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La Seguridad Social falla contra Montero FyE de Retuerto por el cáncer mortal de un trabajador debido al amianto

Comunicado de la Asociación Vasca de Víctimas del Amianto. El Instituto de la Seguridad Social de Gipuzkoa comunica a la viuda del vecino de Donostia Kepa M.U., la resolución que impone un recargo de las prestaciones del 30% derivadas desde el 05-03-2019 (Incapacidad Permanente Absoluta por enfermedad profesional, Indemnización por fallecimiento y Pensión de Viudedad) a pagar por MONTERO FyE SA, como sucesora de MONTERO SA por la falta de medidas de seguridad con el amianto, en el periodo que Kepa trabajo expuesto a fibras de amianto en dicha empresa. 

Kepa MU, nacido en 1948, siendo menor de edad, trabajo en MONTERO SA, durante los años 1963-66, como auxiliar administrativo en las oficinas de RETUERTO, BARAKALDO y en agosto de 2017, le diagnostican un MESOTELIOMA epiteloide o Cáncer pleural, falleciendo en junio de 2019. 
MONTERO se trata de una empresa histórica con diversos nombres: Vda, de Fco. MONTERO, MONTERO, MONTERO KAEFER, FIBRAS Y ELASTOMEROS, MONTERO KROSSLEY,..., dedicada a la importación de amianto y fabricación de textiles: Juntas, Empaquetaduras, Placas, aislantes en manta, materiales de estanqueidad..., al menos desde 1943 y que se registro en el RERA en 1986, por el uso del amianto.

Kepa con total desconocimiento del riesgo de ASBESTOSIS y sin protección respiratoria, pese a que la legislación recogía desde 1947 la ASBESTOSIS como enfermedad profesional, Kepa realizaba diariamente un recorrido por las diferentes secciones, para recoger de los encargados, el informe diario de producción y en ocasiones, acompañando a un controlador de tiempos en la nave de producción. MONTERO no realizaba en la época mediciones del ambiente del polvo nocivo, ni reconocimientos médicos. El Reglamento de Seguridad e Higiene, prohibía desde 1957 la exposición a jóvenes menores de 18 años y mujeres de 21, trabajar en ambientes donde se manipulaba el amianto. 

La Inspección de Trabajo en su informe, señala que ya en 1969, la empresa tenía 2 casos de enfermedad profesional, en 1970 7 y en 1971 dos enfermedades profesionales. Por ello, propuso un recargo por falta de medidas de seguridad del 50%, aunque señalaba que la sociedad empresarial se había extinguido. Una vez probada, por ASVIAMIE la existencia de sucesión de empresa, la Inspección de Trabajo rechazo en diciembre de 2019, las alegaciones de la empresa, manifestando: “...Las alegaciones de la empresa carecen de entidad suficiente para destruir la presunción de certeza de que gozan los hechos descritos por la Inspectora que suscribe y, en consecuencia se estima procedente,salvo superior criterio, la desestimación de las alegaciones de la empresa recurrente y la confirmación del presente informe en todos sus extremos...”. Finalmente, el Equipo de Valoración de Incapacidades, así como la Dirección Provincial, opta por un Recargo del 30% con cargo exclusivo a la empresa MONTERO SA, actualmente MONTERO FyE SA, que deberá constituir en la Tesorería General de la Seguridad Social el capital coste necesario para proceder al pago de dicho incremento, durante el tiempo en que aquellas prestaciones permanezcan vigentes.

ASVIAMIE, Asociación vasca de víctimas del amianto manifiesta su satisfacción por la resolución, aunque dilatada en el tiempo, hace justicia a la víctima de las infracciones de seguridad e higiene de MONTERO SA. Ahora bien, si MONTERO FyE recurre la resolución, exigiremos que se aplique el criterio de la Inspección de Trabajo, es decir el 50% de recargo.

Finalmente, ASVIAMIE recuerda, tal como señala la Estrategia Europea de salud y seguridad, la importancia de medidas de prevención en el trabajo, frente a los riesgos que suponen las sustancias peligrosas presentes, particularmente del cáncer de origen laboral, causante del 52% de las muertes, aunque no son inmediatas, las enfermedades y muertes son evidentes, requiriendo extremar las medidas de prevención, que son finalmente rentables para todos.

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