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Barakaldo paga 14.000 euros por la organización de dos mercadillos de bicicletas

Barakaldo, 13 jun 2021. El Ayuntamiento de Barakaldo ha desembolsado 13.624,60 euros para contratar a una empresa que se encargue de la "organización y desarrollo" de dos mercadillos de bicicletas los días 19 de junio y 18 de septiembre de 2021. 

El área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural, dirigida por la concejala Alba Delgado (PSE), ha alegado que no tiene recursos propios y por eso necesita para esta actividad una empresa "especializada".

El contrato no ha salido a proceso público sino que se ha realizado invitación a tres empresas con datos "facilitados" por el técnico municipal de Medio Ambiente. De las tres, dos han presentado ofertas, de las que ha sido seleccionada, por ser la más barata, la de la compañía de Tolosa Artelatz Ingurune Zerbitzuak SL.

Según el área de Medio Natural, "el Ayuntamiento de Barakaldo asume como una de sus objetivos estratégicos hacer de la sostenibilidad una de sus señas de identidad, implicando en ese objetivo a toda la ciudadanía y a todo el tejido económico y empresarial de la ciudad". 

Los mercadillos del 19 de junio y 18 de septiembre se han organización tras el "gran éxito de participación por parte de la ciudadanía barakaldesa" que registró la primera convocatoria, realizada en septiembre de 2020.




Decreto de Alcaldía 2021/005720 del 11 de junio de 2021
Asunto
· CONTRATO MENOR: AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN GASTO
· OBJETO: SERVICIO “ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE MERCADOS DE SEGUNDA MANO DE BICICLETAS Y MOVILIDAD SOSTENIBLE.”
· IMPORTE TOTAL CONTRATO: 13.624,60 €.

Nº REFERENCIA EXP. GASTO: 202100542

Desde el Departamento de Desarrollo Sostenible y Medio Natural se ha promovido el contrato menor de servicios arriba referenciado como una acción de más dentro del compromiso estratégico del Ayuntamiento de Barakaldo en favor de la sostenibilidad, en todos sus aspectos tanto sociales como económicos. En particular, se ha planteado esta iniciativa para fomentar la reducción y reutilización de los desechos como parte de la denominada “economía circular”, dentro del conjunto de competencias de este Área atribuidas por el Decreto de Alcaldía nº 6615/2019, de 17 de septiembre.

Tal y como se indica en el informe de los Servicios Técnicos Municipales (Medio Ambiente) de fecha 2 de junio de 2021, en el que se realiza el planteamiento técnico y estimación económica de la presente licitación, el Ayuntamiento de Barakaldo asume como una de sus objetivos estratégicos hacer de la sostenibilidad una de sus señas de identidad, implicando en ese objetivo a toda la ciudadanía y a todo el tejido económico y empresarial de la ciudad. A este respecto, la reducción y la reutilización de los desechos es uno de los elementos identificativos en la Agenda 2030. En septiembre de 2020 ya se realizó una primera edición del mercado de segunda mano de bicicletas con un gran éxito de participación por parte de la ciudadanía barakaldesa. Por todo lo anterior, se propone la organización de dos mercados de segunda mano monográficos en torno a las bicicletas y la movilidad sostenible, considerando que es una actuación que ayuda a reducir los desechos potenciando la reutilización, permite divulgar el concepto de economía circular por medio de una experiencia práctica y ha tenido gran aceptación entre la ciudadanía en ediciones previas. En este informe, asimismo, y de acuerdo a los objetivos que se proponen conseguir, se proponer la organización y el desarrollo de la actividad referida –mercado de bicicletas y objetos usados- a celebrar los días 19 de junio y 18 de septiembre de 2021. También se plantean en el informe las tareas a realizar y el material a disponer a través de una empresa especializada en este tipo de actividades.

Para la prestación de este servicio ha sido preciso recurrir a medios externos ante la imposibilidad de prestar el mismo desde este Área por no disponer en modo alguno de los medios necesarios para cubrir el servicio, tal y como ya se razonó en los propios pliegos de licitación del contrato. A tal efecto, se han cursado sendas invitaciones, que obran en el expediente, a tres (3) empresas especializadas, cuyos datos han sido facilitados por el citado Servicio Técnico, ya que el importe recogido como precio de licitación para realizar las correspondientes ofertas supera el importe de 6.010,12€ contemplado en el artículo 12.4 de la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria nº 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo nº 211/19/98-5.

Resultando que en dichas invitaciones se recogía el contenido concreto del servicio a prestar por referencia al citado informe técnico que se adjuntaba a la misma. 

En la invitación cursada se establecía, en los términos del citado informe, en el apartado relativo al “Presupuesto máximo de licitación y criterios de adjudicación” se recogía la cantidad de 14.000 €, debiéndose especificar el desglose de aquellos conceptos que tienen IVA (y qué tipo) y aquellas partidas exentas. Y se advertía de que:

“El presente contrato se adjudicará por criterio exclusivamente económico, efectuándose su adjudicación a la oferta que, cumpliendo las prescripciones técnicas que se indican, presente el precio global económicamente más ventajoso teniendo en cuenta el citado presupuesto de licitación máximo. A tal efecto se deja expresa constancia de que no serán objeto de consideración ni la oferta técnica ni una posible valoración individual diferenciada de cada una de los elementos técnicos que constituyen objeto del contrato".

Finalizado el plazo de presentación de ofertas otorgado, se han recibido en el Departamento (medioambiente@barakaldo.eus) las siguientes proposiciones económicas, tal y como se recoge en el informe de necesidad de 9 de junio de 2021):

Licitadores: ORTZADAR, S.L.. (B-48457808)
Presentación oferta: 03/06/202118.25h
Oferta desglose: Total ejecución: 13.195,00 € (IVA no incluido) Total: 15.965,95 € (IVA incluido)

Licitadores: ARTELATZ INGURUMEN ZERBITZUAK (B-20959995)
Presentación oferta: 03/06/20219.05h
Oferta desglose: Carteles: 2.168,00 € (IVA no incluido) Organización: 6.758,00 € (IVA no incluido) / Recursos materiales: 2.334,00 € (IVA no incluido) Total: 11.260,00 € (IVA 21%,.no incluido) Total: 13.624,60 € (IVA incluido)

Licitadores: GALEMYS, S.L. (B-01313766)
Presentación oferta: ---
Oferta desglose: ---

Resultando que, conforme a los informes de los Servicios Técnicos Municipales (Medio Ambiente) de fechas 02/06/2021 y 04/06/2021, se detallan la organización del evento y los medios materiales y humanos que deberá poner a disposición la empresa adjudicataria dentro de un definido Protocolo de Actuación para el desarrollo de dicha acción y se propone la adjudicación del contrato a favor de la empresa ARTELATZ INGURUMEN ZERBITZUAK (B-20959995) por haber presentado la oferta más baja respecto al presupuesto de licitación.

ARTELATZ INGURUMEN ZERBITZUAK (B-20959995) ha presentado una oferta económica fijándose el precio del Servicio en ONCE MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS (11.260 €), al que corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (tipo impositivo 21%) la cantidad de DOS MIL TRESCIENTAS SESENTA Y CUATRO, CON SESENTA CENTIMOS DE EURO (2.364,60 €), lo que determina un total de TRECE MIL SEISCIENTAS VENTICUATRO, CON SESENTA CENTIMOS DE EURO (13.624,60 €).

Queda incorporado al expediente documento contable, que acredita la existencia de la consignación presupuestaria adecuada y suficiente para el gasto previsto.

Resulta de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. 

Resultando que, con fecha 09/06/2021 se ha emitido informe de necesidad a los efectos de dar debido cumplimiento a las exigencias de los apartados primero y tercero del artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP). 

Considerando que según lo dispuesto en el artículo 118.1 de la LCSP, se considerarán contratos menores aquellos cuyo valor estimado sea inferior a QUINCE MIL (15.000,- €), cuando se trate de contratos de suministro o de servicios.

Considerando lo dispuesto en el artículo 29.8 de la LCSP, los contratos menores, no podrán tener una duración superior a un año, ni ser objeto de prórroga. Tal y como establece el artículo 153.2, en los contratos menores definidos en el artículo 118 se acreditará su existencia con los documentos a los que se refiere dicho artículo. 

Considerando que según lo dispuesto asimismo por el artículo 118.1 de la LCSP, en los contratos menores la tramitación del expediente exigirá el informe del Órgano de contratación motivando la necesidad del contrato, requiriéndose asimismo la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de la LCSP establezcan. En cuanto al procedimiento de adjudicación, el artículo 131.3 de la LCSP establece que los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 118. 

Considerando que los contratos menores, según prescribe el artículo 118.4, han de publicarse en el Perfil de Contratante en la forma prevista en el artículo 63.4 de la precitada Ley. Según este último precepto legal, la información relativa a los contratos menores deberá publicarse al menos trimestralmente, en lo relativo a su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario. Se exceptúan de la publicación aquellos contratos cuyo valor estimado sea inferior a cinco mil euros, siempre que el sistema de pago utilizado por los poderes adjudicadores fuera el de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores. 

Considerando que, asimismo, ha de remitirse al Tribunal Vasco de Cuentas una relación de los contratos menores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 335.1 párrafo tercero de la LCSP y asimismo, procede su comunicación al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con el tenor del artículo 346 de la citada LCSP. 

Considerando que además de la normativa citada, es de aplicación la Norma Municipal de Tramitación de los Contratos Administrativos del Ayuntamiento de Barakaldo aprobada por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Extraordinaria nº 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo número 211/19/98-5, así como las Disposiciones Complementarias (1) de dicha Norma aprobadas por Decreto de Alcaldía nº 4615/99, de 16 de agosto de 1999. 

Considerando lo dispuesto en dicha Normativa Municipal, en el sentido de que el documento contable de retención del crédito, el documento contractual se sustituye por la factura que, a su vez, sirve para justificar la prestación realizada por el contratista.

Conforme a lo expuesto, a la vista del expediente tramitado, y en virtud de las facultades que el artículo 61 de la LCSP, atribuye a este Órgano de Contratación, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de dicha Norma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 118 de la LCSP y del artículo 73 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Y vista la propuesta de la Concejala Delegada del Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural, esta Alcaldía Presidencia,

RESUELVE

PRIMERO.- AUTORIZAR EL GASTO relativo a la prestación del Servicio para ejecución del contrato de SERVICIOS denominado “ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE MERCADO DE BICICLETAS Y MOVILIDAD SOSTENIBLE” en el precio de ONCE MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS (11.260 €), al que corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (tipo impositivo 21%) la cantidad de DOS MIL TRESCIENTAS SESENTA Y CUATRO, CON SESENTA CENTIMOS DE EURO (2.364,60 €), lo que determina un total de TRECE MIL SEISCIENTAS VENTICUATRO, CON SESENTA CENTIMOS DE EURO (13.624,60 €), estimándose la oferta presentada correcta y ajustada a los intereses municipales. 

SEGUNDO.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN a favor de la empresa ARTELATZ INGURUMEN ZERBITZUAK (B-20959995) para la prestación del referido contrato en las condiciones de su oferta que se incorpora al expediente.