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El Ayuntamiento destina 271.928 euros a ayudas para ancianos ingresados en residencias

 
foto: Thorbion
El Ayuntamiento ha anunciado la segunda convocatoria de ayudas municipales para ancianos que se encuentran en residencias de la tercera edad. En total, el Consistorio ha reservado para esta ocasión 271.927,96 euros y la normativa establece que el dinero máximo de la ayuda es de 1.675,00 euros mensuales por beneficiario. El plazo de solicitudes vence el último día de cada mes hasta fin de año.


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Ayuntamiento de Barakaldo

El Ayuntamiento de Barakaldo, mediante Decreto de Alcaldía número 06560, de fecha 29 de julio de 2010, ha aprobado la Segunda Convocatoria Pública de Ayudas Municipales destinadas a sufragar plazas en Viviendas Comunitarias y Residencias para la Tercera Edad, cuyo contenido es el siguiente:

SEGUNDA CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A CONCEDER POR EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO DESTINADAS A SUFRAGAR PLAZAS EN VIVIENDAS COMUNITARIAS Y RESIDENCIAS PARA LA TERCERA EDAD DURANTE EL AÑO 2010

Artículo 1.-Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas municipales de carácter dinerario destinadas a sufragar los gastos derivados de ingreso-estancia en plazas de Viviendas Comunitarias y Residencias para la tercera edad generados durante todo el año 2010, ya abonados o pendientes de abonar por el beneficiario.

Se pretende promover la atención y cuidado de las personas mayores no dependientes, de conformidad con la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, y el Acuerdo sobre Reparto de Servicios y Programas Sociales entre la Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Barakaldo.


Artículo 2.-Bases Reguladoras «Boletín Oficial de Bizkaia» de publicación
Las Bases Reguladoras de las Ayudas Municipales destinadas a sufragar plazas en Viviendas Comunitarias y Residencias para la Tercera Edad fueron aprobadas inicialmente por acuerdo número 96/16/2009-2 del Ayuntamiento de Barakaldo Pleno, en sesión celebrada el día 11 de mayo de 2009, y publicado en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 94, de 21 de mayo de 2009, y definitivamente por Decreto de Alcaldía número 05489, de fecha 30 de junio de 2009; habiéndose publicado el texto íntegro de la Ordenanza en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 124, de 2 de julio de 2009.


Artículo 3.-Créditos presupuestarios
Cuantía total: El importe total de la presente convocatoria asciende a 271.927,96 euros, con cargo a la partida presupuestaria 00600-31320-4800400, pudiéndose ampliar hasta los créditos disponibles en dicha partida, debiéndose proceder en ese caso a la publicación del nuevo importe.


Artículo 4.-Cuantía máxima a conceder
La cuantía máxima por plaza para el año 2010 se establece en 1.675,00 euros mensuales.
El importe efectivo de la subvención para cada beneficiario se determinará conforme establece el artículo 3 de las Bases Reguladoras, publicadas en el «Boletín Oficial de Bizkaia» de 2 de julio de 2009, que indica que la cuantía máxima a abonar de esta ayuda económica no podrá exceder de la diferencia resultante de la aportación del usuario al precio máximo establecido.

La aportación del beneficiario consiste en el 75% de sus ingresos mensuales incluidas las pagas extraordinarias y tomando como base la unidad familiar.


Artículo 5.-Requisitos exigidos a los solicitantes
Los recogidos en el artículo 2 de las Bases Reguladoras.


Artículo 6.-Plazo de solicitud
Conforme al artículo 5.4 de las Bases Reguladoras de estas Ayudas Municipales, así como al artículo 59 del Reglamento de Subvenciones, se realiza una Convocatoria abierta, por la que se acuerda de forma simultánea la realización de varios procedimientos de selección sucesivos a lo largo del ejercicio 2010.

Se realizarán, cómo máximo seis procedimientos, uno con las solicitudes formuladas hasta el día 31 de julio de 2010, otro con las solicitudes formuladas hasta el día 31 de agosto, otro con las solicitudes formuladas hasta el día 30 de septiembre, otro con las solicitudes formuladas hasta el día 31 de octubre, otro con las solicitudes formuladas hasta el día 30 de noviembre y otro con las solicitudes formuladas hasta el 31 de diciembre de 2010.

Los fondos no empleados en un período se acumularán al siguiente.

La concesión se establece mediante un régimen de concurrencia competitiva para cada uno de los períodos indicados.

Las solicitudes que ya hayan sido presentadas durante el año 2010, aunque no estuviera abierta la Convocatoria, se entenderán acumuladas a las del primer procedimiento, debiendo presentar toda la documentación en el plazo indicado. Si la persona solicitante hubiera fallecido le sucederán en sus derechos, si procede, sus herederos.


Artículo 7.-Documentación a presentar
a) Solicitud (Instancia general) firmada por el solicitante o, en su caso, del representante legal acreditado.
b) Fotocopia del D.N.I., o, en su defecto, de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad del solicitante y de cada miembro de la unidad de convivencia. (definición de unidad de convivencia en artículo 3.3 de la Ordenanza Reguladora de estas ayudas municipales).
c) Fotocopia de la Resolución de la Valoración de Dependencia en que conste la calificación de la persona mayor autónoma, o en su caso fotocopia que acredite que se ha solicitado la valoración de dependencia.
d) Certificado de pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social y/o entidad pagadora de otras pensiones e ingresos.
e) Fotocopia de la Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto sobre la Renta del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia o, en su defecto, certificación del Departamento de Hacienda de estar exento de hacerla.
f) Certificado o extracto de movimientos económicos de todas las cuentas corrientes, depósitos dinerarios, valores mobiliarios del solicitante y demás miembros de la unidad de convivencia del último año inmediatamente anterior a la solicitud y saldo actual.
g) Declaración Jurada de Ingresos y Bienes (ANEXO I), en la que consta además:
- Autorización al Ayuntamiento de Barakaldo para realizar todas las consultas necesarias para la obtención de datos de carácter personal al objeto de cotejar los datos aportados en el expediente y realizar las comprobaciones pertinentes.
- Autorización al Ayuntamiento de Barakaldo para que los datos de carácter personal que se integren en ficheros informatizados puedan ser utilizados con fines estadísticos en los términos previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.
Dichas autorizaciones deberán ser firmadas, asimismo, por todos los miembros de la unidad de convivencia. (Anexo IV).
h) Documento de Datos a Terceros. (Anexo II a sellar por la entidad bancaria) y Documento de endoso si procede, (es decir, cuando la subvención se abone directamente a la residencia: Anexo III).
i) Documentos acreditativos, en su caso, de la composición de la unidad de convivencia, certificados de estar en paro o estudiando los/as hijos/as entre 18 y 26 años, inclusive, certificados de minusvalía, etc.
La documentación será facilitada a los solicitantes en el Servicio Social de Base correspondiente o en la Sección de Tercera Edad del Área de Acción Social del Ayuntamiento de Barakaldo.


Artículo 8.-Criterios de otorgamiento
Los recogidos en el artículo 4 de las Bases Reguladoras.


Artículo 9.-El procedimiento de concesión
Sus plazos, así como los órganos intervinientes son los recogidos en las Bases Reguladoras de las presentes Ayudas Económicas.


Artículo 10.-Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para adoptar la resolución y notificarla no excederá en ningún caso del de seis meses contados a partir de la publicación de la convocatoria.


Artículo 11.-Medios de notificación
La notificación se realizará personalmente a la persona solicitante o, en su caso, al representante legal, de acuerdo con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Artículo 12.-Vías de recurso
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados, igualmente, a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.

El Alcalde, Antonio J. Rodríguez Esquerdo

ANEXO I
DECLARACIÓN JURADA DE INGRESOS Y BIENES
Que formula solicitud Don/Doña .......... con D.N.I.: .........., o en su caso representado por Don/Doña ......... con D.N.I.: ........ con relación a la solicitud de Subvención municipal para ingreso en vivienda comunitaria o residencia de personas mayores autónomas, y declara:
Que los ingresos de la unidad familiar son los siguientes:
Ingresos (pensión, Importe Importe
nómina, alquiler ,...) Mensual Anual
Que el solicitante y los miembros de la unidad familiar poseen el siguiente capital o bienes muebles:
Tipo Entidad Bancaria Saldo actual
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para realizar todas las consultas necesarias para la obtención de datos de carácter personal al objeto de cotejar los datos aportados en el expediente y realizar las comprobaciones pertinentes.
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para que los datos de carácter personal que se integren en ficheros informatizados puedan ser utilizados con fines estadísticos en los términos previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.
En Barakaldo, a ... de ...... de 20..
Firma de la persona solicitante y número de D.N.I.:
Firma del o la representante legal y número de D.N.I.


ANEXO II
DATOS DE TERCEROS
Personas Jurídicas o Personas Físicas
N.I.F.
Razón social

N.I.F. o N.I.E.
1. apellido
2. apellido
Nombre
Nombre comercial
Datos de la actividad o domicilio
Calle
Número ..... Piso .... Mano.
Municipio
Provincia .......... Código postal
Teléfono ........... Fax
Datos bancarios
Banco o Caja
Dirección sucursal
Código Entidad oooo Código sucursal oooo
D.C. oo Número de cuenta oooooooooo
Conforme Entidad Bancaria Conforme Tercero
(Sello, firma y fecha) (Sello, firma y fecha)
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento de Barakaldo le informa de que sus datos personales, obtenidos mediante la cumplimentación de este documento, van a ser incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, ante este Ayuntamiento de Barakaldo (Herriko Plaza, 1 (48901-Barakaldo).


ANEXO III
AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
ENDOSO
D./Doña.
D.N.I./C.I.F.
Domicilio
Población ........... C.P.
Autoriza, a que le sea ingresado el importe de la Subvención Económica en concepto de estancia en Vivienda Comunitaria o Residencia de personas autónomas en la Residencia (nombre) ....... con número de C.I.F. ..... cuyo número de cuenta es
En Barakaldo a .. de ....... de 20..
Firma de la persona solicitante de la subvención


ANEXO IV
 AUTORIZACIÓN AL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para realizar todas las consultas necesarias para la obtención de datos de carácter personal al objeto de cotejar los datos aportados en el expediente y realizar las comprobaciones pertinentes.
Autorizo al Ayuntamiento de Barakaldo para que los datos de carácter personal que se integren en ficheros informatizados puedan ser utilizados con fines estadísticos en los términos previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.
En Barakaldo, a .. de ..... de 20...
Firma, y número de D.N.I. Firma, y número de D.N.I.