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Entra en vigor la penalización en el Impuesto de Bienes Inmuebles a los pisos que estén vacíos

Torres de San Vicente
También se activan los cambios en la OTA: tarjeta de residentes gratis, tarifa de 1,25 euros al día para hosteleros y comerciantes, y creación de la zona marrón para aparcar todo el día por 1,5 euros

NUEVOS TIPOS DEL IBI
• rústica: 0,0500%
• urbana general: 0,2475%
• industria: 1,1729%
• comercio: 0,5369%
• resto: 0,4735%
• viviendas de más de 200.000€ de valor catastral: 0,3005%
• anexos de más de 135.000€ de valor catastral: 0,5729%
• comercio de más de 1.000.000€ de valor catastral: 0,9878%
• solares de más de 3.000.000€ de valor catastral: 0,9854%
• oficinas de más de 800.000€ de valor catastral: 0,9854%
• sanidad y beneficiencia de más de 5.000.000€ de valor catastral: 0,9854%
Las viviendas de Barakaldo que estén deshabitadas tendrán una penalización del 40% de la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), también conocido como contribución urbana. La medida, acordada por el pleno del Ayuntamiento en noviembre pasado, acaba de entrar en vigor después de que se haya cumplido el trámite de exposición pública sin que se produjeran reclamaciones. Este incremento del impuesto afecta tanto a los pisos como a los anexos de las viviendas en las que el padrón de habitantes no señale la existencia de ningún residente. Además de los fines recaudatorios, la medida se ha justificado para estimular la puesta en alquiler de pisos. Además de esta penalización, han entrado en vigor los nuevos tipos impositivos del IBI, tras el cambio de valores catastrales; la modificación del impuesto de plusvalía, la del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO); la de la tasa por aparcar en la calle u OTA; la tasa de apertura de establecimientos; y la de servicios de control administrativo en la puesta en funcionamiento y variaciones de actividades.

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> 16/12/2016. EH Bildu acusa al PNV de bloquear las ayudas a familias para pagar impuestos
> 02/11/2016. PNV y PSE aprueban los impuestos para 2017 y rechazan todas las enmiendas de oposición
> 02/11/2016. EH Bildu e Irabazi denuncian el "catastrazo" que hará que el comercio pague 700.000 euros más
> 26/10/2016. La gratuidad de la tarjeta de residente de OTA sale adelante con los votos de PNV y PSE
> 06/10/2016. El PP califica de "burdo engaño" la gratuidad de la tarjeta de la OTA anunciada por el PNV para 2017
> 06/10/2016. La OTA dejará de recaudar 710.000 euros al año por la gratuidad de la tarjeta de residentes



Boletín Oficial de Bizkaia. Anuncio del Ayuntamiento de Barakaldo
RECARGO POTESTATIVO A BIENES INMUEBLES DE USO RESIDENCIAL POR NO CONSTITUIR RESIDENCIA

Artículo 11

1. Los bienes inmuebles de uso residencial que no constituyan la residencia del sujeto pasivo o de terceras personas por arrendamiento o cesión de su uso, quedarán sujetos a un recargo del 40% de la cuota líquida del Impuesto.

2. Se incluirán los anexos a la vivienda siempre que formen una finca registral única junto con la misma.

3. Serán sujetos pasivos del recargo los sujetos pasivos de este Impuesto.

4. El recargo se devengará y liquidará anualmente, conjuntamente con la cuota de este Impuesto.

5. Se presumirá la residencia en un inmueble de uso residencial, cuando a la fecha de devengo del Impuesto conste en el padrón de habitantes de este ayuntamiento inscripción de una o más personas.

6. No resultara de aplicación el recargo en los siguientes:
a) Los afectos a actividades de alojamiento, pensiones, hostales siempre que estén declarados como tales ante las autoridades competentes.
b) Los puestos a disposición de alguna entidad pública que tenga entre sus fines la puesta en alquiler de los mismos.
c) Las viviendas cuya titularidad corresponda a personas empadronadas en residencias de la tercera edad.
d) Las viviendas propiedad del Ayuntamiento y de sus Organismos Públicos Dependientes.
e) En los casos en que el sujeto pasivo se encuentre desplazado por motivos laborales hasta un plazo de 2 años
f) En los casos de vivienda propiedad de viudas/os y jubiladas/os, con una renta inferior a los 1.100 euros