En concreto, no podrán acceder al ámbito delimitado por el Ayuntamiento, que es todo el centro urbano, dejando fuera centros comerciales, barrios periféricos y el polideportivo de Lasesarre, según ha asegurado el Gobierno municipal PNV-PSE en sus comunicados. En la web municipal el documento que aparece contiene la inscripción 'borrador' y se indica que es una 'versión preliminar'.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria número 26/2025, celebrada el día 29 de diciembre de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero: Aprobar inicialmente el Proyecto Técnico de la Zona de Bajas Emisiones del Municipio de Barakaldo (ZBE), elaborado por la Unión Temporal de Empresas «Techfriendly-Buchanan PMUS Barakaldo, UTE LEY 18/1982», de conformidad con las previsiones del artículo 14.3 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo y el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones.
Segundo: Someter el presente acuerdo de aprobación inicial al trámite de información pública y audiencia a los posibles interesados durante por el plazo de 30 días hábiles mediante la inserción del correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia», con el fin de que la documentación obrante en el expediente pueda ser examinada por cualquier persona física o jurídica y puedan presentarse alegaciones; y asimismo dar publicidad adicional a la presente aprobación mediante anuncios en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial, en el Portal de transparencia municipal, en la web municipal y en la sede electrónica municipal.
Tercero: En caso de que no se presentase ninguna reclamación o sugerencia durante el plazo de exposición pública, se entenderá definitivamente adoptado el presente Acuerdo, quedando facultada expresamente la Alcaldía Presidencia para su ejecución.
Cuarto: Facultar a la Alcaldía Presidencia, como tan ampliamente en derecho proceda, para impulsar este Acuerdo, corregir los errores materiales o de hecho que hubieran podido producirse, así como la adopción de las medidas complementarias pertinentes.
Durante el periodo de exposición pública y, sin perjuicio de los medios electrónicos indicados, el expediente administrativo y la documentación adjunta podrán ser examinados de forma presencial en el Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural (6.ª planta) de este Ayuntamiento.
En Barakaldo, a 29 de diciembre de 2025.—La alcaldesa, Amaia del Campo Berasategui.
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Aprobación inicial del plan de movilidad urbana sostenible de Barakaldo
El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria número 26/2025, celebrada el día 29 de diciembre de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero: Aprobar inicialmente el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Barakaldo (PMUS), elaborado por la Unión Temporal de Empresas «Techfriendly-Buchanan PMUS Barakaldo, UTE Ley 18/1982», de conformidad con las previsiones de los artículos 24 de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, 16 de la Ley 11/2023, de 9 de noviembre, de movilidad sostenible de Euskadi, 31.2 de la Ley 1/2024, de 8 de febrero, de Transición Energética y Cambio Climático de Euskadi y 24 de la Ley estatal 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.
Segundo: Someter el presente Acuerdo de aprobación inicial al trámite de información pública y audiencia a los posibles interesados durante por el plazo de 45 días hábiles mediante la inserción del correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia», con el fin de que la documentación obrante en el expediente pueda ser examinada por cualquier persona física o jurídica y puedan presentarse alegaciones; y asimismo dar publicidad adicional a la presente aprobación mediante anuncios en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial, en el Portal de transparencia municipal, en la web municipal y en la sede electrónica municipal.
Tercero: Transcurrido dicho plazo, el Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieren presentado, en su caso. Si no se presentasen reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el PMUS sin necesidad de nuevo Acuerdo plenario, declarándose dicha circunstancia mediante resolución de la Alcaldía previa certificación de la Secretaría General.
Cuarto: Facultar a la Alcaldía Presidencia, como tan ampliamente en derecho proceda, para impulsar este Acuerdo, corregir los errores materiales o de hecho que hubieran podido producirse, así como la adopción de las medidas complementarias pertinentes.
Durante el periodo de exposición pública y, sin perjuicio de los medios electrónicos indicados, el expediente administrativo y la documentación adjunta podrán ser examinados de forma presencial en el Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural (6.ª planta) de este Ayuntamiento.
En Barakaldo, a 29 de diciembre de 2025.—La alcaldesa, Amaia Del Campo Berasategui
