> Solicitud de las ayudas
Anuncio del Ayuntamiento en el Boletín Oficial de Bizkaia
Decreto de Alcaldía 2023/006660, de fecha 20 de julio de 2023, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas a conceder por el Ayuntamiento de Barakaldo a personas adultas para el aprendizaje de euskera en el curso académico 2022-2023. BDNS (Identif.) : 709489.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/709489).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero.—Beneficiarios/as
Todos/as aquellos/as vecinos/as de Barakaldo mayores de 16 años, matriculados/as para el aprendizaje de euskera en algún centro homologado por HABE en el curso académico 2022-2023.
En todos los casos, será requisito imprescindible que los ingresos económicos no superen los límites establecidos en la presente convocatoria de ayudas.
No podrán obtener la condición de beneficiario/a personas en quienes concurran las siguientes circunstancias:
— Cualquiera de las enumeradas en el artículo 4.10 de la Normativa que regula esta convocatoria.
— Cualquiera de las enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo.—Objeto
Serán objeto se subvención los gastos de matrícula abonados por el/la solicitante para la realización de cursos de euskera en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023, ya sean de carácter anual (de octubre a junio), intensivos o barnetegis. En este último caso, se subvencionarán únicamente los gastos de enseñanza, nunca gastos de estancia o manutención.
Tanto el curso (presencial o de autoaprendizaje) como el centro de aprendizaje elegido deberán estar homologados por HABE para que el/la solicitante pueda optar a la subvención.
Tercero.—Bases reguladoras
«Boletín Oficial de Bizkaia» número 127 de fecha 5 de julio de 2022.
Cuarto.—Cuantía
El límite presupuestario de la misma es de cuarenta mil euros (40.000,00 euros), con cargo a la partida presupuestaria 01000 33500 4800302.
La ayuda podrá cubrir hasta el 100% del coste de la matrícula.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Normativa, la cuantía de la ayuda a percibir no superará nunca el 100% del coste de la matrícula pagada por el/la solicitante, y asimismo establece un importe máximo a conceder de seiscientos catorce euros (614,00 euros) por solicitante y por año, en base al siguiente criterio: el coste de la matrícula más elevada de un curso presencial de duración anual (octubre–junio) que se haya ofrecido en el curso 2022-2023 en cualquiera de los euskaltegis de Barakaldo homologados por HABE.
La cuantía de la ayuda, sumada a otras subvenciones públicas o privadas que el o la interesado/a pudiera percibir de cualquier otra empresa o institución, no podrá, en ningún caso, superar el importe total de la matrícula (100%. Si así fuera, se reduciría proporcionalmente la subvención otorgada por este Ayuntamiento.
Si la cuantía derivada del número de solicitudes excediese del presupuesto disponible, se efectuará una prorrata entre todos/as los/as solicitantes que cumplan todos los requisitos para ser beneficiarios/as.
Quinto.—Plazo y lugar de presentación de la solicitud
Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán en el Ayuntamiento de Barakaldo de forma presencial (preferiblemente con cita previa) o telemática, mediante su sede electrónica u oficinas electrónicas. Todo ello sin perjuicio de la potencial utilización de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día 27 de septiembre y finalizará el día 11 de octubre de 2023.
Las solicitudes se presentarán con arreglo al modelo normalizado (Anexo I), que estará disponible en el Ayuntamiento de Barakaldo y en las páginas web municipales (http://euskara.barakaldo.eus / https://www.barakaldo.eus).
Sexto.—Otros datos
— Documentación a presentar: la establecida en el punto quinto de la convocatoria.
— Criterios de otorgamiento: los definidos en el punto cuarto de la convocatoria.
— Procedimiento: concurrencia competitiva.
— Órgano competente para la concesión: La Alcaldesa-Presidenta de la Corporación.
— Plazo de resolución y notificación: el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones será de tres meses (3), a contar a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
— Medios de notificación: los definidos en el punto octavo de la convocatoria.
— Vías de Recurso: Vía Administrativa: Potestativo de Reposición. Vía Jurisdiccional: Contencioso Administrativo.
En Barakaldo, a 21 de julio de 2023.—La alcaldesa, Amaia del Campo Berasategui