publicidad

Concentración de la Plataforma de Pensionistas de Barakaldo

Barakaldo, DIA MES 2021.Comunicado. La Plataforma de Pensionistas de Barakaldo hemos vuelto de nuevo hoy 10 de febrero de 2021 a la Herriko Plaza, y hemos dado lectura a un comunicado sobre la Brecha de Género en las Pensiones, otro punto prioritario en nuestra tabla reivindicativa.

Tambien hemos repartido octavillas, advirtiendo del peligro que para el Sistema Público de Pensiones suponen los Planes Privados de Empresa, e información sobre las Pensiones Mínimas

Continuamos en contacto con diferentes coordinadoras y plataformas de todo el Estado por una Unidad de Acción que nos permita frenar las medidas qué en materia de pensiones, el ministro Escrivá, pretende llevar cabo en la mesa de Diálogo Social, con la necesaria colaboración de CCOO, UGT y el Gran Capital.

Nuestra propuesta para los sindicatos que han comenzado ha movilizarse es la siguiente:

  • Rechazamos que toda la capacidad normativa y fiscal del Gobierno Central la utilice para socavar y recortar recursos de la Caja Común de la Seguridad Social, para dirigirlos a incentivar y promover los planes privados individuales de empleo (en Euskadi EPSVs), qué son de capitalización y vinculados a la negociación colectiva de empresa o sectores.
  • Reclamamos una vez más, a los Sindicatos firmantes y promotores (CCOO y UGT a nivel Estatal; ELA y LAB a nivel de Euskadi), con independencia de que estén o no en el Diálogo Social de este Sistema Previsional, que lo saquen de sus agendas sociales, que se abra el debate público llamando a la participación social para saber si hay demanda social y hacia dónde se dirige esta: Al modelo de Reparto o al modelo de Capitalización.

REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO EN LAS PENSIONES.

 La mal llamada brecha de género en las pensiones se produce por diferentes motivos: 
- En las pensiones contributivas se debe al trato igualitario , y se calcula de la misma manera para hombres y mujeres, así que no podemos alegar discriminación

Para calcular una pensión contributiva se tienen en cuenta los años cotizados, la base para el cálculo y la edad de jubilación. En ningún caso se tiene en cuenta el sexo

- En las pensiones no contributivas no se tienen en cuenta ese tipo de factores para calcularlas y tampoco se diferencia entre hombre o mujer, por lo tanto, no existe discriminación alguna

La injusticia y el error es otro

Consideramos que es trabajo aquello que se remunera, y no es cierto. Trabajo es el conjunto de actividades que son realizadas con el objetivo de alcanzar una meta, solucionar un problema o producir bienes y servicios para atender las necesidades humanas

Y, si visualizamos qué es trabajo desde el punto de vista económico, vemos que es la cantidad de horas que dedica una persona para hacer una actividad de índole productivo, como la generación de bienes o servicios

Trabajo y empleo no siempre significan lo mismo

Trabajo es una tarea que no necesariamente da al trabajador o trabajadora una retribución económica
Pues bien, hay trabajos que nunca han sido reconocidos con una retribución económica

Dentro de este tipo de trabajos se encuentran los realizados por personas que colaboraron en pequeños negocios familiares, incluso que los realizaron por su cuenta (costura, plancha, campo, pesca…) y que, por costumbre o porque ni siquiera se consideró trabajo en aquel tiempo, no se contempló siquiera la posibilidad de darse de alta en la seguridad social

A este trabajo unimos el más importante de todos, tanto para la familia como para el conjunto de la sociedad: El de reproducción y cuidados. Este trabajo ha sido realizado, mayoritariamente, por mujeres
De estos dos tipos de trabajos , reproducción y cuidados, procede la brecha de género en las pensiones, no de un cálculo indebido, sino de LA FALTA DE VALORACIÓN de un trabajo no considerado como generador de derecho a una vejez digna

 Es en este punto en el que centramos nuestra REIVINDICACIÓN:

 Que se valore el trabajo realizado para tener derecho a una PENSIÓN DE JUBILACIÓN digna y suficiente. Y también que esta sea calculada, única y exclusivamente, para la persona, independientemente de la unidad familiar a la que pertenezca ya que es un derecho personal

- Esta pensión, al no estar asociada a una base de cálculo por no tener referencias para ello, ha de establecerse, como NO CONTRIBUTIVA e igualarse al SMI actual

- Esta pensión ha de ser vitalicia y no ser dependiente de la situación económica familiar, ya que es un DERECHO generado por una persona en particular

¡GOBIERNE QUIEN GOBIERNE LAS PENSIONES SE DEFIENDEN!