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El PP exige al PSE una solución al “embrollo judicial” creado contra los trabajadores del Taller Usoa

El PP de Barakaldo ha exigido al PSE una solución al “embrollo judicial” creado por el equipo de gobierno contra los trabajadores del Taller Usoa después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) haya ratificado una sentencia de Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao que estimaba la demanda de los trabajadores contra la decisión de rebajarles el sueldo que adoptó el Gobierno municipal socialista en 2010. El fallo de la sentencia declaró improcedente esta reducción salarial. La portavoz del PP, Amaya Fernández, ha pedido la convocatoria urgente del Consejo de Administración del Taller Usoa Lantegia, S.A. “para buscar una solución al embrollo judicial que han creado las sucesivas decisiones erráticas adoptadas por el gobierno municipal”.

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> 13/12/2011. El PSE anuncia que recurrirá el fallo que anula la rebaja de los sueldos de los trabajadores de Usoa
> 13/12/2011. La Justicia anula la rebaja salarial impuesta por el Ayuntamiento al taller Usoa
> 31/5/2011. La Diputación concede una subvención de 606.000 euros al Taller Usoa
> 8/11/2010. El taller Usoa entra en pérdidas tras registrar una caída de 700.000 euros en su cifra de negocio
> 2/11/2010. El taller Usoa logra una cartera de 200.000 euros para su área de digitalización de documentos
> 26/10/2010. Denuncian que Usoa echa al paro a los trabajadores que llevan tres años para evitar hacerles indefinidos
> 30/9/2010. El PSE rebaja el sueldo a los trabajadores discapacitados de Usoa aunque sólo cobran 13.299,30 euros al año

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Nota de prensa
El PP exige al PSE una solución al “embrollo judicial” creado contra los trabajadores del taller USOA

• La portavoz de Barakaldo, Amaya Fernández, solicita la convocatoria del Consejo de Administración

4.mayo.2012.- La portavoz del Partido Popular de Barakaldo, Amaya Fernández, en rueda de prensa celebrada hoy, ha exigido la convocatoria urgente del Consejo de Administración del Taller Usoa Lantegia, S.A. “para buscar una solución al embrollo judicial que han creado las sucesivas decisiones erráticas adoptadas por el gobierno municipal”.

El Ayuntamiento Pleno de Barakaldo acordó el 5 de agosto de 2010 con los únicos votos favorables del PSE recortar los salarios de los trabajadores de USOA en aplicación del Real Decreto 8/2010 puesto en marcha por el gobierno de Zapatero. El PP no apoyó esta decisión argumentando que “la forma en la que lo planteaban los socialistas les generaba dudas legales”.

El 14 de noviembre de 2011 el Juzgado de lo Social Nº 6 de Bilbao falló a favor de los trabajadores de USOA estimando la demanda que presentaron contra la decisión del Ayuntamiento de aplicarles la reducción salarial. El fallo de la sentencia declaró improcedente esta reducción salarial porque se había contravenido la disposición adicional 9ª que obliga a que medie pacto entre la representación de los trabajadores y la empresarial en las sociedades públicas mercantiles.

Contra esta sentencia, y a pesar de que la mayoría de los consejeros de USOA defendieron la necesidad de dar cumplimiento a esta sentencia favorable a las posiciones de los trabajadores de USOA poniendo fin, así, al conflicto judicial, el gobierno municipal se empeñó en recurrirla argumentando “que se basaba en criterios fácilmente desmontables”.

Así, el gobierno municipal interpuso contra esta sentencia recurso de suplicación ante la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El Ayuntamiento, en su particular batalla en los tribunales, ha utilizado durante todo el proceso la resolución de marzo de 2011 dictada por la Intervención General del Estado sobre la catalogación de las sociedades anónimas municipales, defendiendo que USOA, tal y como dice la IGAE, es administración pública y no una sociedad mercantil pública. Sin embargo, lo sorprendente, tal y como han recordado los populares, es que esta misma resolución de la IGAE fue calificada “de panfleto” por los concejales socialistas en el Pleno municipal en el que se debatía y votaba la solicitud de un crédito por parte de la sociedad municipal de vivienda (ERETZA, S.A.).

De todas formas, el TSJPV le recuerda al Ayuntamiento que “la calificación de la IGAE puede resultar compatible con la conclusión a la que llega el juzgado y además, si así no lo fuera, está claro que una simple calificación administrativa no puede determinar el contenido de una resolución judicial en la que se trata de hacer una calificación jurídica examinando las leyes relacionadas con el caso”.

El pasado 3 de abril se hizo pública la sentencia del TSJPV por la que desestima el recurso de suplicación interpuesto por el Ayuntamiento y confirma la sentencia del juzgado de primera instancia.

Esta sentencia no es firme por lo que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. “Les pedimos que no recurran en casación y cesen en esta huida hacia adelante que sólo conduce a generar mayores gastos judiciales y desconcierto entre el colectivo de trabajadores afectados”, apostilló la edil popular.