[…] Artículo 1.—Objeto Es objeto de la presente normativa la regulación del procedimiento para la selección de personal funcionario interino en la Diputación Foral de Bizkaia y de los criterios de gestión de las listas de contratación, así como de las bolsas de trabajo, tanto resultantes de procesos selectivos propios como de las que, eventualmente, pudieran ser cedidas por otra Administración.
[…] Artículo 35.—Criterios para la solicitud de listas
- Con objeto de cumplir lo previsto en el artículo 8.1.2.º de esta btiva, en virtud del principio de colaboración entre administraciones públicas y de conformidad con lo dispuesto en la normativa foral relativa a la selección en la Diputación Foral de Bizkaia como personal funcionario interino de personas procedentes de bolsas de trabajo cedidas por otras administraciones públicas, se podrán solicitar listas de contratación a otras administraciones cuando no sea posible la selección de personal interino de una categoría utilizando las listas de contratación propias.
- La Diputación Foral de Bizkaia solicitará listas de contratación a otras administraciones, siempre que el régimen jurídico de las mismas no lo impida, de acuerdo con los siguientes criterios de preferencia establecidos en la normativa foral vigente sobre la materia:
a) Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS).
b) Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP).
c) Diputación Foral de Gipuzkoa y Álava.
d) Osakidetza para puestos del sector sociosanitario.
e) Ayuntamiento de Bilbao.
f) Ayuntamientos de Barakaldo y Getxo y Ayuntamientos de San Sebastián y Vitoria.
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