Barakaldo, 17 nov 2018. El equipo de Gobierno (PNV) del Ayuntamiento ha autorizado el derribo del edificio número 12 de la calle Ocho de Septiembre en el barrio de Burtzeña, un inmueble construido en 1910 y que el Consistorio, que decretó en marzo la orden para echar abajo el bloque, considera que está en situación de "precariedad" y ha sido declarado en "ruina económica". La demolición debe estar completada antes del 23 de diciembre.
El bloque, de bajo y tres alturas, es una "construcción de muros de carga de mampostería en sus plantas baja y primera, y estructura interior mediante forjados y pórticos de madera". La estructura de las plantas segunda y tercera es de madera, el cierre de fachada es de ladrillo y la cubierta y el alero son de madera con cobertura de teja cerámica árabe, según consta en el acuerdo del Gobierno local.
El plan general de ordenación urbana contempla para esta zona de la calle Ocho de Septiembre un plan especial de reforma interior que "deberá proponer una ordenación acorde con el ámbito de Calero de modo que se garantice una conexión a cota con la urbanización que permita complementar la vialidad propuesta en Calero". El equipo de Gobierno (PNV) actual promueve una operación inmobiliaria privada de 550 pisos en El Calero.
La casa está situada sobre suelos que están incluidos en el inventario de suelos contaminados, pero el Ayuntamiento exime de la limpieza o de medidas especiales en este terreno con el argumento de que el bloque fue levantada hace 108 años. Sin embargo, sí se constata que hay tuberías con el elemento cancerígeno amianto —fibrocemento— por lo que se deben cumplir las normas de manipulación de estos materiales.
"Es un mero derribo que no comporta excavaciones de tierras ni implantaciones de nuevo usos, que se ha dedicado a uso de viviendas en el último siglo, que los elementos a demoler son los propios de un uso residencial sin que se hayan detectado depósitos, conducciones u otros similares propios de actividades potencialmente peligrosas", señala la resolución.
Procedimiento de derribo, según el acuerdo del Gobierno municipal
"De forma general, dadas las características y dimensiones de este edificio, el método a emplear será la demolición por colapso mediante empuje de máquina, combinando por un lado la ruptura de elementos resistentes de mampostería (muros perimetrales) mediante máquina percusora y por el otro lado, el colapso por empuje de maquinaría de gran potencia. Los elementos estructurales de madera se colapsarán igualmente por empuje de máquina, pudiendo ser necesario el corte con herramienta manual de zonas de unión, nudos o elementos de refuerzo. Se seguirá un proceso inverso a la construcción del edificio, con el levante previo de los materiales de cubierta, así como un desmontaje manual de elementos de cerrajería y carpinterías exteriores, para proceder posteriormente a una demolición global, limpia y segura. Una vez en el suelo, se terminarán de trocear las piezas grandes hasta obtener cascotes y trozos manuales, fácilmente manipulables y cargables. Finalmente, se procederá a la retirada del escombro" […]
En cuanto ala anulación de las instalaciones existentes:
* Para la desconexión de los servicios públicos de los inmuebles será necesario ponerse en contacto con los servicios municipales correspondientes.
* Para los privados, luz, gas y telecomunicaciones, se presentará un certificado por escrito de las distintas compañías suministradoras de inexistencia del servicio correspondiente.
b) Durante la obra:
- Observará las condiciones de la Autorización del Director de la Administración Ambiental que se adjuntan al presente acuerdo.
- Con el fin de evitar roturas en las instalaciones correspondientes a los servicios municipales de abastecimiento de agua, alumbrado, saneamiento, etc., y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 66.4 de la Normativa Urbanística Municipal, en caso de utilización de la acera para el paso de maquinaria y camiones, ésta deberá ser perfectamente protegida por chapas metálicas o losa de hormigón. En todo caso, el paso contará con las correspondientes medidas de seguridad.
- El derribo se realizará evitando, en lo posible, la emisión de polvo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Protección del Medio Ambiente de la Contaminación Atmosférica, cuando no sea posible canalizar las emisiones, deberán adoptarse medidas para que a una distancia de 2,5 metros en horizontal desde el límite físico del espacio en que se realiza la actividad, la calidad del aire se mantenga dentro de los límites señalados.
- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65 de la Normativa Urbanística Municipal, no se depositarán escombros en la vía pública, manteniendo en todo momento limpia la calzada. El titular de la licencia será el único responsable del correcto mantenimiento de la calle por la que discurre (cl Portu), debiéndose encontrar ésta limpia en todo momento. Para ello, tomará las medidas necesarias (barredoras, camiones limpiadores, personal de limpieza, etc... ). En caso contrario, se mandará paralizar los trabajos hasta la subsanación.
- El desescombro se realizará desde el interior del solar con camión cargado, que se incorporará a la vía pública por el lugar que indique el Servicio Municipal de Infraestructuras en el replanteo, señalizando dicha salida adecuadamente.
- Cualquier instalación que sufra roturas se deberá reponer, garantizando el correcto uso de la misma.
- Todo el mobiliario urbano, señales de tráfico, etc., afectado por la ocupación de instalaciones exteriores necesarias para realizar la obra deberán ser recogidos y, una vez finalizado el derribo, reinstalados.
c) Al finalizar las obras, y en el plazo de un mes a computar desde su conclusión, deberá aportar:
- Certificación y Liquidación Finales (por partidas) de las obras, sus facturas y fotografías ilustrativas de la intervención.
- Informe final de la gestión de residuos y materiales de construcción y demolición con el contenido y alcance que se señala en el artículo 6 del citado decreto conforme al anexo 111 del mismo, esto es, aportar el informe de gestión de residuos firmado por la dirección facultativa de la obra y verificado (el visado no justifica el proceso verificador) por una entidad independiente acreditada por el órgano ambiental o por el colegio correspondiente, salvo que dicho informe sea elaborado por entidades acreditadas en materia de suelos contaminados, según se recoge en el Art. 2 del Decreto 407/2013, de 10 de septiembre, de suspensión temporal del Decreto 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Repuestos los espacios públicos - señales, mobiliario, pavimentos... - a sus condiciones originarias se solicitará el replanteo del cierre definitivo del solar y de comprobación del estado del entorno del solar. Este cierre será de chapa grecada opaca en la parte inferior, rejilla en la parte superior e irá atornillada al suelo. La responsabilidad del correcto mantenimiento será de la propiedad
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