Las elecciones suponen además un cambio de la duración del mandato. Hasta la fecha, era de tres años, pero el reglamento se modificó desde el Ayuntamiento en enero pasado y la nueva dirección estará en el puesto cuatro años. En la actualidad, al frente del conservatorio se encuentra Fuensanta Figueroa Figueroa, en el puesto desde 2020. En 2017, tuvo que dimitir la anterior directora en un clima de conflicto interno.
Archivo
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> 27/02/2017. El PNV contrata por 10.000 euros un mediador por el conflicto del conservatorio de música
> 23/02/2017. Decenas de estudiantes de conservatorio ven peligrar su curso y carrera por falta de profesores
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Propuesta de calendario para las elecciones a la dirección del Conservatorio Profesional Municipal de Barakaldo curso 2022/2023
- 19 de mayo: reunión de OMR extraordinario. Anuncio de la apertura de proceso selectivo para elección del equipo directivo del conservatorio y aprobación del calendario electoral.
- 22 de mayo al 2 de junio (ambos inclusive): presentación de candidaturas
- 5 de junio: publicación provisional de candidaturas.
- 6 al 8 de junio: plazo de reclamaciones sobre las candidaturas.
- 9 de junio: publicación definitiva de candidaturas
- 16 de junio: reunión de OMR extraordinario. Presentación oral de los méritos y proyectos. Votación de candidaturas. Elevación de los resultados a la alcaldía.
Convocatoria de las elecciones a la dirección del conservatorio
En 2023 se ha procedido a la modificación del reglamento de organización y funcionamiento (ROF) del Conservatorio Municipal de Música de Barakaldo. Esta modificación del ROF sustituye a la anterior (BOB número 158, de 18 de agosto de 2010), y será la que marque las pautas a seguir a partir de la fecha de su publicación. La modificación del reglamento de organización y funcionamiento (ROF) del Conservatorio Profesional Municipal de Barakaldo está publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB), número 17, miércoles, de 25 de enero de 2023.
Al cumplirse el día 19 de junio de 2020 tres años desde la votación del OMR por la que salió elegida como directora del Conservatorio Dña. Fuensanta Figueroa Figueroa, y cuyo nombramiento en el puesto de directora del Conservatorio, figura en el decreto de alcaldía n.º 05145 de 11 de agosto de 2020, y dado que nuestro anterior reglamento (ROF, BOB número 158, de 18 de agosto de 2010) establecía en su artículo 15.3 que “La duración del mandato (del director) será de tres años.”, es necesario convocar nuevas elecciones a director/a del Conservatorio Municipal de Música de Barakaldo. Estas nuevas elecciones ya se realizan siguiendo la nueva modificación del ROF (BOB, número 17, miércoles, de 25 de enero de 2023), que indican en su apartado 2.3.1.10 que “El director o directora será elegido por el alcalde o alcaldesa oído el órgano de máxima representación y la duración del mandato será de cuatro años”.
La modificación del reglamento de organización y funcionamiento (ROF) del Conservatorio Profesional Municipal de Barakaldo está publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB), número 17, miércoles, de 25 de enero de 2023. Mediante el decreto de alcaldía número 2022/011277, de fecha 28 de diciembre, se ha procedido a la aprobación definitiva de la modificación del reglamento de organización y funcionamiento (R.O.F) del Conservatorio Municipal de Grado Medio de Barakaldo, en los siguientes términos:
Procedimiento de selección, nombramiento y cese del director o directora
El proceso electoral se desarrollará según lo establecido por el decreto 22/2009, de 3 de febrero, con las modificaciones introducidas por el decreto 61/2012, de 8 de mayo, sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente actual o aquella que la sustituya. En lo no previsto en este ROF se aplicarán los decretos de alcaldía número 02524/20157 de 31 de marzo de 2017 y su posterior modificación previo acuerdo adoptado en la sesión de OMR de 26 de abril de 2017.
Requisitos de las personas aspirantes
Los requisitos que deberá cumplir cualquier profesor/a del Conservatorio Profesional Municipal de Barakaldo para participar en la convocatoria de elecciones a director/a del centro serán los siguientes:
Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario o funcionaria de carrera en la función pública docente, de los cuales al menos un año habrá tenido que ser como funcionario/a de carrera en el propio Conservatorio Profesional Municipal de Barakaldo a jornada completa.
Estar en posesión del perfil 3 de euskera. El puesto de director/a de Conservatorio tiene asignado el PL3 de euskera con fecha de preceptividad 30 de noviembre de 2019, tal como lo regula el Boletín Oficial de Bizkaia número 38 de 25 de febrero de 2020, por ser un puesto de atención al público en relación con la ciudadanía y la imagen corporativa de la entidad.
Presentar un proyecto de dirección que incluya entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo, así como los nombres de las personas propuestas para desempeñar los demás órganos unipersonales de gobierno del centro. El proyecto de dirección deberá constar de un máximo de 15 folios escritos por una única cara y a doble espacio.
Presentar una relación de méritos relacionados con las funciones a desarrollar y las aptitudes del candidato/a en lo referente a la gestión de centros educativos, como los que figuran en el texto refundido del decreto 22/2009, de 3 de febrero, sobre el procedimiento de selección del director/a.
Forma de presentación de las candidaturas
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que las personas aspirantes deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado anterior, se presentarán en el registro del Conservatorio Profesional Municipal de Barakaldo o en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Barakaldo o en cualquiera de los otros lugares establecidos en la Ley y por cualquiera de los medios que asimismo admite el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación de las candidaturas
Se establecerá un calendario electoral incluyendo el plazo de presentación de las candidaturas, que no podrá ser inferior a diez días hábiles.
Documentación a adjuntar a la solicitud
A las instancias deberá adjuntarse la documentación acreditativa de cuantos méritos se puedan aportar en base al Texto refundido del decreto 22/2009, de 3 de febrero, sobre el procedimiento de selección del director/a y el nombramiento y el cese de los otros órganos unipersonales de gobierno de los centros educativos no Universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, con las modificaciones introducidas por el decreto 61/2012, de 8 de mayo, y el proyecto de dirección al que se refiere en el apartado que recoge los requisitos de las personas aspirantes.
Votación del OMR
El OMR finalizados todos los trámites anteriores, procederá a la votación de las candidaturas, elevando los resultados de la misma al Ayuntamiento para que el alcalde o alcaldesa proceda a la elección del director o directora.
Desarrollo de las votaciones
El resultado de la votación sobre las candidaturas en el seno del OMR implicará lo siguiente: Resultará propuesto a la alcaldía para su elección el candidato o candidata que obtenga mayoría absoluta de los votos de los miembros presentes en primera votación. Caso de no obtenerse dicha mayoría a favor de ninguno de ellos se procederá a realizar una segunda votación en la que resultará suficiente la mayoría simple para salir elegido/a. En caso de empate se desarrollará una tercera votación en la que resultará elegido/a el/la candidato/a más votado. Si persistiese el empate se resolverá por sorteo entre los /las candidatos/as empatados/as.
El director o directora será elegido por el alcalde o alcaldesa oído el órgano de máxima representación y la duración del mandato será de cuatro años.
El director o directora cesará de sus funciones al término de su mandato o cuando, por cualquier causa sobrevenida, deje de pertenecer al personal docente del centro o se encuentre en imposibilidad de desarrollar sus funciones. El órgano que lo nombró podrá cesar o suspender al director o directora antes del término de dicho mandato, a propuesta del OMR previo acuerdo de sus miembros adoptado por mayoría de dos tercios por incumplimiento grave de sus funciones o existencias de circunstancias imposibilitadoras.
El director o directora, en el cumplimiento de sus funciones, deberá actuar conforme a los planes y decisiones adoptados por el Ayuntamiento, el OMR y el claustro de profesores y profesoras en las materias de su competencia respectiva. Así mismo le corresponde dinamizar a la comunidad educativa, especialmente al profesorado, recoger y canalizar sus aportaciones e intereses, buscar cauces de comunicación y colaboración.
El director o directora elevará al Ayuntamiento la propuesta referente al nombramiento del jefe o jefa de estudios y del secretario o secretaria una vez informado al OMR