En azul (500 años de periodo de retorno), amarillo (100) y rojo (10), las zonas inundables |
La actuación contempla levantar cuatro bloques de viviendas. Tres son torres de planta baja y siete alturas, cada torre con alrededor de 38 pisos de precio libre (238.924 euros por el piso tipo de 101,67 metros cuadrados), aunque pueden ser hasta 47. El cuarto edificio es de bajo, nueve alturas y ático, para contener al menos 42 pisos de protección oficial (precio medio de 136.042,36 euros), aunque se estima que serán 54. Las normas urbanísticas municipales autorizaban en principio 345 pisos, 120 de ellos protegidos.
Construcciones CABISA, que ha reactivado el proceso, es la propietaria mayoritaria con el 52,2% del suelo (6.230 metros de derecho de superficie), mientras Herederos de Eleuterio Puertas posee el 47,79% (5.703,73 metros).
Extractos del proyecto
Planeamiento general y ordenación pormenorizada
APROVECHAMIENTO LUCRATIVO TOTAL: 39.670 m2c
EDIFICABILIDAD BRUTA (INC. S.G.): 1,15 m2c/m2s
DENSIDAD BRUTA (INC. S.G.): 100 Viv/Ha
DENSIDAD NETA GLOBAL (EXC. S.G.): No relevante
APROVECHAMIENTO MEDIO: 0,62 M2/M2
Nº VIVIENDAS V.P.O. 35%(120)
COEFICIENTES DE HOMOGENEIZACIÓN (CRUCES RETUERTO):
Residencial Colectivo: 0,54
Residencial de Protección Pública: 0,33
No residencial planta baja: 1
No residencial resto plantas: 0,50
Equipamiento Privado: 0,27
Aparcamiento: 0,30
1. Localización: Se emplaza entre el antiguo Plan de Reforma Interior de Retuerto y el núcleo de baja densidad de Bengolea. Delimita al norte con el PRI 08 Retuerto (NNSS), al sur con el NBD Bengolea y faldas de Espinueta, al este con la BI-4743 (Barakaldo - El Regato) y al oeste con las faldas de Espinueta.
2. Objeto: El objeto de la propuesta del Plan Especial es el cierre o finalización de la reconversión de la zona sur de Retuerto. Se propone un desarrollo residencial de media densidad que prolongue la ordenación del PRI 8 de Retuerto y que incorpore en la urbanización elementos tan significativos como el arroyo de El Regato y su zona verde asociada y la carretera de acceso a El Regato.
[…]
El Plan Especial de Reforma Interior que desarrolla las determinaciones globales del Planeamiento General para esta zona, fue aprobado DEFINITIVAMENTE por el Ayuntamiento de Barakaldo mediante Acuerdo Plenario nº 69/05/2008-12 de fecha 27 de Mayo de 2008,. Publicado en el B.O.B nº 83, de fecha 02/05/08 y en el diario EL CORREO el 23/04/08.
El desarrollo del P.E.R.I. 01 Retuerto supondrá la finalización de la reconversión de uso industrial a residencial de la zona sur de Retuerto prevista por el planeamiento. Su conveniencia queda especialmente justificada una vez que se han ejecutado el P.E.R.I. 08 Retuerto y el P.E.RI. 02 La Paz, áreas de suelo urbano directamente colindantes y que actualmente se encuentran finalizadas o en fase de edificación avanzada.
El PERI 01 Retuerto, establece que todo el ámbito forma una única actuación integrada a desarrollar por un único Programa de Actuación Urbanizadora, que se regirá por lo establecido en los artíulos 152 y ss de la Ley 2/06.
Los trámites de Aprobación inicial del PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA (en adelante PAU), se iniciaron el 4 de Abril de 2008, fecha de presentación en el Registro General del Ayuntamiento de Barakaldo.
El PEOU ha dividido la Actuación Integrada en cuatro Unidades de Ejecución, A. B, C y D. El PAU no modifica la delimitación prevista, regulando y organizando su desarrollo y ejecución.
Transcurridos más de diez años desde que por Decreto nº8956 de 05/12/2008 se aprobara inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución PERI01.A de Retuerto, tiempo durante el cual han resultado aprobados definitivamente el Programa de Actuación Urbanizadora del ámbito PERI01 Retuerto (BOB 14/09/2009) y el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE.A del PERI01 Retuerto (BOB 09/06/11), se hace necesario presentar texto refundido del Proyecto de Reparcelación en su día objeto de aprobación inicial que recoja la configuración actual de la propiedad tras las transmisiones operadas de conformidad con lo previsto en el artículo 98.3 del Reglamento de Gestión Urbanística en relación con el artículo 58 de la Ley de Expropiación Forzosa, contenga la valoración actualizada de los bienes y derechos objeto de equidistribución urbanística.
Sistema de actuación urbanística
EL PAU confirma el sistema de COOPERACIÓN para las Unidades de Ejecución comprendidas en el ámbito del PERI 01 de Retuerto.
La Unidad de Ejecución A comprende toda la franja de terrenos situados en el frente de la carretera BI-4743 que incluye las fincas aportadas F1 a F34. Quedan dentro de sus límites las denominadas parcelas resultantes P1 a P4 y los espacios públicos de vialidad perimetral a los bloques y plaza interior que formarán el grueso de su cesión de suelo obligatoria y carga urbanizadora.
En principio, está previsto que la Unidad de Ejecución A se desarrolle en primer lugar y ejecute gran parte de la urbanización de cesión al espacio público de superficie dura, en concreto la ampliación de la carretera BI-4743 con la rotonda e inicio del vial de interior, el vial que separa el PERI 01 del PERI 08 y la plaza interior. Con esta actuación prácticamente quedan solucionados los accesos, conformada la calle que va al Regato y configurado el espacio de encuentro principal, al que vuelcan la mayoría de las viviendas.
La delimitación de esta Unidad de Ejecución A permite que las industrias que quedan en segunda línea sigan funcionando con normalidad y deja preparada la urbanización para que una vez trasladadas las empresas pueda ejecutarse la edificación de la Unidad de Ejecución B de manera paralela al vial que les da acceso.
Existen en el ámbito de la Unidad diversas edificaciones industriales que habrán de ser objeto de demolición en ejecución de las previsiones de Ordenación. Concretamente, las edificaciones que no podrán ser conservadas en ejecución del Planeamiento, de conformidad con lo previsto por el Art. 98 del Reglamento de Gestión Urbanística, son las siguientes:
- Dos edificaciones industriales ubicadas sobre la parcela aportada F1, propiedad de la mercantil CONSTRUCCIONES CABISA, S.A. (Propietario A), sobre la que se desarrolla actividad de alquiler de maquinaria y material de construcción
- Edificio industrial ubicado sobre la parcela aportada F2, propiedad de los herederos de Eluterio Puertas Cantera y Aurora Soto Mateo (Propietario B), en régimen de gananciales, sobre la que se desarrolla actividad de guardamuebles y mudanzas
- Edificio industrial ubicado sobre la parcela aportada F3 propiedad de Construcciones Cabisa, S.A. (Propietario C), en la que se desarrolla actividad de almacén de ropa de segunda mano.
La ordenación pormenorizada aprobada definitivamente es la siguiente: “Los tres bloques de viviendas (P1, P2 y P3) de vivienda libre se sitúan junto a la carretera BI-4.743 conforman la calle que conduce al Regato, y tienen una altura de B+7, similar al nuevo edifico del P.E.R.I. 02 La Paz, que se sitúa al otro lado de la calle. Las planta bajas de los mismos deberán quedar obligatoriamente rodeados de jardín privado y además contarán con un ajardinamiento público hacia la carretera al Regato. Estos jardines junto con el arbolado de la calle crearán una pantalla verde que acompañará al peatón a lo largo de la misma. Entre los bloques se crearán amplios pasos hacia la plaza o espacio central interior.
El otro bloque (P4) de VPO, tiene una altura de B+9+A, y está dispuesto de forma perpendicular a los anteriores, cerrando la plaza central. La planta baja se destina a viviendas con jardín.
En el bajo rasante los garajes se distribuyen de la siguiente manera: los tres bloques que dan a la BI-4.743 y el bloque de VPO enfrentado tienen una planta de sótano continua previéndose una rampa de acceso al sur y otra al norte.
Esta distribución libera un gran espacio central de espacio libre con un carácter urbano, a modo de plaza rodeada de edificios que se espera se convierta en el aglutinador de la vida social del barrio”.
“La Unidad de Ejecución A comprende toda la franja de terrenos situados en el frente de la carretera BI-4.743 que incluye las fincas F1 a F3. Quedan dentro de sus límites las parcelas resultantes P1 a P4 y los espacios públicos de vialidad perimetral a los bloques y plaza interior que formarán el grueso de su cesión de suelo obligatoria y carga urbanizadora.”
[…]
Finca Nº 1
Titular: CONSTRUCCIONES CABISA, S.L.
Descripción: Parcela de terreno sito en la VEGA DE LABASTIDA, de BARAKALDO, de cabida dos mil cuatrocientos cincuenta y ocho metros y treinta y seis decímetros cuadrados. Linda: al Norte, calle particular; Sur, Río Castaños; Este, porción segregada; y al Oeste, finca de Mariano Otalora Lasuen. Referencia catastral número fijo: U0000173S.
La finca no se halla coordinada gráficamente con el Catastro, en los términos del Artículo 10 de la Ley Hipotecaria (Ley 13/2015 de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria)
Título: Pleno dominio por título de compraventa en virtud de escritura pública de fecha 06.02.2020, otorgada por el notario de Las Arenas Getxo, D. Mariano Javier Gimeno Gómez- Lafuente con el nº 314 de su protocolo.
Inscripción: Tomo 1764, libro 1384 de Barakaldo, folio 55, finca 20701, Inscripción 13ª.
Cargas y gravámenes: ART.8 del R.D. 9/2005 MEDI con fecha 7 de junio de 2011 se expidió certificación de titularidad y estado de cargas de esta finca, a virtud del expediente para la declaración de calidad del suelo correspondiente a la Unidad de Ejecución A del PERI 01 Retuerto del término de Barakaldo, que tramita el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, el cual fue iniciado con fecha 16 de Julio de 2010 a instancia de Promociones Datardi S.L.; Mudanzas Puertas y Construcciones Cabisa S.A., de conformidad al párrafo primero del apartado 2 del artículo 8 del R.D. 9/2005 del 14 de enero.
AFECCIÓN. Esta finca queda afectada por CUATRO AÑOS, al pago de las liquidaciones que eventualmente puedan girarse por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y A.J.D., por haberse declarado provisionalmente exenta. Barakaldo, a 17 de octubre de 2018.
Finca Nº 2
Titular: Herencia yacente de Eluterio Puertas Cantera, con DNI Xxxx y su viuda, Xxxxx, con carácter ganancial. Se presumen herederos de Eleuterio Puertas Cantera, fallecido el 02/06/2014, su viuda y sus hijos, O, I y A.
Descripción: Parcela de Terreno en la Vega de la Bastida de Barakaldo. Mide Seis mil ciento setenta y siete metros y sesenta y dos decímetros cuadrados. Linda: Al Oeste, con resto de finca principal, Este, con porción segregada; Norte, con parcela de esta misma procedencia adquirida por el señor Baqué Delclaux; y Sur, con resto de finca de donde procede, teniendo por este lindero ocho metros de ancho. Sobre parte de la misma se halla un Pabellón industrial, sito en la zona industrial de Bengolea del barrio de Retuerto, de Barakaldo. Está destinado a taller de reparación y guardería de camiones propios. Ocupa un área solar de mil setecientos ochenta y cinco metros y noventa y seis decímetros cuadrados. Linda por todos sus puntos con terreno propio, salvo por el norte que linda con toro pabellón industrial de cooperativa de alimentación. Consta el pabellón de planta baja, donde se hallan la nave central, el almacén, vestuarios, aseos del personal; una entreplanta donde se hallan ubicadas las oficinas, tienen una extensión superficial de sesenta y un metros cuadrados y la vivienda del guarda sesenta y dos metros cuadrados aproximadamente, existe en la planta superior bajo la cubierta un camarote. Los elementos portantes del pabellón están construidos por pórticos metálicos de alma llena con empotramiento en las bases, tipo normalizado por la casa Thomas Conder, las luces entre ejes son de 24 metros y la distancia entre los pórticos consecutivos de seis metros, las correas son de perfil en frío tipo Z que soportan una cubierta realizada con placas de fibrocemento y material aislante por su cara inferior Los cierres laterales son de ladrillo caravista en su parte baja y plancha ondulado PVC en la zona de pabellón; ladrillo cara vista, con cámara de aire en oficinas y viviendas. El resto de los cierres se realiza con puertas metálicas levadizas que permiten el acceso de los camiones al pabellón.
La finca no se halla coordinada gráficamente con el Catastro, en los términos del Artículo 10 de la Ley Hipotecaria (Ley 13/2015 de 24 de Junio, Reforma de la Ley Hipotecaria).
Titular Registral: Eluterio Puertas Cantera, y Xxxxx. 100,00% (TOTALIDAD) del pleno dominio con carácter ganancial por título de compraventa.
Formalizada en escritura con fecha 14/12/1994, autorizada en BILBAO, por DON IGNACIO LINARES CASTRILLÓN, nº de protocolo 4.421.
Título: Pleno dominio por compraventa con carácter ganancial en virtud de escritura pública de fecha 14.12.1994, otorgada por el Notario de Bilbao D. Ignacio Linares Castrillón, con el nº 4421 de su protocolo.
Inscripción: Tomo 883, libro 673 de Barakaldo, folio 221, finca 20709, Inscripción 5ª.
Cargas y gravámenes: Servidumbres constituidas en las inscripciones 4ª, 5ª, 6ª y 7ª de la finca 20695, obrantes a los folios 62,63 y 64 del tomo 390, libro 304 de Barakaldo, como predio sirviente de la finca 20695.
ART.8 del R.D. 9/2005 MEDI con fecha 7 de junio de 2011 se expidió certificación de titularidad y estado de cargas de esta finca, a virtud del expediente para la declaración de calidad del suelo correspondiente a la Unidad de Ejecución A del PERI 01 Retuerto del término de Barakaldo, que tramita el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, el cual fue iniciado con fecha 16 de Julio de 2010 a instancia de Promociones Datardi S.L.; Mudanzas Puertas y Construcciones Cabisa S.A., de conformidad al párrafo primero del apartado 2 del artículo 8 del R.D. 9/2005 del 14 de enero.
Finca Nº 3
Titular: CONSTRUCCIONES CABISA, S.A.
Descripción: Terreno en la Vega de la Bastida de Barakaldo. Tiene una cabida real de tres mil ciento ochenta y un metros con cinco decímetros cuadradas. Linda: Norte, Sur y Oeste, con Propiedad de Construcciones Industriales Baracaldesas, S.L.; y al Este, con porción segregada. Sobre parte del mismo se halla construido lo siguiente: PABELLÓN –ALMACEN, situado en la calle Amézaga, sin número de gobierno en la Vega de La Bastida, carretera de Retuerto al Regato, del término municipal de Barakaldo. Tiene sus anexos y dicho pabellón almacén se destina fundamentalmente a almacenaje y preparación de artículos de alimentación y al almacenaje de aparatos electrodomésticos. Dicho pabellón o nave general, que consta de una sola planta, mide aproximadamente unos mil ocho metros cuadrados. En su parte Oeste o posterior, existe un muelle cubierto por una marquesina, para carga y descarga, que de unos setenta y cinco metros cuadrados. En su parte Estoe o delantera, existe otro muelle cubierto por una marquesina, secundario, para la carga y descarga y un paso cubierto que comunica el pabellón con los anexos. Mide todo ello unos veintidós metros cuadrados. Como anexo, se encuentra un edificio de dos plantas: en la planta baja están ubicadas la sala de preparación y envasado de productos alimenticios y el frigorífico, todo lo cual mide aproximadamente doscientos seis metros cuadrados. En esta planta existe una terraza descubierta de uno treita metros cuadrados, y el techo de esta primera planta lo forma otra terraza que mide unos ciento setenta metos cuadrados. Alrededor de dicho pabellón y edificio, exite un patio de conexión, cercado, que medirá unos mil trescientos setenta y un metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, y el resto de la superficie de la parcela de terreno, quinientos cuarenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, se halla destinada a viales. En resumen lo edificado mide mil setenta y un metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados y lo ocupado por viales quinientos cuarenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Todo igual a lo que hace la parcela trs mil ciento ochenta y un metros con cinco decímetros cuadrados. Tiene los limos linderos que la parcela de terreno. Su construcción es: en pabellón, estructura de hormigón armado, pilares y vigas metálicas, y el cerramiento de la cubierta de chapa vulcanizada la prelavada, al igual que el cerramiento vertical, más la inclusión de una lámina aislante pegada, en cuya cubierta va distribuida la chapa traslúcida de iluminación cenital. Y en el edificio anexo, estructura de hormón armado en cuanto a pilares y vigas, cerramientos de caravista con cámara de aire y terminación, de cubierta con elastómeros o similar y rematados con baldosín catalán. Referencia catastral número fijo: U8807807R.
La finca no se halla coordinada gráficamente con el Catastro, en los términos del Artículo 10 de la Ley Hipotecaria (Ley 13/2015 de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria).
Título: 100% del pleno dominio por título de compraventa formalizada en escritura con fecha 28/12/2000, autorizada con el Notario de Las Arenas D. Mariano Javier Gimeno Gómez Lafuente, con el nº 3416 de su protocolo.
Inscripción: Tomo 1160, libro 878 de Barakaldo, folio 116, finca 20697, Inscripción 5ª.
Cargas y gravámenes: Le afecta la servidumbre de paso constituida en la inscripción 1ª.
ART.8 del R.D. 9/2005 MEDI con fecha 7 de junio de 2011 se expidió certificación de titularidad y estado de cargas de esta finca, a virtud del expediente para la declaración de calidad del suelo correspondiente a la Unidad de Ejecución A del PERI 01 Retuerto del término de Barakaldo, que tramita el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, el cual fue iniciado con fecha 16 de Julio de 2010 a instancia de Promociones Datardi S.L.; Mudanzas Puertas y Construcciones Cabisa S.A., de conformidad al párrafo primero del apartado 2 del artículo 8 del R.D. 9/2005 del 14 de enero.
Esta finca queda afectada por CUATRO AÑOS, al pago de las liquidaciones que eventualmente puedan girarse por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados, habiéndose satisfecho la cantidad de DOS MIL SESENTA Y OCHO EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS por autoliquidación. Barakaldo, a 7 de Marzo de 2018.
GRAVADA con una HIPOTECA UNILATERAL a favor de la “DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA”, para garantizar un aplazamiento de pago de deuda concedido, con sujeción a lo siguiente: El aplazamiento devengará el tipo de interés de demora aplicable del TRES COMA SETECIENTOS CINCUENTA POR CIENTO 3,750% anual según dispone el Artículo 26.3 dfe la Norma Foral General Tributaria, modificado por la Norma de Presupuestos Anual. Siendo el importe de los intereses de demora correspondientes a los primeros ocho plazos mensuales, desde el 25 de mayo de 2018 hasta el 25 de diciembre de 2018, la cantidad total de TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON TRECE CENTIMOS OCHOCIENTOS SESENTA EUROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS 1206.860,52. La garantía de la presente hipoteca, cubre la suma total, la deuda aplazada, incluido el interés de demora liquidado, más un 25%. El fraccionamiento concedido es en CINCUENTA Y NUEVE 59 pagos mensuales, el primero de fecha 25 de mayo de 2018 y el último de 25 de marzo de 2023. Se fija como vencimiento de la hipoteca el periodo máximo para el abono de las mensualidades pactadas, es decir el 25 de marzo de 2023. Formalizada en escritura autorizada por el Notario de Getxo, Don Mariano Javier Gimeno Gómez-Lafuente, el día 23 de Julio de 2018, número 1727/2018 de protocolo, habiendo causado la inscripción 8ª vigente al folio 118 del libro 878, tomo 1.160, con fecha de 27 de Septiembre de 2018.
GRAVADA con una HIPOTECA UNILATERAL a favor de la "DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA", para garantizar un aplazamiento de pago de deuda concedido, con sujeción a lo siguiente: El aplazamiento devengará el tipo de interés de demora aplicable del TRES COMA SETECIENTOS CINCUENTA POR CIENTO 3,750% anual según dispone el Artículo 26.3 de la Norma Foral General Tributaria, modificado por la Norma de Presupuestos Anual. Siendo el importe de los intereses de demora correspondientes a los primeros ocho plazos mensuales, desde el 25 de mayo de 2018 hasta el 25 de diciembre de 2018, la cantidad total de SEIS MIL OCHOCIENTOS NUEVE EUROS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS 6.809,34. El importe de la deuda tributaria con la Hacienda es por un importe total de DOSCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON VEINTIUN CENTIMOS 270.353,21. La garantía de la presente hipoteca, cubre la suma total, la deuda aplazada, incluido el interés de demora liquidado, más un 25%. El fraccionamiento concedido es en CINCUENTA Y NUEVE 59 pagos mensuales, el primero de fecha 25 de mayo de 2018 y el último de 25 de marzo del 2023. Se fija como vencimiento de la hipoteca el período máximo para el abono de las mensualidades pactadas, es decir el 25 de marzo de 2023. Formalizada en escritura autorizada por el Notario de Getxo, Don Mariano Javier Gimeno Gómez-Lafuente, el día 23 de Julio de 2018, número 1726/2018 de protocolo, habiendo causado la Inscripción 9ª vigente al folio 142 del libro 1.595, tomo 2.026, con fecha 27 de Septiembre de 2018.
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Segundo Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución «UE.A» del PERI 01 Retuerto.
Por Decreto número 605 de 27 de enero de 2021 se aprueba inicialmente el Segundo Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución «UE.A» del PERI 01 Retuerto, abriéndose un periodo de información pública de 20 días desde la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia», durante el que podrá ser examinado el proyecto y presentarse alegaciones.
La documentación se encuentra publicada en la página web del Ayuntamiento de Barakaldo: www.barakaldo.eus (Sede Electrónica / Información de interés / Tablón de anuncios / Tablón electrónico municipal) (URL: https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/detalleAnuncio.do?codAnuncio=90).
En Barakaldo, a 3 de febrero de 2021.—
La alcaldesa,
Amaia del Campo Berasategui
Decreto de alcaldía 2021/000605
D. José Antonio RG, con DNI: XXX, en representación de la mercantil “Contrucciones CABISA, S.A.”, con domicilio a efectos de notificación en Barakaldo, c/ Nafarroa Xxxx, presenta en el Registro General con número 11.327 y fecha de 6 de mayo de 2020, el documento “Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución A del PERI 01 Retuerto (Texto Refundido)” en su condición de propietario de las fincas 20.697 y 20.701 correspondientes a la F1 y F3 del ámbito. El documento firmado el 23 de abril de 2020, ha sido redactado por Juan de Lecea Aguirre, abogado y la arquitecta Arantza Ruiz de Velasco Artaza.
Vistos los siguientes antecedentes:
- El PGOU delimita el ámbito de planeamiento PERI 01 Retuerto para el que fija el sistema de Cooperación.
- El PERI del ámbito se aprueba definitivamente el 27 de marzo de 2008 mediante acuerdo plenario nº 5, publicado en el BOB nº 83, con fecha 02/05/08. El documento divide en ámbito en cuatro unidades de Ejecución, UE.A, UE.B, UE.C y UE.D.
- Con fecha 5 de diciembre de 2008 se aprueba inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución UE.A del PERI 01 Retuerto (BOB núm. 7 del 13/01/2009).
- Por Decreto núm. 6952 del 25 de agosto de 2009 se aprueba definitivamente el Programa de Actuación Urbanizadora del ámbito PERI 01 Retuerto. (BOB nº 175 del 14/09/2009). El documento confirma el sistema de Cooperación.
- El Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE.A del PERI 01 Retuerto fue aprobado definitivamente mediante Decreto de Alcaldía nº 4.863, el 27 de mayo de 2011 (BOB 09/06/11).
Resultando que el expediente de reparcelación inicial no se concluyó en su día, y en consideración del tiempo transcurrido que ha motivado cambios respecto de las condiciones existentes en aquel momento, no se entiende el documento presentado como Texto Refundido sino más bien como un nuevo Proyecto de Reparcelación que denominamos como “Segundo Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución A del PERI 01 Retuerto”, y que se ha de someter a nueva tramitación.
Vista la acreditación de la titularidad y situación de las fincas iniciales mediante certificación del Registro de la Propiedad de dominios y cargas.
Visto el expediente, documentación presentada e informe elaborado por los Servicios Técnicos Municipales de fecha 26 de enero de 2021, así como lo previsto en los arts. 42 y ss de la Ley del Parlamento Vasco 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, y correspondiendo la aprobación inicial a la Alcaldesa, según establece el art. 21.1.j. de la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar inicialmente el “Segundo Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución “UE.A” del PERI 01 Retuerto” en las condiciones recogidas en el informe técnico municipal de 26/01/2021 que se trasladará a los interesados.
SEGUNDO.- Notificar a los afectados que figuran en el proyecto el presente acuerdo junto con el citado informe de los servicios técnicos municipales de 26 de enero de 2021, advirtiéndoles que en caso de que no formulen alegaciones en el plazo de 20 días desde la notificación, se entenderá que prestan su conformidad al proyecto en los extremos que les afectan.
TERCERO.- Abrir periodo de información pública para la formulación de alegaciones por plazo de 20 días, publicando anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, un diario de los de mayor difusión y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica Municipal. El anuncio servirá de notificación a los afectados con domicilio desconocido.
CUARTO.- Devolver el expediente al Departamento de Urbanismo.
Lo manda y firma la Sra. alcaldesa, en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la Jefatura del Servicio Jurídico de Urbanismo y el concejal delegado del Área de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística.
Conforme
JEFATURA DEL SERVICIO JURÍDICO DE URBANISMO
EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE VIVIENDA, PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN URBANÍSTICA
Juan Antonio Pizarro Furones
LA ALCALDESA
Amaia del Campo Berasategui