Qué condiciones ha puesto Barakaldo al Circo del Sol por usar el solar del mercadillo en Ansio renovado por 1,3 millones

Barakaldo, 24 mar 2026. Depositar un aval de 20.000 euros para hacer frente a posibles daños y reponer el pavimento afectado por las instalaciones. Son dos de las condiciones que el Ayuntamiento de Barakaldo ha impuesto para permitir el uso por el Circo del Sol de la explanada del mercadillo de Ansio, un recinto de 20.201 metros cuadrados cuya reurbanización ha costado 1,3 millones de euros públicos.

El permiso está activo desde el 9 de marzo y la empresa del espectáculo ya ha comenzado el montaje, lo que está implicando taladrar el suelo recién colocado por el Ayuntamiento. El circo tiene autorización hasta el 12 de junio para utilizar el solar, lo que implica que el día 13 debe estar libre. El solar actual tiene una tasa de 311,95 por día para los circos. El mercadillo no volverá a este espacio y el Ayuntamiento ya le busca una ubicación alternativa. 

El Circo del Sol, mientras, debe cumplir las exigencias que señala el decreto municipal y entre las que se encuentran que "durante el acceso y salida de camiones se deberá extender un cordón de aglomerado asfáltico u hormigón a pie de bordillo a lo largo de los 15 metros de cada acceso". La empresa está también obligada a hacer reparaciones del suelo con "el mismo paquete de firmes y pavimentos tanto en zona de asfalto como en baldosas".

La compañía, que ha anunciado el levantamiento de su carpa de 19 metros de altura y 52 de diámetro el sábado 28 a las 13.00 horas, instalará un recinto para "unas 2.500 personas". El montaje tarda ocho días y el desmontaje tres, con "un equipo de más de 100 personas para empujar los postes laterales y levantar la parte alta. La carpa se sostiene sobre cuatro mástiles de 25 metros de alto y más de 1.200 estacas la anclan.

Los 20.000 euros que la compañía ha debido depositar servirán para "garantizar el cumplimiento de la obligación de responder de los daños o perjuicios que se produzcan en las vías u otros bienes o servicios públicos durante la ocupación de espacio público".

Además, se reclaman controles sobre la contaminación acústica. No se permite la megafonía exterior, el sonido del circo no puede superar los niveles marcados por la ley y tiene que tener obligatoriamente un limitador acústico homologado y que será precintado por el Ayuntamiento.

Aparte están otros permisos necesarios, como el certificado de seguridad y montaje del graderío, un plan de "autoprotección" o un informe sobre la resistencia al viento.


Extractos del decreto de alcaldía número 2026/001770

[…] 1º.- Autorizar a por GAIA LUXEMBOURG SA, W0182915i, (CIRCO DEL SOL), por la que se solicita autorización para la instalación de un circo en el recinto ferial de Ansio, entre los días 9 de marzo de 2026 y 12 de junio de 2026 (incluido montaje y desmontaje), en las siguientes condiciones: 

  • En lo referente al cierre perimetral del recinto que será ocupado por el circo, la instalación no deberá ocupar en ningún momento las aceras de la calle Granados ni de la avenida de la Ribera. Estas aceras deberán permanecer completamente libres en toda su anchura 
  • En lo referente al acceso de vehículos al recinto ferial para el montaje y desmontaje del circo, durante los periodos del 8 de marzo a 4 de abril y del 24 a 27 de mayo respectivamente, se realizará desde la calle Granados, a la altura del campo de futbol de Zuazo, y por la avenida la Ribera, frente a la calle existente entre Zubitxueta y el Mc Donald's, necesitando una anchura de 15 m de longitud en ambas ubicaciones. Se podrá acceder a través de los dos viales, pero no procediendo la retirada de la farola y el panel de la calle la Ribera, se deberá acceder entre el panel y paso de peatones anterior, dejando un margen de 4 m entre dicho paso y el comienzo del acceso de vehículos, o en su defecto realizar el acceso a través de la zona de estacionamiento existente a continuación. 
  • No se podrán ocupar las reservas de estacionamiento para personas con movilidad reducida situadas en el entorno del espacio a ocupar. Para la ocupación de otro tipo de plazas, deber colocarse señales R-307 (prohibido parar y estacionar) con carteles complementarios de “Reservado Circo del Sol”, indicando los días y horarios, con flechas de delimitación a ambos lados de la zona reservada, sin impedir el estacionamiento de otros vehículos fuera del horario reservado, adjuntándose copia de la presente autorización. Podrán ocuparse, a este respecto plazas de estacionamiento en la ronda Ismael Gorostiza para la descarga de maletas el día que vaya a realizarse la misma. 
  • En el momento de efectuar la señalización deberá proceder a dar aviso a la Policía Local a través del nº de teléfono 944789322, dejando constancia de tal hecho e indicando las matrículas de los vehículos que se encuentran estacionados en ese momento. Así mismo, deberá remitir al correo electrónico policiamunicipal@barakaldo.eus, fotografías de la instalación de dicha señalización así como la relación de las matrículas. 
  • Durante el acceso y salida de camiones se deberá extender un cordón de aglomerado asfáltico u hormigón a pie de bordillo a lo largo de los 15 metros de cada acceso, colocando bajo éste un plástico para proteger el asfalto existente. La anchura de este cordón no podrá superar los 20 cm y deberá ser retirado inmediatamente al finalizar tanto el periodo de montaje como el de desmontaje. 
  • Durante los periodos respectivos de montaje y desmontaje se colocarán señales TR-301 (20km/h), y TP-50 con cartel complementario que indique “Kamioien irteera / Salida de camiones” 50 m y 40 m antes de cada uno de los accesos respectivamente y TR-500 después de cada acceso. 
  • En lo referente al suministro eléctrico, el solicitante deberá contratarlo con la empresa distribuidora de energía eléctrica, requiriéndose un instalador autorizado para la aportación e instalación del cuadro eléctrico, o en otro caso disponer de un generador propio. 
  • En lo referente a la acometida de agua, se realizará en el punto que fijen los Servicios Municipales, protegiendo debidamente las instalaciones. En todo caso, la organización deberá darse de alta como abonado en el Consorcio de Aguas. 
  • Una vez finalizado el periodo de desmontaje de todas las instalaciones del circo se deberá reponer los metros cuadrados de pavimento afectado, con el mismo paquete de firmes y pavimentos tanto en zona de asfalto como en baldosas. Las reparaciones del pavimento deberán tener una superficie mínima de 4 m2 en cada punto afectado. 
  • La organización deberá depositar en la Tesorería Municipal y por cualquiera de los medios admitidos en derecho, la cantidad de VEINTE MIL (20.000,00) EUROS para garantizar el cumplimiento de la obligación de responder de los daños o perjuicios que se produzcan en las vías u otros bienes o servicios públicos durante la ocupación de espacio público. Dicha cantidad será devuelta una vez finalizada la ocupación de espacio público y siempre que se hayan repuesto todos los bienes afectados a su estado actual. 
  • En lo referente a las emisiones sonoras derivadas de la actividad a desarrollar, la autorización se sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones: 
      • Los niveles sonoros no podrán superar los objetivos de calidad acústica establecidos en la normativa vigente 
      • A efectos de control de lo establecido en esta prescripción, deberá instalarse obligatoriamente un limitador acústico homologado con registrador de datos, precintado por el Ayuntamiento. 
      • No podrá utilizarse megafonía exterior 
      • Las actividades de montaje y desmontaje que conlleven emisiones sonoras molestas para terceros deberán realizarse en horario diurno. 
  • Se deberán utilizar vehículos adecuados para circular por las vías urbanas, sin ocasionar problemas en el tráfico y/o infraestructuras. 
  • La organización será responsable de mantener la zona ocupada en perfectas condiciones de limpieza, seguridad y ornato. 
  • La organización procederá a la limpieza del entorno afectado una vez sean retirados los elementos instalados en la vía pública. 
  • La organización deberá responder de todos los desperfectos ocasionados en la vía pública, así como en el mobiliario urbano. 
  • Se autoriza la instalación de elementos publicitarios de la actividad en la vía pública de acuerdo a la solicitud planteada por la interesada 
  • La interesada deberá abonar la correspondiente tasa por ocupación de la vía pública, conforme a lo establecido en la Ordenanza de Tasas y Precios Públicos. A estos efectos el espacio a ocupar comprende 20.201 m2. 
Tras la realización del montaje se deberá presentar la siguiente documentación: 
  • Copia registrada del certificado de implantación del Plan de autoprotección, que debe ser presentado ante el órgano de la administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi (Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología). 
  • Certificado de seguridad y montaje del graderío, emitido por técnico competente, que en general deberá seguir los criterios de la norma UNE-EN 13200-6 debiendo soportar una sobrecarga mínima de 400kg/m2 . 
  • Certificado de seguridad y montaje, emitido por técnico competente, con indicación expresa de superficie y resistencia al viento, En general se seguirán los criterios de seguridad establecidos en la norma UNE-EN 13782. 
2º. La concesión de esta autorización no conlleva la de cualesquiera otras que fuesen, en su caso, precisas en ámbitos distintos y podrá ser revocada en caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones a que se ha hecho referencia. Asimismo, en caso de que circunstancias de fuerza mayor lo hagan imperativo para proteger bienes jurídicos superiores.


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