la solicitud
Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán en el Ayuntamiento de Barakaldo de forma presencial (preferiblemente con cita previa) o telemática, mediante su sede electrónica u oficinas electrónicas. Todo ello sin perjuicio de la potencial utilización de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día 27 de septiembre y finalizará el día 11 de octubre de 2023.

Las solicitudes se presentarán con arreglo al modelo normalizado (Anexo I), que estará disponible en el Ayuntamiento de Barakaldo y en las páginas web municipales (http://euskara.barakaldo.eus / https://www.barakaldo.eus).

Sexto.—Otros datos
— Documentación a presentar: la establecida en el punto quinto de la convocatoria.
— Criterios de otorgamiento: los definidos en el punto cuarto de la convocatoria.
— Procedimiento: concurrencia competitiva.
— Órgano competente para la concesión: La Alcaldesa-Presidenta de la Corporación.
— Plazo de resolución y notificación: el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones será de tres meses (3), a contar a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
— Medios de notificación: los definidos en el punto octavo de la convocatoria.
— Vías de Recurso: Vía Administrativa: Potestativo de Reposición. Vía Jurisdiccional: Contencioso Administrativo.

En Barakaldo, a 21 de julio de 2023.—La alcaldesa, Amaia del Campo Berasategui