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El Tribunal Superior anula el intento municipal de legalizar el plan urbanístico de Sefanitro

 El fallo dice que no se ajusta a derecho el intento del Ayuntamiento de permitir que se construya un 50% más de superficie comercial y terciaria que lo fijado inicialmente en el plan de ordenación urbana • El mismo tribunal ya anuló en 2009 este mismo proyecto • La zona debe acoger 2.000 viviendas pero las obras acumulan un retraso de cinco años  
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado el intento del Ayuntamiento de Barakaldo de legalizar el plan urbanístico para los terrenos de Sefanitro. El Consistorio recibió en 2009 una sentencia contraria porque se permitía a las promotoras edificar un 50% más de los previsto en el planeamiento en cuanto a lonjas y equipamiento comercial privado (terciario), lo que equivalía a 92.452 metros cuadrados de exceso. El Ayuntamiento reaccionó en 2010 cambiando las normas urbanísticas para que la sobreedificación fuera legal, pero el TSJPV echa ahora abajo el acuerdo del pleno que maniobró para evitar la anterior sentencia anulatoria. La nueva resolución judicial contraria al Ayuntamiento es firme y, por lo tanto, no cabe recurso contra la misma. En concreto, el Tribunal Superior deja sin efecto la modificación del Plan General de Ordenación Urbana que el Consistorio aprobó para convalidar el Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de Sefanitro que ya había sido anulado por el TSJPV.

Archivo |
> 27/03/2009. El Tribunal Superior anula el plan urbanístico de Sefanitro y obliga a recortar el 33% la edificabilidad
> 10/01/2010. El pleno aprueba la legalización del plan de Sefanitro anulado por los tribunales
> 04/01/2013. El Tribunal Supremo confirma que el plan de Sefanitro incumplía las normas urbanísticas



Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

Edicto.–Recurso contencioso-administrativo 734/11 Sala de lo Contencioso Administrativo.—

Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 734/11 —promovido contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Barakado, recaído en Sesión de 10 de noviembre de 2010, que dispuso aprobar definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana en el ámbito PERI 06 Sefanitro y convalidar el Plan Especial de Reforma Interior de dicho ámbito, que fue aprobado definitivamente por el Pleno municipal el 25 de enero de 2007—, se ha dictado por esta Sala sentencia el 4 de febrero de 2013, que ha alcanzado el carácter de firme y en cuyo fallo se ha acordado:

«Declarar la disconformidad a derecho del Acuerdo plenario recurrido, que por ello anulamos, tanto en cuanto aprobó definitivamente la Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana en el ámbito del PERI 06 Sefanitro, como en cuanto dispuso convalidar el Plan Especial de Reforma Interior del ámbito, aprobado definitivamente por el Pleno municipal del 25 de enero de 2007.»

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se hace público para general conocimiento.

En Bilbao, a doce de marzo de dos mil trece.—
El/La Secretario/a Judicial