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La constructora de las torres de San Vicente, responsable civil en un caso de fraude para no pagar a Hacienda

Barakaldo, 26 jun 2024. El Tribunal Supremo ha declarado responsable civil subsidiaria "hasta el límite de 712.365,26 euros" a la compañía Torres de San Vicente SL, constructora de los rascacielos del mismo nombre en Barakaldo, en relación de un caso de insolvencia punible, un delito que consiste en un fraude para no pagar deudas. Los accionistas están condenados a dos años de cárcel y pago de casi dos millones.

La medida forma parte de una sentencia firme en la que se ratifica una condena de dos años de prisión y el pago de 1,98 millones de euros para dos empresarios que son hermanos. En concreto, la justicia considera probado que ambos realizaron operaciones económicas con la "única finalidad" de generar la insolvencia de una sociedad, pero aparentando ser un buenos pagadores, aunque "casualmente todo lo que se paga termina en otras sociedades del grupo controladas por los mismos socios".

Los hechos están relacionados con accionistas de un entramado de al menos una docena de compañías. Las firmas son Torres San Vicente SL, Rolirka SL, Edificadora La Solana SL, Encinar Siglo XXI SL, Trápaga Gestión SL, Arcoti 2000 SL, Baensa SL, Cosmo Administración SL, Santurtzi Gestión SL, Monte Mar Siglo XXI SL y Gestión El Palo SL.

La sentencia explica que Edificadora La Solana SL adeudaba a la Hacienda foral de Bizkaia cerca de tres millones de euros por IVA, a lo que se unía otra deuda de 7,5 millones del grupo, Baensa. Ante estos hechos, los accionistas, ahora condenados, suspendieron pagos —concurso de acreedores— de Edificadora La Solana SL y vendieron en 2011 un terreno de la sociedad en Málaga. 

Obtuvieron 2,2 millones pero no destinaron nada a la deuda. Por el contrario, el dinero se transfirió a otras sociedades en las que los empresarios tenían participación, "no teniendo los movimientos de dinero otra finalidad distinta a la de evitar el pago de la deuda tributaria" y a otros acreedores.

La resolución judicial describe una sucesión de operaciones bancarias en las que se transfiere dinero de unas cuentas a otras y de unas sociedades a otras, en las que los dos empresarios son parte. Para justificar estos abonos, se usan documentos privados que firman los propios accionistas —condenados— o por el padre de ambos.

"Las sociedades antes mencionadas funcionaban con un sistema de caja única con confusión de patrimonios y con la finalidad de poder eludir el pago a acreedores legítimos, creando créditos aparentes con otras sociedades del grupo y reflejadas en la contabilidad. X e Y y otras personas conocían y participaban en este tipo de funcionamiento de las sociedades del grupo puesto que tenían participación relevante en dichas sociedades y aparecían como apoderados de las cuentas corrientes en las que operaban las sociedades. Participando activamente en este funcionamiento conocían la insolvencia de la deudora y el perjuicio causado a los acreedores".

Los empresarios han sido condenados, por el delito de insolvencia punible, a "dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo y multa de ocho meses con una cuota diaria de 20 euros con responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal y abono de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular".

En concepto de responsabilidad empresarios deben abonar conjunta y solidariamente 1.982.828,047 euros, más intereses. Torres San Vicente SL, Encinar Siglo XXI SL y Trápaga Gestión SL han sido declaradas responsables subsidiarias. El dinero será destinado al pago de las deudas por el concurso de acreedores de Edificadora La Solana SL.