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Niegan el visado de entrada a España a un joven cubano que quería estudiar en Maestría de Barakaldo

exposición conmemorativa de los 75 años de Maestría
Barakaldo, 15 mar 2024. El Ministerio de Asuntos Exteriores de España ha denegado un visado a un joven cubano que quería estudiar en el instituto de Formación Profesional FP Barakaldo (Maestría o Nicolás Larburu). El varón, que tenía previsto vivir con su hermana asentada en Bilbao, aportó como garantía un cheque de 8.100 euros, pero el consulado le niega el permiso alegando que no ha acreditado su capacidad económica.
El varón, que tenía 33 años cuando pidió la autorización para entrar a instalarse en España, se había matriculado en el Grado Medio Instalación y Amueblamiento en el instituto barakaldés porque, según indicó, que tenía "buenas referencias" de este centro educativo. Además, aportó el seguro médicos y el cheque de 8.100 euros a su nombre por parte de Caja Rural de Navarra.

El joven tenía previsto permanecer en el piso en Bilbao propiedad de su hermana, que está casada, tiene un comercio, ha adquirido la ciudadanía española y que ha declarado que se haría cargo de los gastos de manutención. Además, el solicitante del visado ha declarado que había "logrado reunir el dinero necesario con ahorros de años de trabajo y ayuda de su hermana", pero de nada ha servido la explicación al Ministerio de Asuntos Exteriores español.

De hecho, de acuerdo a la lgalidad, el joven, que trabaja en una empresa estatal cubana, únicamente tenía que acreditar disponer de 5.191,86 euros, pero aportó el cheque de 8.100, pero la Administración española considera que está en duda "la capacidad económica del solicitante para hacer frente a los costes de la estancia y del viaje de vuelta al final de la estancia" porque "no consta acreditado ninguna cuenta bancaria abierta a su nombre ni fuente alguna de ingresos ni propiedades" y, en Cuba, "vive en casa de sus padres".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha respaldado al Ministerio de Asuntos Exteriores y recoge en una solución que no consta que el cheque bancario de 8.100 euros "lo hubiera incorporado el solicitante en su patrimonio, por lo que, de acuerdo con la legislación española, tal señala la abogacía del Estado, por sí mismo en esa fecha y sin haberse cobrado, no se puede disponer de él en tanto medio económico".

Aunque está asentada en España, tiene la ciudadanía, un negocio, está casada y tiene un piso en propiedad en Bilbao, la abogacía del Estado cuestiona también la situación de la hermana y sostiene que "nada se sabe de la exacta situación económica en lo que respecta a sus ingresos y cargas, sólo que tiene una vivienda de su propiedad y tras personas viven con ella en su domicilio", entre ellas su hijo.