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La justicia anula el despido de un socorrista del Instituto Municipal de Deportes

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado nulo el despido de un socorrista y monitor de natación que trabajaba en el Instituto Municipal de Deportes (IMD) y al que la empresa concesionaria, Cledan, rescindió el contrato con la excusa de necesidades de "reorganización del servicio". La sentencia, que se acaba de conocer, obliga a readmitir al trabajador.

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La resolución, de fecha 8 de junio, da la razón de este modo al recurso interpuesto por el afectado, quien fue despedido cuando se produjo el cambio de empresa adjudicataria, de Guedan SA y Cledan, a pesar de que el pliego de condiciones del servicio se establece la subrogación de los empleados. De hecho, la empresa echó al socorrista reconociendo que era un despido improcedente.

La sentencia, sin embargo, no acepta los argumentos de Cledan y declara nulo el cese de relación laboral porque la carta en que se notificó la medida no cumplía los requisitos formales exigidos por la ley. En este sentido, el fallo advierte: "El contenido de la comunicación de cese debe ser inequívoca, es decir, suficientemente claro y expresivo, para evitar toda duda en cuanto a las imputaciones de la empresa. Por ello, la carta (...) refleje con claridad y suficiencia y de forma inequívoca las circunstancias esenciales que justifican la decisión adoptada, permitiendo que el trabajador tenga un conocimiento cierto y sin dudas racionales de éstas, en forma que pueda preparar su defensa frente a la decisión empresarial".

En este caso, el tribunal entiende que los requisitos legales "no se cumplen pues sólo se cita la causa sin dar mayor explicación sobre cuál es el contenido de aquella reorganización". Además de la readmisión, la justicia ordena el pago de los salarios de tramitación.