De manera concreta, la web del Gobierno Vasco ha dado respuesta específica sobre esta cuestión:
¿Los restaurantes o bares pueden vender bebida o alcohol a domicilio o para recoger?
Podrán vender cualquier tipo de bebida o alcohol para llevar, si forma parte de un pedido de comida y mediante cita previa. No podrán vender sólo bebidas alcohólicas para llevar. Se recuerda que el Decreto prohíbe expresamente el consumo de alcohol en la vía pública.
Sí podrán vender cafés o bebidas NO ALCOHOLICAS para llevar, aunque no formen parte de un pedido de comida. En todo caso, se recuerda que su consumo en la vía pública está expresamente desaconsejado.
Actualización del documento "Respuestas a preguntas frecuentes", de criterios interpretativos del Decreto 38/2020, en relación con los servicios de hostelería
* Enlace al texto en la web de origen
Este texto es un comunicado de la agencia municipal de desarrollo Inguralde