El Consistorio rechazó inicialmente pagar a los damnificados, pero finalmente la justicia ha obligado a indemnizar a los ocupantes del ciclomotor, que el 21 de mayo de 2018 sufrió una caída en la BI-739 en dirección carretera Nacional 634 como consecuencia de introducir la rueda en un socavón de la calzada.
Resolución de la Junta de Gobierno Local de Barakaldo
Propuesta de aprobación, si procede, de la indemnización a favor de D. GONZALO y D. JON a la vista del contenido dispositivo de la sentencia nº 120/2020 del 15 de septiembre del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Bilbao, por la que se resuelve el recurso contencioso-administrativo presentado por daños personales y materiales sufridos en siniestro ocurrido por caída de un ciclomotor en la BI-739.-
A la vista del contenido dispositivo de la sentencia nº 120/2020, dictada con fecha 15 de septiembre de 2020 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Bilbao, por la que se resuelve el recurso contencioso-administrativo presentado por D. Gonzalo y por D. Jon contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local con fecha de 07 de febrero de 2020 por el que se desestimaba su reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños personales y materiales sufridos en siniestro ocurrido el día 21 de mayo de 2018 en por caída de un ciclomotor en la BI-739 en dirección N-634 como consecuencia, según sus declaraciones, de introducir la rueda en un socavón de la calzada, y teniendo en cuenta que, según dispone el artículo 118 de la Constitución, resultan de obligado cumplimiento las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como que la resolución de este tipo de reclamaciones es competencia de la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con la delegación competencial efectuada por la alcaldía mediante decreto nº 08609 de fecha 5 de diciembre de 2019 en el punto 9 de su apartado primero, a propuesta el concejal delegado del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Contratación, la Junta de Gobierno Local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar la indemnización por importe de 296,41 € a favor de D. GONZALO (D.N.I. nº xxxx) y de 1.918,00 € a favor de D. JON (D.N.I. nº xxxx).
SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a D. Gonzalo y a D. Jon , en el despacho del letrado D. Víctor Olmos Chicos con domicilio en Bilbao, Calle Juan de Ajuriaguerra, 9, 02, con indicación expresa de las acciones que, si lo estima oportuno, podrá interpone ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Bilbao.
TERCERO.- Dése traslado a la Intervención Municipal de Fondos y a la Asesoría Jurídica y devuélvase el expediente al Servicio de Patrimonio.