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El Ayuntamiento permite a los hosteleros abrir 2 horas más por el ascenso del Barakaldo CF a cuarta división

BARAKALDO, 24 mar 2023
. Los hosteleros puede abrir dos horas más de lo habitual este sábado 25 de marzo de 2023. Así lo ha aprobado el Ayuntamiento, mediante decreto de Alcaldía, a raíz de la petición de los locales de la calle Zaballa argumentando el ascenso del Barakaldo Club de Fútbol a Segunda Federación, que equivale a cuarta división, y el cambio estacional de horario: a las 2.00 serán las 3.00 horas.



Decreto de alcaldía 2023/002806 de 23 de marzo. Vista la solicitud formulada con fecha 23/03/2023 (RGEE 2023014584) por Sergio V (NIF.-xxxxx466X), en calidad de propietario del Pub Lambda y en representación de los locales de hostelería de Zaballa, en la que solicita ampliación dos horas de los horarios de cierre de los establecimientos de hostelería del Municipio de Barakaldo, con motivo de la celebración de la subida del Barakaldo CF a 2.ª RFEF y del cambio horario del sábado (a las 2:00 serán las 3:00).

Considerando lo previsto en el artículo 37.4 del Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, por el que se indica que el procedimiento para dicha ampliación podrá iniciarse de oficio “o ser instado por los titulares de los establecimientos o por las asociaciones empresariales que agrupen sus intereses”, condición que cabe atribuir a la entidad solicitante, tal y como se le ha reconocido por este Ayuntamiento con anterioridad.

Considerando lo previsto en el artículo 37.2 del Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se faculta a las autoridades municipales para ampliar un máximo de 2 horas el horario previsto. En concreto, cabe considerar la concurrencia de “circunstancias de carácter excepcional y no habitual”, que entran dentro de la categoría de “eventos calificados como festivos o de interés turístico por el propio ayuntamiento o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, tales como celebraciones públicas, fiestas de barrio, acontecimientos de carácter social, ferial, certámenes, exposiciones u otros análogos, con el límite máximo de quince días por año natural”” (como se desprende de la lectura conjunta del artículo 37.2 en relación con el 37.1 de la misma norma). En concreto, cabe considerar la celebración del ascenso del Barakaldo CF como un “acontecimiento de carácter social” y también “turístico” en el que confluyen diversos eventos en la vía pública, autorizados por este y otros Departamentos municipales, lo que sin duda redunda en la economía del sector hostelero y comercial del municipio y cumple con el objetivo de dinamizar dichos sectores. Respecto a la ampliación del horario solicitada en cuanto al cambio del horario de verano, no cabe considerarse como motivo de ampliación de los horarios de cierre de los establecimientos de hostelería, al no darse los requisitos del art. 37.2 citado anteriormente.

Considerando que no se ha hecho uso durante este año 2023 del plazo de 15 días contemplado en el artículo 37.2 del Decreto para que los Ayuntamientos dispongan la ampliación horaria, es jurídicamente viable lo que aquí se resuelve.

Considerando las competencias establecidas por el art. 18.3 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en relación con las atribuciones señaladas por el art. 21 a) y s) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, conferidas a esta Alcaldía- Presidencia.

Visto el informe jurídico emitido con fecha 23/03/2023 por el Jefe del Servicio Jurídico Administrativo de Medio Ambiente y Sanidad.

Por lo anteriormente expuesto, vistos los preceptos citados y demás de aplicación, y a propuesta de la Concejala Delegada del Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural, la Alcaldía Presidencia

R E S U E LV E

PRIMERO.- APROBAR la ampliación de 2 horas en el horario de cierre de los establecimientos de hostelería, de baile y diversión, y de juego, además de en las fechas establecidas en el Decreto de Alcaldía no 4259/2014, de 29 de mayo, en el día 25 de marzo de 2023, en todo el ámbito municipal de Barakaldo, con motivo de la celebración del ascenso del Barakaldo CF a 2.ª RFEF.

SEGUNDO.- Comuníquese a los Servicios de la Policía Local para su conocimiento y efectos, y désele la publicidad correspondiente. Notifíquese al solicitante (xxxx@xxx.com) y publíquese en los canales municipales digitales (https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/avisos.do) para general conocimiento.

TERCERO.-- Devuélvase el expediente, una vez gestionado, al Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural.

Lo manda y firma la Sra. alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por el jefe del Servicio Jurídico-Administrativo de Medio Ambiente y Sanidad y por la concejala delegada del Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural.