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El Ayuntamiento expone de nuevo en pleno agosto el padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas

Barakaldo, 2 ago 2024. El Ayuntamiento de Barakaldo ha abierto, en pleno mes de agosto, un plazo de 15 días hábiles para que los vecinos y contribuyentes puedan consultar y reclamar contra el padrón del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). El plazo de exposiciones y alegaciones termina el 22 de agosto. El IEA afecta a actividades empresariales, profesionales o artísticas de personas y compañías.

Anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia del 1 de agosto de 2024
Aprobación del padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicio 2024, del Ayuntamiento de Barakaldo. 

La alcaldesa del Ayuntamiento de Barakaldo, ha dictado decreto aprobatorio del padrón fiscal correspondiente al ejercicio 2024, de los contribuyentes afectados por el Impuesto sobre Actividades Económicas. 

Los padrones y matrículas mencionados estarán expuestos al público en la 1.ª planta de la Casa Consistorial, departamento del IAE, Herriko Plaza s/n por plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia», para examen y reclamación por parte de los legítimamente interesados. 

En cumplimiento del art. 100.3 de la Norma Foral 2/2005 de 10 de marzo, General Tributaria del T.H.B., el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los tributos y cánones referenciados son de cobro periódico y como tales se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine la exposición al público de los padrones o matrículas. 

Al amparo de lo previsto en el art. 13.2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones o matrículas podrá formularse ante la Alcaldesa recurso de reposición en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública como trámite previo a la vía jurisdiccional contencioso administrativa de conformidad con lo dispuesto en el art.108 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local. 

Si transcurrieran tres meses, desde la interposición del recurso de reposición sin que se notificara su resolución, se entenderá desestimado éste y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Bilbao, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo de tres meses desde la interposición del recurso de reposición, de conformidad a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. 

COBRANZA 

1. Pago voluntario sin recargo 

A) Plazos: Para el Impuesto sobre Actividades Económicas desde el 16 de Septiembre al 18 de Octubre del año en curso. 

B) Lugar y forma de pago: 

a)  Recibos domiciliados: Serán cargados en la cuenta facilitada por el  contribuyente. 

b)  Recibos no domiciliados: Se podrá realizar el pago en cualquier oficina bancaria o cajeros provistos de dispositivos de lectura de las Entidades Colaboradoras del Ayuntamiento de Barakaldo: Kutxabank, Banco Santander, Caixabank, Laboral Kutxa, Banco Sabadell, Caja Rural de Navarra, BBVA, Abanca. 

Además podrá pagarse a través de Internet, por medio de Pasarela de Pagos que aparece en la página web municipal (www.barakaldo.eus) y MiPago Wallet. También en las Oficinas Electrónicas de Barakaldo sitas en : Herriko Plaza, Casa Cultura Cruces, Centro Cívico Clara Campoamor, Casa Cultura Retuerto, Casa Cultura Zuazo-Arteagabeitia, IMFPB Bituritxa, IMD Polideportivo Lasesarre.

2. Pago ejecutivo con recargo 

Transcurrido el plazo indicado para el pago voluntario, se procederá directamente al cobro por la vía de apremio, con el recargo correspondiente más intereses de demora, gastos y costas, exclusivamente en las Oficinas de Recaudación Ejecutiva. 

En Barakaldo, a 19 de julio de 2024.—La Alcaldesa, Amaia del Campo Berasategui