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Abierto el plazo de subvenciones para bares y comercios que instalen rótulos en euskera

Boletín Oficial de Bizkaia. Decreto de Alcaldía 1013 de fecha 7 de febrero de 2022, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas a conceder por el Ayuntamiento de Barakaldo a establecimientos de comercio, hostelería y servicios que instalen rótulos en euskera en 2022. BDNS (Identif.): 609803.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/609803)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.—Beneficiarios/as
Podrán beneficiarse de las subvenciones por la instalación de rótulos exteriores los titulares de los establecimientos de comercio, hostelería y servicios radicados en Barakaldo que hayan instalado rótulos de las características descritas en la presente Ordenanza.

A efectos de la misma, se entenderá por titulares quienes figuren en el padrón del Impuesto de Actividades Económicas. Asimismo, se entiende por rótulo tanto el colocado en el exterior del local, el impreso en toldos y en vehículos comerciales como el incluido en los directorios ubicados en el interior de los portales, con indicación del piso y el número de puerta de la actividad.

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de estas ayudas las entidades cuyo objeto sea la normalización del euskera (asociaciones de euskera, euskaltegis, centros educativos...), las entidades públicas, los bancos y cajas de ahorros y los establecimientos con superficie superior a 500 m².

Segundo.—Objeto
El objeto de la presente norma es regular la concesión de ayudas a los establecimientos de comercio, hostelería y servicios que instalen rótulos en euskera. Se pretende con ello, además, fomentar el uso del euskera y promover el respeto de los derechos lingüísticos de la ciudadanía de Barakaldo, en el ámbito de actividad de los citados establecimientos.

Tercero.—Bases reguladoras
Ordenanza Reguladora de la concesión de ayudas para el impulso del paisaje lingüístico en euskera en Barakaldo («Boletín Oficial de Bizkaia» número 206, de fecha 25 de octubre de 2018, y aprobación definitiva en «Boletín Oficial de Bizkaia» número 228, de fecha 27 de noviembre de 2018).

Cuarto.—Cuantía
— Partida presupuestaria: 01000 43000 4710104, del presupuesto de Euskera.
— Cuantía total: 3.000,00 euros
— Porcentajes:
• 50 % del gasto si rótulo exclusivamente en euskera.
• 25 % del gasto si rótulo en bilingüe.

Quinta.—Plazo y lugar de solicitud 
Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán en el Ayuntamiento de Barakaldo, mediante su Sede electrónica u Oficinas electrónicas, o bien en el Servicio de Atención Ciudadana. Todo ello sin perjuicio de la potencial utilización de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia», y finalizará el día 14 de diciembre de 2022. 

En la presente convocatoria se subvencionarán los rótulos instalados entre el 11 de diciembre de 2021 y el 14 de diciembre de 2022. Las solicitudes se presentarán con arreglo al modelo normalizado (Anexo I), que estará disponible en las páginas web municipales (http://euskara.barakaldo.eus o www.barakaldo.eus, en el apartado Sede electrónica).

Sexto.—Otros datos 
Las solicitudes deberán venir acompañadas de la siguiente información: 
— Ficha de terceros, debidamente cumplimentada, firmada y sellada (Anexo II). No obstante, en caso de haber presentado anteriormente la ficha de terceros para la realización de cualquier otro trámite, no será necesario presentar de nuevo este documento. 
— Justificante de alta del Impuesto Actividades Económicas. 
— Facturas originales de todos los gastos imputables. 
— Justificante de encontrarse al corriente de pagos con la administración. 
— Fotos de todo vinilo, toldo o rótulo objeto de ayuda. 

En Barakaldo, a 8 de febrero de 2022.—La alcaldesa, Amaia del Campo Berasategui