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El Ayuntamiento tolera tres años el incumplimiento de un proyecto de derribo

El Ayuntamiento le concedió licencia de derribo del edificio número 1 de la calle San Antonio el 21 de diciembre de 2007 y tres años después todavía no se han realizado las obras. La constructora Promociones Arbolzu SL pretende ahora que siga vigente este permiso y, pese al incumplimiento de plazos, el equipo de Gobierno (PSE) ha decidido fallar a favor. La resolución municipal justifica la autorización porque la intervención tenía pendientes "procedimientos judiciales". El nuevo permiso establece que los trabajos deben empezar en un mes.

Resolución de la junta de Gobierno municipal
Propuesta de aprobación, si procede, de la declaración de vigencia de la licencia municipal concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 1346/37/2007-18 de 21 de diciembre, a PROMOCIONES ARBOLZU, S.L., representada por D. L. JAVIER OLMO OLAÑETA, para ejecutar las obras de derribo del número 1 de la calle San Antonio a PROMOCIONES ARBOLZU, S.L., representada por D. L. JAVIER OLMO OLAÑETA.- Visto el procedimiento 07-MA-00317, incoado a instancias de PROMOCIONES ARBOLZU, S.L., representada por D. L. Javier Olmo Olañeta, que en virtud del Acuerdo número 1346/37/2007-18 de la Junta de Gobierno Local de 21 de diciembre de 2007 obtuvo Licencia Municipal para ejecutar obras de derribo de edificio en la calle San Antonio, 1, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado y de conformidad con determinadas condiciones.

Resultando que la intervención prevista no ha sido ejecutada en los plazos estipulados tanto para su inicio como para su finalización por la pendencia de procedimientos judiciales.

Resultando que con fecha 29 de septiembre de 2010 la mercantil solicita la rehabilitación de la autorización de derribo adjuntando nuevo presupuesto de la obra y Estudio de Gestión de Residuos.

Considerando que no habiéndose declarado la caducidad de la licencia, esta permanece vigente sin que la normativa urbanística de aplicación haya sufrido alteración alguna por lo que la declaración de legalidad urbanística pronunciada en diciembre de 2007 mantiene su validez. A mayor abundamiento los precios del proyecto se han actualizado al tiempo que se ha incorporado el EGRd documentación exigida por normativa sectorial sobrevenida, Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero.

Consta en el expediente el informe favorable emitido por el Jefe del Servicio de Disciplina Urbanística el 4 de octubre de 2010.

Considerando de aplicación el artículo 215 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, publicada en el B.O.P.V. el 20 de julio de 2006.

Considerando que la pretensión deducida cumple las determinaciones contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana aprobado por Acuerdo Foral de 16 de noviembre de 1999, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 155, de 14 de agosto de 2000.

Considerando que asimismo es de aplicación el Texto Refundido de las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento de Barakaldo, publicado en los Boletines Oficiales de Bizkaia números 207 y 208, correspondientes a los días 9 y 10 de septiembre de 1992, respectivamente, vigente en la regulación contenida en su Título I, relativo a lo dispuesto sobre normas, procedimiento y régimen de las licencias con especial referencia a lo establecido en el artículo 48,3 y siguientes en relación a las de derribo y 55 en cuanto a los plazos.

Considerando, por último, que la competencia para resolver el presente expediente corresponde al Alcalde-Presidente, tal como dispone el art. 41,9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, publicado en los Boletines Oficiales del Estado número 305, de 22 de diciembre de 1986, y número 12, de 14 de enero de 1987, y que esta competencia fue delegada en la Junta de Gobierno Local por Decreto de Alcaldía nº 4594/2007 de 16 de junio, apartado primero 1.-a), la Junta de Gobierno Local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, ACUERDA:

PRIMERO.- Declarar la vigencia de la Licencia Municipal concedida a PROMOCIONES ARBOLZU, S.L. por la Junta de Gobierno Local en su Acuerdo número 1346/37/2007-18 de 21 de diciembre de 2007 para ejecutar las obras de derribo del número 1 de la calle San Antonio de conformidad con las siguientes estipulaciones:

- Los trabajos de demolición, que deberán iniciarse en el plazo de un mes, se ajustarán al condicionado contemplado en la citada licencia.

- Al finalizar la obra incorporará Cerificado acreditativo de la efectiva recepción del gestor de los residuos.

SEGUNDO.- Notifíquese el presente Acuerdo a PROMOCIONES ARBOLZU, S.L., representada por D. L. Javier Olmo Olañeta, con domicilio en BILBAO (48.005), c/ Correo, 5-bajo.

TERCERO.- Devuélvase el expediente al Servicio de Disciplina Urbanística.