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El Gobierno Vasco adjudica en 1,5 millones de euros la segunda fase de reforma del colegio Mukusuluba

Colegio Mukusuluba
El Gobierno Vasco ha dado vía libre para que arranquen las labores de remodelación interna del colegio Mukusuluba, actuación que no debe superar los 14 meses. Estaba previsto que las obras arrancaran en verano pero la adjudicación definitiva de los trabajos no se produjo hasta finales de agosto. El proyecto prevé la sustitución por completo del tejado, así como de los sistemas de calefacción, electricidad y telecomunicacione; a lo que se suma la ampliación del comedor y la creación de un aula de radio. El retraso ha provocado malestar en el centro, en donde todo está embalado desde fin del curso pasado y pendiente de los pabellones prefabricados.

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> 15/6/2010. La reforma de Mukusuluba permite ampliar el comedor, crear un aula de radio y cambiar por completo el tejado
> 14/4/2010. Los 390 niños del colegio Mukusuluba estudiarán en barracones el próximo curso



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Resolución de Adjudicación Definitiva de 24 de agosto de 2010 de la Viceconsejería de Administración Y Servicios por la que se adjudica el contrato que tiene por objeto las obras para remodelación interior 2º fase en CEP Mukusuluba de BARAKALDO, con el nº CO/31/10.

Visto el expediente que tiene por objeto la contratación de las obras para remodelación interior 2º fase en CEP Mukusuluba de BARAKALDO, con el nº CO/31/10.


ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.-Obran en el expediente los documentos que vienen prevenidos en la legislación vigente, expediente de adjudicación que se ha verificado a través del procedimiento abierto habilitado al amparo del artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Segundo.-Constan en el expediente las ofertas recibidas y las razones para su aceptación o rechazo aplicadas.

Tercero.- Mediante Resolución de la Viceconsejería de Administración y Servicios de 26 de julio de 2010, se acordó adjudicar provisionalmente el contrato a la empresa EUSKAL XXI CONSTRUCCIONES, S.L.

Cuarto.-Con fecha 28 de julio de 2010 se publicó dicha Resolución en el perfil de Contratante.

Quinto.-Que, en este plazo el adjudicatario del contrato ha presentado la documentación relativa a encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituido la garantía definitiva.


FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.-El artículo 8.-1 f del Decreto 222/2001, de 16 de octubre (BOPV de 24 de octubre de 2001) por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidades e Investigación me atribuye competencias en materia de contratación administrativa.

Segundo.-Habiéndose tramitado el expediente de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 135.4, 138 y 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en referencia a la adjudicación definitiva del contrato, publicidad de las adjudicaciones y formalización de los contratos.

Tercero.-Estando conforme la Administración con la oferta presentada por la empresa EUSKAL XXI CONSTRUCCIONES, S.L., procede la adjudicación definitiva a la referida empresa.

RESUELVO
Primero.-Adjudicar definitivamente el contrato que tiene por objeto la contratación de las obras para remodelación interior 2º fase en CEP Mukusuluba de BARAKALDO, con el nº CO/31/10, a EUSKAL XXI 1.294.588,98 euros, más 233.026,02 euros en concepto de IVA, 1.527.615,00 euros en total y un plazo de ejecución de 14 meses, en las siguientes anualidades:
2010: 57.650,14€
2011: 1.469.964,86€

Segundo.- La obra se ejecutará en el plazo de 14 meses.

Tercero.- Ordenar, como obligación del adjudicatario, previa a la formalización del contrato:

A) De figurar el adjudicatario dado de alta en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas en municipio o territorio distinto a aquél en que vayan a realizarse las obras, deberá matricularse en este último territorio (salvo habilitación nacional) a tenor del artículo 42 de la Ley 2/1990, de 8 de junio, de adaptación del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco a la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la Ley de Tasas y Precios Públicos, y justificar documentalmente tal circunstancia.

B) Aportar copia de la póliza y justificante de pago de la prima de contratación en los términos expuestos en el punto 28.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Cuarto.-Proceder a la notificación de esta Resolución de adjudicación definitiva a todos los interesados, y a su publicación en el Perfil de Contratante de este Órgano de contratación de conformidad con lo señalado en los artículos 137 y 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Quinto.- Ordenar la formalización del contrato en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución de adjudicación definitiva

RECURSOS
Contra la presente Resolución, que no agota la vía Administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación.

Vitoria-Gasteiz 2010eko abuztuaren 24a /a 24 de agosto de 2010

VICECONSEJERA DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
Mª Soledad Esteban Galarza